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miércoles, 24 de abril de 2019

Declaración de Francisco Pérez Rodríguez

Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel. Y el Blog de Pedro Medina Sanabria | Memoria e Historia de Canarias hace un trabajo constante de difusión, por lo que merece la pena bucear un rato por sus páginas.

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A.0.026,756*

DECLARACIÓN INDAGATORIA DEL PROCESADO FRANCISCO PÉREZ RODRÍGUEZ

En Santa Isabel a veintisiete de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencian compareció el procesado anotado al margen, a quien se le hizo saber que queda relevado del juramento prestado en su primera declaración y que podía ampliar o rectificar dicha declaración en la forma que creyese conveniente, exhortándole a decir verdad, y después de prestar juramento nuevamente fue preguntado y dijo llamarse como queda al margen expresado, de treinta y cuatro años de edad, natural de Culla de Basa, provincia de Granada, domiciliado en Barcelona, de estado casado, de profesión Radiotelegrafista, que sabe leer y escribir, siendo su Padre Manuel Pérez Rodríguez y su madre Petra Rodríguez Asencio, difunta la madre, y que nunca ha sido procesado por Tribunal alguno.

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en su primera declaración obrante al folio sesenta y tres vuelto de la cual se le dá lectura integra dijo: que se ratifica en ella, y que respecto a que el llamado Dieste/ dijo que había que tirar al Cura al agua, no se refiere al Padre Ribé, sino al Padre José Ausejo en el viaje anterior al de estas actuaciones.

PREGUNTADO si tiene algo más que decir dijo: manifiesta el procesado que uno de los domingos en ocasión de ir a dar un paseo por Bata en compañía de Enrique López Astudillo primer radiotelegrafista al pasar junto a la Guardia Colonial decidieron entrar en casa del Suboficial Fontanet para que los invitara a un wisky, no haciéndolo por encontrarse Fontanet ausente. Después se encontraron con un tal Martínez fugado, Radiotelegrafista de Bolondo, el cual les dijo que habían acordado enviar a bordo a los Padres  Misioneros, he de hacer la aclaración que su acompañante López Astudillo se retiró, aun cuando insistió el procesado en que se acercara para oir la conversación, no haciéndolo. El declarante manifestó al llamado Martínez que le parecía muy mal el acuerdo tomado, pues temían que hicieran alguna faena a los Padres Misioneros, dada la calaña del personal que había a bordo.

Por otra parte nadie del Comité, mejor dicho los representantes de los Oficiales, ordenaron que se hiciesen guardia a los Padres Misioneros, que seguramente sería orden de Antonio Tarí o de Francisco Caparrós; que el día antes de llegar a Dakar se ordenó por el comité a los Delegados de los diversos departamentos dieran una relación de armamento que existiera a bordo, presentándose Antonio Tarí y Caparrós con las listas al día siguiente de la llegada a Dakar que figuraban doce o catorce nombre de los pertenecientes a cubierta y ocho o diez del personal de fonda; que durante la estancia enBata Antonio Tarí y Caparrós requisaron pistolas que repartieron a bordo.

En este estado el Señor Juez dio por terminada la presente declaración, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente y leída por el procesado se afirma y ratifica en su contenido y en el juramento

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prestado de lo que yo el Secretario doy fé. Entre líneas dice : “dijo que”, debe leerse, vale. Doy fé.

Y en prueba de conformidad firma con S.S y yo el Secretario que doy fé, en Santa Isabel a 1º de Febrero de 1937.

[Firmas rubricadas de JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, FRANCISCO PÉREZ RODRÍGUEZ, y LEON HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folios 128 a 129.


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