CB

sábado, 18 de noviembre de 2017

Brigadistas Internacionales

El Boletín Oficial del Estado del 17 de
noviembre de 2008 publica el Real Decreto 1792/2008, de 3 de noviembre, sobre concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales.

Parece de justicia, al igual que lo fue el Real Decreto 39/1996, de 19 de enero, sobre concesión de la nacionalidad española a los combatientes de las Brigadas Internacionales en la guerra civil española, que le precedió.

Surge, sin embargo, una paradoja: ¿los ecuatoguineanos que lucharon igualmente por la República y que posteriormente perdieron su condición de súbditos españoles tras la independencia, podrían acogerse igualmente a ese beneficio?

jueves, 16 de noviembre de 2017

Comisión de Agricultura y Trabajo Agrícola

El Boletín Oficial del Estado (edición de Burgos) incluye en su edición del 20 de noviembre de 1937, la "baja en el Escalafón del Cuerpo Nacional de Ingenieros Agrónomos" de Miguel Hernández Porcel como sanción por la lealtad a la República:

"Como consecuencia de sus actividades políticas y de su conducta con relación al Glorioso Movimiento Nacional, el Gobierno General de los territorios españoles del Golfo de Guinea acordó el cese de D Miguel Hernández Porcel, Ingeniero Agrónomo, que venia desempeñando e! cargo de Subgobernador de la Guinea Continental española, habiendo aprobado esta sanción la Presidencia de la Junta Técnica del Estado. En consonancia con lo expuesto, esta Presidencia ha dispuesto que el mencionado Ingeniero Agrónomo D. Miguel Hernández Porcel sea dado de baja en el Escalafón del Cuerpo Nacional de Ingenieros Agrónomos. Lo que comunico a V. S. a los efectos consiguientes. Dios guarde a V. S. muchos años. Burgos 16 de noviembre de 1937.= Segundo Año Triunfal. =El Presidente, Eufemio Olmedo. Sr. Jefe de Personal de la Comisión de Agricultura y Trabajo Agrícola".


martes, 24 de octubre de 2017

El veterano de Guinea Ecuatorial

Como muestra, el caso de Juan Manuel John Tray y Mueri, nuestro Mohammed ben Mizzian en parámetros ecuatoguineanos:

Tray es el tercero por la derecha.
Fotografía tomada en la base aérea de Los Llanos, en Albacete, en el año 1947.
Estudiante de la carrera de perito industrial en Las Palmas, fue el oficial guineano de mayor graduación en el Ejército Español, y contaba -entre otras- con la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica, sendas Cruces del Mérito Militar con distintivo blanco y la Encomienda de la Orden de África; su vida y carrera merecerían un blog aparte, pero en lo que a éste se refiere, Tray había ingresado como voluntario en la Primera Bandera de Falange en Las Palmas al inicio de la guerra civil, en la que participó encuadrado en Regulares, acabándola de Alférez Provisional del Grupo de Fuerzas Regulares Indígenas de Ceuta nº 3.

El 24 de febrero de 1939 pasó a la situación de reemplazo por heridas en combate, y tras la convalecencia en las Palmas de Gran Canaria, volvió al servicio activo el 12 de julio de ese año, continuando en la carrera militar tras haber realizado los cursos de transformación.

Manuel García Cuenca relata en su novela Beatriz que: «La sobremesa de un domingo giró en torno a su único hermano, mayor que él [Francisco], por quien sentía un gran cariño. Se llamaba Juan Manuel y era militar. Residía en España desde hacía varios años y sólo una vez regresó a Guinea durante unas vacaciones. Estaba casado con una española y tenía tres hijos preciosos. Decía que no se veían, claro, pero era raro el mes que no recibía una extensa carta y fotografías. Cuando hablaba de su hermano se le iluminaba el semblante. Afirmaba que Juan Manuel era un gran tipo. Luchó en la Guerra Civil Española al lado de los ejércitos de Franco y en los campos de batalla ganó las estrellas de teniente de infantería. También resultó herido. Era mutilado de guerra. 
Cuando acabó la contienda fue destinado a la ciudad de Albacete, donde era muy popular entre la población civil y el personal militar».

En 1963 el diario Falange
de Las Palmas de Gran Canaria
informaba de su nuevo destino
en Santa Isabel.
Caballero Mutilado Permanente en la guerra civil, perteneciente a la Vieja guardia de Las Palmas, igualmente solicitó durante la II Guerra Mundial ir voluntario con la 250.ª División de Infantería (conocida popularmente como División Azul) a Rusia, siéndole denegada su petición.

En el momento de la Independencia de Guinea en octubre de 1968, Juan Manuel Tray era Comandante de Infantería, destinado como Ayudante de Campo del Comisario General de Guinea, Victor Suanzes del Río, aunque formalmente no pasó al Ejercito del nuevo Estado independiente hasta septiembre de 1969 (la Guardia Territorial se transformó en Guardia Nacional desde el 12 de octubre de 1968) fue nombrado jefe de la Casa Militar del Presidente Macias.
Juan Durán-Dóriga, el embajador de España en 1968, cuenta en sus memorias como éste le «había visitado en Santa Isabel para pedirme que gestionase su ascenso a coronel en el ejército español, que por cierto seguía pagando sus haberes».

En abril de 1969 se convirtió en Jefe de la Guardia Nacional con el empleo de Tte. Coronel de ese cuerpo, sustituyendo al último oficial español que la mandó (el Capitán Pizarro), aunque seguía siendo Comandante del Ejército de Tierra Español, donde figuraba como en situación de licencia reglamentaria (causó baja el 18 de septiembre de 1969).

No pudiendo satisfacer su ambición por ascender en su carrera profesional ni en el nuevo ejército ecuatoguineano ni en el español, acabó involucrado en decisiones imprudentes como la que dio lugar a la llamada guerra de las banderas en Bata (en palabras del Embajador de España: «En cuanto al detonante concreto de la crisis, lo sucedido en la mañana del 25 de febrero parece indicar que las apetencias del comandante Tray por la residencia del cónsul general jugaron un papel fundamental»), perdiendo al final la confianza tanto del presidente Macías como del Gobierno Español.

Tras una sucesión de desencuentros, acabó degradado por Macías al rango de sargento asignado al parque de automóviles, sometido a prisión domiciliaria y confinado en su aldea, sustituyéndole en su puesto anterior el Teniente Coronel Teodoro Obiang.

Acabó falleciendo exiliado en Valencia.

Tray con “Los Diez de Zaragoza”, caballeros cadetes de la AGM en la Especial Militar (AEM) de Villaverde (Madrid).
Los ecuatoguineanos de pie, de izquierda a derecha:
Salvador Ela Nseng, Teodoro Obiang Nguema, el Comandante Tray, Maximiliano Meko y Eulogio Oyo Riquesa.
Agachados, de izquierda a derecha: Celestino Mansogo Nsí, Santiago Bee Ayetebe, Cristino Seriché Malabo, José Moro Mba, Moisés Iyangan Melango y Melanio EbendengNsomo. Les acompañan en la fotografía el almirante Núñez y dos mandos españoles.

domingo, 22 de octubre de 2017

La función pública se convierte en un nuevo y desigual campo de batalla

sábado, 21 de octubre de 2017

Libres de sospecha

viernes, 20 de octubre de 2017

Sentencia del Consejo de Guerra contra el personal del Fernando Poo

Tal y como señalaba el Capitán Emilio Ley Arata, director de la Trasmediterránea, el 12 de
noviembre de 1936 en artículo de La Prensa: "Los oficiales del barco casi todos son rojos. El oficial que se exceptúa de haber estado de parte de los marxistas es el señor Devesa, casado con una joven de Las Palmas, de familia muy conocida. El Capitán del Fernando Póo, don Antonio Pasaje Respeto (sic), estaba también de parte de los rojos. Resultó muerto en el accidente del Fernando Poo el primer maquinista Eduardo Selma, marxista.”

No es de extrañar, por tanto, que el 20 de octubre de 1937 se da a conocer la sentencia ejemplarizante dictada por Consejo de Guerra, celebrado en la plaza de Las Palmas, en la causa instruida por el delito de auxilio a la rebelión contra la tripulación del Fernando Poo que se encontraba en aguas de Guinea española:

CONDENA

1Francisco Pérez Rodríguezdoce años y un día de reclusión menor 
2Vicente Fillo Placesdoce años y un día de reclusión menor 
3Francisco Seguí Dardé doce años y un día de reclusión menor 
4Domingo López Santos doce años y un día de reclusión menor 
5Manuel de Dios y del Águila doce años y un día de reclusión menor 
6Manuel Tari Quiles doce años y un día de reclusión menor 
7Mariano Juan Mas doce años y un día de reclusión menor 
8Antonio Dieste Ojedacinco años de prisión menor
9Adolfo Celís Monescinco años de prisión menor
10Manuel Díaz y Díazcinco años de prisión menor
11Claudio Hidalgo Quintanillacinco años de prisión menor
12Aristóteles Montolio Villalongados años de prisión menor
13Juan Ruiz Sánchezdos años de prisión menor
14Rafael Guinart Martíndos años de prisión menor
15Antonio Pasajes Repeto (capitán del buque)un año de prisión menor
16Francisco Cano Bravoun año de prisión menor
17Miguel Vivó Padrónun año de prisión menor
18Manuel Ferreiro Nietoun año de prisión menor
19Antonio Pascual Ponsun año de prisión menor
Asímismo se condena por delito de insulto a Institución castrense:
20  Juan Ballester Palea (Paisano)dos años de prisión menor







miércoles, 18 de octubre de 2017

7114-223-30 Negligencia y rebelión en Guinea

El blog "Memoria e Historia de Canarias" de Pedro Medina Sanabria recoge diferentes y variados documentos. Entre otros:

SEIS ROLLOS EN LA CAUSA DE GUINEA Nº 537 DE 1936

Oficio número 5669-N de la Sección JUSTICIA con este membrete:

Escudo nacional del águíla imperial con el yugo y la flechas

CAPITANIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS

A los fines interesados en su escrito nº 1335, fecha 4 del actual., remito a V.S. la adjunta Causa nº 537 de 1.936, compuesta de seis rollos, instruida contra el Brigada DON SEBASTIAN NACARINO ROMERO y otros, por delito de rebelión.

Acuse recibo.

Dios guarde a V.S. muchos años.
Santa Cruz de Tenerife, 18 de Octubre de 1.943

De orden de S.E. El Coronel Jefe de E.M.
[Firma rubricada del Coronel FRANCISCO SANGUINO  BENÍTEZ]
[Al pie]

Señor Juez Instructor Comandante de Infantería DON DAMIAN MASSANET PLOMER
Juzgado Permanente
Gobierno Militar de

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Cfr.: ATMTQ 7114-223-30 Causa 537 de 1936 (Guinea).- Folio170.

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7114-223-30 NEGLIGENCIA Y REBELIÓN EN GUINEA


COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS
PLAZA DE SANTA ISABEL DE FERNANDO POO JUZGADO MILITAR EVENTUAL
CAUSA número 537 de 1936
POR EL SUPUESTO DELITO DE NEGLIGENCIA CONTRA EL CAPITÁN DON ROMAN-CARLOS MORALES FERNANDEZ DE LA SEGUNDA COMPAÑÍA DE LA GUARDIA COLONIAL Y TRES TENIENTES DE LA MISMA COMPAÑÍA
Y
EL DELITO DE REBELION CONTRA EL BRIGADA DE LA SEGUNDA COMPAÑÍA DE LA GUARDIA COLONIAL DON SEBASTIAN NACARINO ROMERO Y DIEZ CLASES MAS DE LA MISMA COMPAÑIA
* * * *
Ocurrieron  los hechos el 2 de Septiembre de 1936
* * * *
Dieron principio las actuaciones como diligencias previas, el 19 de Octubre de 1936
* * * *
Se elevó a Causa el 16 de Noviembre de 1936
* * * *
En prisión preventiva el 22 de Noviembre de 1936
JUEZ INSTRUCTOR:SECRETARIO:
Capitán de Infantería Don.Cabo del Batallón de Voluntarios.
Edmundo Hernández Medina.Don Pedro Padrón Quevedo.
OtroOtro
Capitán de Artillería DonTeniente de Infantería Don
Juan Fontán y Lobé.Emilio Cabrera Martin.
Cfr.: ATMTQ 7114-223-30 CAUSA 537 DE 1936 (GUINEA).- Cubierta.
Por orden del Auditor de Guerra JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, a esta causa 537 de 1936, se le acumularían las causas 538, 588, 594 y 592, todas ellas de la Colonia Española de Guinea.

sábado, 14 de octubre de 2017

Tropas nacionales desembarcan en Bata

Confiscación de bienes a políticos

El Boletín Oficial del Estado del 19 de octubre de 1939, extiende a los territorios ecuatoguineanos la aplicación de la Orden de 27 de junio de 1939 sobre administración de bienes de los declarados responsables políticos y de los Partidos y Agrupaciones declarados fuera de la Ley.


jueves, 12 de octubre de 2017

En estos días en que se cumple un aniversario más de la gloriosa efemérides...

Sello conmemorativo
de los XXV Años de Paz
Hoy se cumplen los 48 años de la joven república de Guinea Ecuatorial. Unos meses antes de la independencia, en pleno aniversario de golpe de Estado de 1936, Franco dirige un mensaje a los Guineanos, a través de Manuel Fraga Iribarne: "En estos días en que se cumple un aniversario más de la gloriosa efemérides de nuestro Movimiento en la vida española (...) Vosotros, mejor que nadie, sabéis hasta qué punto España ha procurado, en todo momento, desde que la paz volvió a nuestra Patria, atender a vuestras necesidades presentes y prever vuestro futuro. De las provincias guineanas España ha sabido hacer un territorio ejemplar, que se compara favorablemente, en el orbe africano en que se halla inscrito, por el nivel de vida, por el estado sanitario, por el número de alfabetizados, por tantos datos que acreditan su progreso. Pero, sobre todos esos bienes, el Gobierno español os ha traído el más deseable de todos: el bien de la paz. En un continente convulsionado por las luchas raciales, tribales y sociales, en el que determinados pueblos han caído en ciertos momentos en niveles próximos a la anarquía, las provincias de Guinea han vivido en paz, en trabajo y en orden, en una línea constante de progreso y de confianza, sin los que todo intento de mejoramiento hubiese sido imposible".

¿Paz?

Entonces, ¿no hubo guerra civil en territorio ecuatoguineano?
Lo cierto es que sí: el territorio y sus pobladores no fueron ajenos ni al conflicto y ni a sus consecuencias.

Un 18 septiembre, la Guinea Española se acostó republicana.... y a la mañana siguiente, nada volvió a ser igual.

En este blog, te facilitamos algunas piezas para que puedas armar tu propio puzzle.

Acompáñanos en este paseo por la Calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.

Franco, preparando su "mensaje para Guinea".

lunes, 9 de octubre de 2017

Caso Jaime Gay Compte

Integrante del Frente Popular en Santa Isabel, la historiografía franquista lo definirá como «hombre apasionado y violento», siendo uno de los firmantes del telegrama de apoyo al Diario "La Libertad" de Madrid, deseando «grandes beneficios a España y Guinea» por su trabajo de investigación periodística destapando la trama de la Gürtel guineana del gobierno de derechas de la II República.

Tiene, además todos los elementos para ser perseguido: el Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo (España) cuenta con una ficha del sr. "Galiay" por delito de masonería, correspondiendo ese nombre a Jaime Gay Conte (sic).

Estuvo también entre los impulsores del bisemanal El Defensor de Guinea, al que la revista La Guinea Española le dedicaba especial atención en su edición del 21 de mayo de 1939, «llegó afortunadamente en 19 de septiembre de 1936 el alzamiento nacional en esta isla, y los Sres. Buelta, Gay, Robles y demás comparsa del Frente Popular fueron retirados de la circulación; y por tanto, muerto y sepultado (...) El Ofensor».

De la lectura de su correspondencia con Ángel Ossorio y Gallardo se desprende que siendo de izquierdas y regionalista catalán exhortaba a «mirar con alteza de espíritu los problemas interiores de España», pese a que «vivo muy lejos de la península, y además no estoy afiliado a Esquerra, pero gusto constatar que existen hombres consecuentes en la amistad política, que no se arredran de dar constancia en una reunión adversa a ella…».

Era natural de Tarragona y comerciante de Fernando Poo, y se encuentra en los listados de víctimas de la represión en Las Palmas de Gran Canaria.

Jaime Gay Compte fue incluido en la CAUSA NUMERO 521, pidiendo el fiscal la pena de muerte para él. Finalmente fue condenado a 30 años e indultado años después de cumplir prisión y haber fallecido a los 33 años de edad durante el cumplimiento de condena.

Juan Medina Sanabria en Isleta, Puerto de la Luz: campos de concentración, resume la Causa 521/36: «juez instructor Capitán de Infantería Fortunato López Chávez, por el presunto delito de rebelión, contra el paisano Jaime Gay Compte y veintidós individuos más. Se enjuicia a todo el Comité del Frente Popular en Fernando Poó, por reuniones clandestinas tendenciosas desde el 18 Julio/19 Septiembre siguiente (estaba ya el F.P. suspendido en la isla), por los contactos con el Gobierno de Madrid y Bata y sus actuaciones con los subalternos y marinería del crucero "Méndez Núñez", implicándoseles en la destitución de la oficialidad del buque, etc. Tiene lugar el consejo de guerra el 27 Septiembre 1937 en el hogar del soldado del Cuartel del Grupo Autónomo Mixto de Ingenieros nº. 4, sito en La Isleta, siendo aprobada la sentencia por la Autoridad Judicial el 16 Octubre 1937.»

Publicación en Falange el 18 de abril de 1938.
Según La guerra civil en las colonias españolas del áfrica occidental, el consejo de guerra fue
«presidido por el coronel José de Roas Fernández, actuando como capitán jurídico Ángel Dolla y fiscal Ildefonso Salazar y del Hoyo, quien solicitó una pena de muerte y otras 17 de numerosos años de prisión. Empero la sentencia rebajaría notablemente estas peticiones (…). El principal beneficiado de la reducción, respecto a la petición fiscal sería el ingeniero Jaime Gay quien vio disminuida su grave situación, sin embargo no le serviría mucho pues moriría pocos años después víctima de los malos tratos carcelarios».

Eso sí, cuenta con el habitual expediente de indulto una década después de su muerte.

Su caso está incluido en el "Listado con más de 500 nombres de personas represaliadas en Canarias tras el golpe militar" recopilados por las asociaciones de Memoria Histórica de las Islas Canarias.
Canarii - Revista de Historia del Archipiélago. N° 19, octubre 2010.

En la Asociación por la Memoria Histórica de Arucas especifican:
Natural Tarragona.
Residente Fernando Poo-Guinea.
Edad: 33.
Estado Cv. Casado.
Profesión Comerciante.
Detenido 19/10/1936.
Resistencia en Guinea Ecuatorial.
Fallece Tifus Hospital San Martín.16/04/1939.
Localización Fosa Cementerio Las Palmas.

 

Requisitoria del 9 de octubre

El Boletín Oficial del Estado del 7 de febrero de 1938 requiere la comparecencia de:
Alaiz Plaza, Manuel, vista volante de Aduanas de estos territorios, cuyo último domicilio fué en Río Benito, procesado en sumario num. 18 de 1937, sobré malversación de caudales públicos, comparecerá dentro dél término de sesenta días ante el Juzgado de Instrucción de los territorios españoles del Golfo de Guinea, para notificarle el procesamiento, ser indagado y reducido a prisión, previniéndole que si no comparece será declarado rebelde y se parará el perjuicio que hubiere fugar. Santa Isabel, 9 de octubre de 1937.
—II Año Triunfal.
==El Juez Instructor (ilegible).
==El Secretario Lcdo Juan de Mata G, de Carriazo
Acosado por diferentes vías, Manuel Alaiz Plaza es requerido en esta ocasión por "malversación de caudales públicos", un año antes había sido incluido en la Causa 360 de 1936 por delito de rebelión y el nueve de febrero fue condenado por el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas.
Manuel Alaiz se encontraba en ese momento huido del territorio guineano, y se había reincorporado al servicio activo del Gobierno de la República por resolución del 29 de marzo de 1937.

En el mismo número del Boletín Oficial, al igual a Manuel Alaiz Plaza, se requiere la comparecencia de Eduardo Piñar López, la de Rafael Morales, así como la de Juan Ferrer y Ferrer, por causas supuestamente desvinculadas a la lealtad a la República.

Actuación del Tribunal Colonial de Santa Isabel en un día de vista.

sábado, 30 de septiembre de 2017

Una pena de muerte y 11 cadenas perpetuas

La Gaceta de Tenerife: diario católico de información: Año II Año Triunfal Número 8955 - 1937 septiembre 30, recoge la noticia de

Consejos de Guerra en Las Palmas 

UNA PENA DE MUERTE Y 11 CADENAS PERPETUAS 

A las nueve de la mañana del lunes comenzó a celebrarse en el Hogar del Soldado, del Cuartel del Grupo Autónomo Mixto de Zapadores y Telégrafos número 4, el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza, para ver y fallar la causa seguida contra Jaime Gay Compte y otros, acusados del delito de rebelión. 

El Ministerio Fiscal interesó las siguientes penas: 
  • De muerte, para Jaime Gay Compte
  • Reclusión perpetua para José Robles Díaz, Pedro Mantilla Hernández, Luis Buelta Saura, Gonzalo Carrillo Riera, Santiago Gil Filiberto, Casimiro Peralta García, Francisco Hiniestro Montes, Manuel Luque Vázquez. Fermín Fernández Ortes, Ginés Pérez Ballesta. José Serrano Roldan y José Trillo Toreguitar. 
  • Veinte años de reclusión temporal para José García Solves. Quince años, para Vicente Gil Filiberto y José  Mendoza Carreño. Doce años, para Enrique Pellicer Garay y José Pallares Rey. 
  • Y retiró la acusación contra los procesados Antonio Platas Calvete, José Bortes de la Torre y Segundo Sabio Dutroy.

A las cuatro y media de la tarde terminó de celebrarse dicho Consejo de Guerra, reuniéndose seguidamente el Tribunal para  deliberar y dictar sentencia, la que será dada a conocer una vez aprobada por la Superioridad. 

El Tribunal fué presidido por el coronel don José de Rozas Fernández y actuó de vocal ponente el capitán del Cuerpo Jurídico, don Ángel Doll Manera. La Ley Marcial estuvo representada por  el alférez del citado Cuerpo, don Ildefonso Salazar y del Hoyo.

miércoles, 27 de septiembre de 2017

Una pena de muerte y 11 condenas

lunes, 25 de septiembre de 2017

El exilio de Pedro Prado Mendizábal

A los ciudadanos leales a la República se les sancionó por diferentes vías y en este blog se pueden consultar diferentes ejemplos: multas, prisión, inhabilitación profesional, confiscación de propiedades destierro (en unos caso en Guinea y en otros... de Guinea), muerte...
Persecución que en muchos casos acabó suponiendo el exilio del país.

Es posible contar varios ejemplos de vida y muerte en el exilio, de los que incluimos algunos casos.
Así, por ejemplo, Victoria Fernández Díaz en El Exilio de los Marinos Republicanos recoge la trayectoria de Pedro Prado Mendizábal:

Oficial del Cuerpo General comprometido con el gobierno de la República desde el primer día y que defendió la legalidad gubernamental hasta el último momento. Además, tuvo un exilio largo y azaroso.
Pedro Prado había nacido en Lugo en 1902. Ingresó en la Escuela Naval de San Fernando con 17 años y en septiembre de 1922, con 20 años, fue promovido alférez de navío e integró la División de instrucción de submarinos y la Escuela de Radiotelegrafistas.
Participó en la guerra de Marruecos a bordo del Almirante Lobo, Cíclope y el Alfonso XIII. Le fueron otorgadas durante la campaña la Cruz Roja al Mérito Naval y la Cruz Blanca al Mérito Militar.
Ya como teniente de navío fue destinado a la comisión de inspección y estuvo embarcado en el submarino C-4. Al proclamarse la II República, formó parte del equipo del Ministerio de Marina, como ayudante personal de Casares Quiroga, luego con José Giral y posteriormente con Lluís Companys. En octubre de 1933 volvió a los submarinos embarcando como 2º comandante en el C-4. Pero en abril de 1936, con el triunfo del Frente Popular, José Giral, que se rodeó de marinos de su confianza, lo nombró en la secretaría técnica junto a Fernando Navarro Capdevila.
Días antes de la sublevación militar, en julio de 1936, Pedro Prado fue mandado a Cartagena como hombre de confianza de Giral para evaluar la situación y propiciar ciertos reajustes. Cuando, en la madrugada del 18 de julio, Benjamín Balboa oyó en Ciudad Lineal, el mensaje de Franco dando el pistoletazo de salida a la sublevación militar, a quien primero informó, saltándose la cadena de mando, fue a Pedro Prado Mendizábal.
Fue nombrado Jefe de Operaciones de la Flota y fue el artífice de la constitución de Málaga como Base Naval. En aquellos momentos tan tensos, con oficiales arrestados, la formación de los Comités y la desconfianza de las tripulaciones, Pedro Pardo sopesó con clarividencia la situación e intentó componer una solución. Junto con otros marinos defendió que la base de Málaga fuera cabeza de puente para ocupar Algeciras, impedir el traslado de tropas del ejército de África, “pero desde las autoridades republicanas siguieron sin escucharles”.


En noviembre de 1936 fue nombrado comandante del crucero Méndez Núñez cuando éste regresó de Guinea. En 1937 fue ascendido a capitán de corbeta. Fue mandado a Francia para hacerse cargo de los submarinos C-3 y C-4 cuyos mandos habían desertado en Francia.
En abril de 1938 fue nombrado Jefe del Estado Mayor Central de la Marina hasta enero de 1939. En febrero de 1939, perdida la guerra, cruzó la frontera junto a las tropas del general Modesto hacia Francia.
Estaba casado con la cartagenera Elisa Fernández Meroño y habían tenido tres hijos, Jorge, Alberto y Rosina. Los dos chicos estaban, en los momentos finales de la contienda, acogidos en la URSS. Pedro Pardo, que tenía simpatías comunistas, marchó a aquel país en mayo aunque consta su petición al SERE para poder emigrar a México.
En la URSS, ingresó en la Escuela del Alto Estado Mayor del Ejército Rojo, obtuvo el grado de coronel del Ejército Rojo y el de capitán de la Marina de Guerra soviética. Fue profesor de Táctica y Arte Operativo en la Academia Militar Voroshilov. Combatió y sufrió en el largo asedio de Leningrado. En tiempos de paz Prado volvió a la vida civil y trabajó como traductor del ruso y del español. Escribió un Diccionario politécnico español-ruso (2).
A principios de la década de los 60 siguió su exilio en Cuba donde fue asesor de la Armada y dirigió la revista Información Técnica y Científica Naval.
Era un hombre sin prejuicios. Cuentan que fue el primero, y seguramente el único oficial que se atrevía a ir en bicicleta por Cartagena antes de la guerra. Era criticadísimo por sus compañeros del Cuerpo General que consideraban que semejante medio de locomoción carecía de la dignidad que su rango requería.
Aún pudo volver a España donde falleció en septiembre de 1985.

martes, 19 de septiembre de 2017

La proyección del fascismo en el Golfo de Guinea (1936-1945)

Cuenta Donato Ndongo Bidyogo en la ponencia "La proyección del fascismo en el Golfo de Guinea (1936-1945)" realizada dentro del III Seminario Internacional Sobre Guinea Ecuatorial que:

(...)

No revistieron importancia militar las breves escaramuzas de la Guerra Civil en el golfo de Guinea. Aunque se confirmaría en octubre, con la llegada de las tropas de ocupación –integradas por marroquíes–, en septiembre estaba consolidada la situación a favor del bando franquista. Son de un marcado carácter represivo las primeras disposiciones de la cabeza visible del Nuevo Estado en la colonia, el teniente coronel Luis Serrano, jefe de la Guardia Colonial. Destaca la prohibición del abono de nóminas “sin la presencia del interesado”, orden destinada a suspender de empleo y sueldo a los empleados que hubiesen huido o estuviesen presos, y facilitar la localización de los escondidos; decretó la baja de cuantos funcionarios prestaran sus servicios en la Guinea continental “hasta tanto se depure individualmente su conducta”; el Gobierno General incautó todos los bienes de las “personas desafectas al Movimiento Salvador de España”, consideradas tales los detenidos por haberse opuesto directa o indirectamente a la sublevación. Desde el 20 de octubre, ningún funcionario podía percibir haberes con cargo a los presupuestos generales de la colonia o cualquier otro organismo público, semipúblico o que tuviese préstamos de entidades oficiales, sin antes adherirse al nuevo régimen mediante juramento solemne de “absoluta fidelidad y lealtad”, disposiciones que afectaban por igual a colonos y nativos. Los misioneros claretianos recuperaron el monopolio de la enseñanza y todas las prerrogativas y prebendas de que gozaban antes de la proclamación de la República.

La ordenanza del 28 de septiembre determinó que la enseñanza en la colonia debía responder “a las
Niños cantando el «Cara al sol» con el maestro antes de entrar en la escuela.
conveniencias nacionales”; los juegos infantiles, obligatorios, tenderían “a la exaltación del patriotismo sano y entusiasta de la España nueva”, y se debía informar a la autoridad “toda manifestación de debilidad u orientación opuesta a la sana y patriótica actitud del Ejército y pueblo español que siente a España grande y única, desligada de conceptos antiespañolistas que solo conducen a la barbarie”. Al amparo de esta orden, y del bando que había declarado ilegales “la masonería y demás asociaciones de naturaleza secreta”, fueron represaliados muchos auxiliares indígenas que habían mantenido relaciones de amistad o habían protegido de cualquier forma a simpatizantes del Frente Popular, incluidos sus criados y cuantos se mostraron receptivos a las ideas antifascistas, o, simplemente comentaban con desaprobación la brutalidad de la represión desencadenada entre septiembre y diciembre de 1936. Asociaciones clánicas y tribales fueron perseguidas, la religión católica restablecida como única y obligatoria, y algunos jefes de poblado, incursos en cualquiera de las múltiples “responsabilidades” introducidas por la nueva legislación, fueron deportados a la isla de Annobón, de donde muchos no regresaron.

Aunque pocos guineanos participaron activamente en la Guerra Civil –tema aún por estudiar en profundidad–, debido a consideraciones demográficas, climatológicas y por el costo del transporte e instrucción, la temprana adscripción de Guinea a la Zona Nacional determinó su clasificación como “territorio de aprovisionamiento”. Sus recursos humanos se aplicaron a la producción de aquellos bienes necesarios para las necesidades de la guerra en la Península. Las Juntas de Importación y Exportación, creadas el 30 de octubre, pasaron a fiscalizar en favor del Gobierno de Burgos la venta de todos los productos coloniales, estableciendo un control estricto de entradas y salidas de mercancías, y examinando las cuentas de las ventas de cacao, café, madera  y otros productos, con la misión fundamental de determinar con exactitud el 20 % anual aprobado por la Cámara Oficial Agrícola de Fernando Poo como “donación gratuita” al Movimiento Nacional. Se creó un Sindicato de la Madera, seción de la cámara con sede en Bata, encargado de fiscalizar la exportación de maderas y normalizar las explotaciones abandonadas o dañadas por sus gerentes o trabajadores blancos afectos al bando republicano. En junio de 1937 se nombró la primera Comisión Delegada del Sindicado Maderero en la Metrópolis, dependiente de la Comisión de Industria y Comercio de la Junta Técnica del Estado, el primer Gobierno de Franco. Merece la pena detenerse sobre esta cuestión, puesto que, hasta la independencia de Guinea Ecuatorial en 1968, persistió la polémica sobre el carácter voluntario u obligatorio de la donación del 20 % de la producción colonial al bando sublevado. Algunos colonos sostenían que la idea había partido de la cámara, deseosos finqueros y comerciantes de congraciarse con las nuevas autoridades. Los documentos demuestran lo contrario. La ordenanza del gobernador Serrano, de 23 de septiembre de 1936, restableció el estatuto de la cámara de 1928, suprimiendo las modificaciones introducidas en junio de 1935, una de las cuales era la elección democrática de sus órganos de gobierno. Serrano designó presidente a su amigo Francisco Potau, conocido ultraconservador, y nombró vocales a otros destacados integristas, entre ellos Alfredo Casajuana, Antonia Llorens y Joaquín Mallo. A esa dirección afín sugirió Serrano la importante aportación de la colonia al bando franquismo. El 31 de octubre, el Gobierno General –no la propia cámara– estableció las normas para la donación: cada finquero o comerciante fue obligado a entregar a la Junta de Importación y Exportación el mencionado porcentaje sobre su producción en especie, envasada y situada en el puerto de embarque, en el plazo y fecha designados. La Junta podía desestimar la aportación si, a su juicio, no reunía las calidades y cantidades exigidas. Sin mencionar la coacción, Serrano cablegrafió al general Franco que los más importantes madereros habían “ofrecido la totalidad de los beneficios de su producción de ese año” al Movimiento Nacional, situando la misma en Hamburgo, transportada por buques extranjeros, donde se procedería a su venta. “Isla ofrece igual carácter impuesto voluntario –dice el radiograma– veinte por ciento sobre valor venta fruto cacao, café, bambú y disposición totalidad divisas se obtengan”. El gobernador interino, que calculaba la cosecha de cacao de ese año en 11.000 toneladas, resaltaba el supuesto gesto de los colonos como “expresión fervoroso entusiasmo patriótico y especial adhesión personal”, “dadas las circunstancias críticas” por las que atravesaba, en su opinión, la economía colonial.

Ni hubo, pues, “donación”, ni fue “generosa” y “entusiasta”. Lo demuestra la autorización obtenida para una subida general, precisamente en un 20 %, de todos los artículos de importación y exportación de la colonia, de modo que los colonos no perdieron ni un céntimo. Si para los españoles afincados en Guinea era difícil evadir la orden de “donación” –por las dificultades burocráticas y el riesgo de ser considerado “tibio” o “desafecto”, con las consecuencias pertinentes, según hemos visto–, para las empresas alemanas resultó muy fácil demostrar que “no estaban en condiciones” de hacer frente a aquel pago, aunque se beneficiaron del aumento de los precios. La Embajada de la Alemania de Hitler se encargaba de tramitar ante la Junta Técnica de Franco las exenciones; de este modo, la Casa W. A. Morritz no solo no realizó donación alguna, sino que obtuvo importantes exoneraciones fiscales y otras ventajas económicas. Pese a todo, la cuestión de la “donación voluntaria” fue objeto de infinitas y agrias polémicas, murmuraciones, comentarios y actuaciones discriminatorias, dato que también desmiente la falacia argüida por el gobernador interino. Ante la enconada pero soterrada oposición suscitada por la medida, el nuevo gobernador civil y militar, capitán de navío Manuel de Mendívil y Elío, incorporado a su puesto en enero de 1937, tuvo que publicar una nueva orden, del 30 de abril, por la que decidía, “cansado ya, no aceptar donación que de tan mal grado y con tan pocas ganas se le ofrece”. El airado bando constituye un severo rapapolvo para los colonos, a quienes se recriminaba “la conducta ruin que a retaguardia observan muchos de los alegres beneficiarios” de los esfuerzos y sacrificios “de los que riegan el suelo peninsular con la sangre generosa de sus mejores hijos, españoles auténticos que por desconocer el egoísmo entregan sus vidas en defensa de los supremos ideales de libertad y civilización”. Pese la dureza de tales descalificaciones, Mendívil se negó a sancionar “conducta tan desatentada”, porque “no habrían de faltar avaros maldicientes que a lo que era justicia llamasen arbitrariedad o represalia”; y para quitarles la razón, prefería rechazar en nombre del Estado, “con noble orgullo, cuanto no se le ofreciera con espontánea y libre voluntad”.  También declinaba imponer como tributo de guerra la suma discutida “u otra mayor”, optando por atenerse “al libre impulso de cada uno de sus hijos”, relevando de toda obligación a los “desheredados que no puedan o a las almas mezquinas que no quieran suscribirlo: sabremos así quiénes son o no son buenos ciudadanos, y quiénes cumplen o no cumplen sus deberes”. De este modo, la “donación” dejó de ser obligatoria para quienes no hubiesen suscrito el acuerdo de la cámara, y potestativa para los restantes afiliados. Quienes considerasen excesivo o exiguo el 20 % tenían quince días para señalar, en carta dirigida al gobernador, el porcentaje que estuviesen dispuestos a ofrecer, si decidían aportar alguno, o declarar su negativa a contribuir. El Gobierno General publicaría posteriormente la lista de contribuyentes y aportaciones. Quienes, españoles o extranjeros, no comunicaran nada al gobernador en el plazo indicado, se entendía que seguirían pagando el 20 %. Aquellos que no estuviesen dispuestos a pagar cantidad alguna al Movimiento Nacional y, sin embargo, hubiesen gravado en un 20 % el precio de sus productos, quedaban obligados a devolver el importe al vendedor o comprador. Medidas coactivas que surtieron su efecto: como nadie se arriesgaba a ser considerado desafecto, todos los productores y comerciantes pasaron a contribuir al esfuerzo de guerra del bando de Franco, aunque a regañadientes, pues se agriaron las relaciones entre el Gobierno General y los colonos. Las autoridades consideraron a los finqueros “malos españoles”, tratándoles con rigor. La mayoría de las disposiciones posteriores, sobre todo la centralización de las actividades económicas en sindicatos estatalizados controlados desde Madrid por la Dirección General de Marruecos y Colonias, se adoptaron como represalia por la tibieza demostrada por agricultores y comerciantes coloniales. Puede encuadrarse el cese de Serrano en este contexto, pues, veterano colonial, se le reprochó su incapacidad de “meter a raya” al estamento empresarial. Anotemos que no hemos hallado nexos o fundamentos políticos o ideológicos en la oposición al pago de la “donación”; creemos, con el gobernador Mendívil, que debe atribuirse en exclusiva al egoísmo de una élite que acogió con alborozo la subida, pero se mostró reticente a pagar. También debe tenerse en cuenta que la mayoría de los españoles residentes en Guinea se sentían desvinculados de las cuestiones políticas y luchas ideológicas que enfrentaban a sus compatriotas a 6.000 kilómetros de distancia. El descontento generado por la “sugerencia” de Serrano, secundada por Potau, Mallo y demás, pudo en realidad desembocar en una secesión, al estilo de los independentismos americanos o boer. En nuestra opinión, solo el exiguo número de colonos, y su dispersión entre Fernando Poo y Río Muni, impidió la articulación de aquel conato de rebelión.

El gobernador Mendívil castigó a los colonos incrementando el tipo impositivo sobre propiedades rústicas, urbanas e industriales; quienes no pagasen en el plazo estipulado,  serían multados con el quíntuplo del principal reclamado, añadidos los recargos  correspondientes. También se empezó a cobrar una peseta como “donativo voluntario” a toda persona que visitase los barcos fondeados en cualquier puerto de la colonia. Completa las medidas recaudatorias para financiar al Ejército de Franco una disposición de febrero de 1937, que obligó a fabricantes de chocolate y otras  industrias dependientes del cacao a someterse al control estricto de la Comisión de Industria, Comercio y Abastos. Ese mismo mes se creó la Junta de Cultivos, destinada a promover la producción de alimentos locales, obligatoria para nativos y colonos. Su finalidad no era mejorar las condiciones alimenticias de los nativos, como arguyó la propaganda, sino otras: primero, restringir en la colonia el consumo de productos de importación, como el arroz, aceite de oliva, trigo, pescado salado, conservas y similares, imprescindibles en el abastecimiento de las tropas del bando nacional; incrementar el cultivo de plátanos, bananas, yuca, malanga, palmeras y piñas, productos también destinados al abastecimiento de la industria de la zona bajo control franquista. Esta orden tendría, a la larga, trascendental importancia, en dos sentidos opuestos: por un lado, consagró la discriminación incluso en la alimentación, pues a partir de entonces quedó prohibida la venta a los nativos no emancipados de conservas y aceite de oliva, al tiempo que la agricultura tradicional traspasaba por primera vez los niveles de autoconsumo para crear excedentes. Sobreabundancia que mejoró la dieta de los guineanos, creó un mercado interior y posibilitó el despegue hacia un mercado exterior de productos tropicales, absorbido por España, con las consiguientes transformaciones sociales y económicas. Fue también un intento de diversificar la agricultura colonial, abandonando el tricultivo (maderas, cacao y café). Experiencia efímera, abandonada cuando quedó estabilizada la producción agrícola metropolitana, una vez superado el bloqueo internacional decretado por los aliados durante la Segunda Guerra Mundial. Podemos afirmar, pues, que la hambruna padecida en la posguerra española fue mitigada en parte gracias a los productos guineanos. Es mi propósito seguir investigando este tema, sobre todo para aportar las cifras de las importaciones desde Guinea entre 1937 y 1950, pero puedo adelantar hoy que la reconstrucción de la infraestructura ferroviaria fue posible por la madera de Río Muni: los vagones eran de madera ligera, y las traviesas, hasta no hace demasiado tiempo, eran de madera de okume.

El 1 de marzo de 1937 se creó la Agrupación de Milicias Nacionalistas de Fernando Poo, “una
Figura de plomo de falangista guineano de 1936.
Tras el decreto de unificación,
la milicia conservó en la Guinea Española
el característico salacot en vez de la boina roja.
agrupación de patriotas que, por no haber sido movilizados, no prestan servicio en el Ejército, pero a pesar de ello se ofrecen al Generalísimo Franco, representante del Estado, para colaborar, ayudar y combatir en caso necesario”; los   nativos encuadrados en la Guardia Colonial fueron afiliados obligatoriamente. De tal agrupación nadie podía salir; su jefe fue investido como delegado de Orden Público, y, según el artículo 15 de su reglamento, todos sus mandos recayeron en oficiales y clases del Ejército, lo que equivalía a reforzar aún más la autoridad de los delegados gubernativos. El Decreto de Unificación de requetés y falangistas bajo el mando único de Franco tuvo, asimismo, su proyección en Guinea, ya que en julio siguiente se modificaba el reglamento de esa Milicia Nacional para crear una “entidad de carácter nacional”, FET y de las JONS, bajo el mando delegado del Gobernador General, jefe territorial del Movimiento. Leopoldo Martínez Rodríguez ocupó el cargo de asesor político de las milicias; Emilio Gómez Vázquez fue designado secretario territorial del partido único, y Prudencio González Altuna ocupó la jefatura militar de la milicia. El 13 de septiembre se constituía en Santa Isabel la Central Nacional-Sindicalista, integrada en esta primera etapa por los sindicatos de Agricultura, Comercio, Oficinas e Industria, “a la manera de un ejército creador, justo y ordenado”. El 14 de marzo, un decreto-ley establecía la requisa, en favor del Estado Nacional, de cuantas divisas extranjeras, joyas, objetos de oro y plata tuviesen particulares, entidades financieras o empresas, a cambio de su valor en pesetas franquistas. Quienes denunciasen a los que se negaran a acatar la orden tenían derecho a percibir la mitad de la multa
impuesta al infractor. Dada la restricción de la personalidad jurídica de los nativos no emancipados, tal orden revistió en Guinea una curiosa particularidad: ante el supuesto de que un nativo no podía tener ni divisas ni joyas, la “Ordenanza sobre la responsabilidad de los negros no emancipados” les exoneraba de los delitos de “atesoramiento ilegal” y “auxilio a la rebelión”. A este decreto-ley siguió otro, de 5 de abril de 1937, sobre incautación de bienes. Destinado en principio a adaptar en la Colonia los preceptos del decreto 108 de la Junta de Defensa Nacional, instituyó una Comisión de Incautación de Bienes presidida por el secretario general del Gobierno, Carlos Vázquez Ruiz, e integrada por José María Martín-Gamero Isla y Francisco Cánovas del Castillo Tejada, encargados de tomar cuantas medidas creyesen oportunas para evitar la ocultación o desaparición de bienes de personas que “por su actuación fueran lógicamente responsables directos o subsidiarios, por acción u omisión, de daños o perjuicios de todas clases ocasionados directamente o como consecuencia de oposición al triunfo del Movimiento Nacional”. Las personas y empresas incautadas debían presentarse a un juicio, representadas  necesariamente por el asesor letrado del Gobierno General, en función de abogado del Estado, quien, al mismo tiempo, era miembro nato de la Comisión de Incautación. El expediente para declarar administrativamente el embargo de los bienes debía ser incoado por un juez, jefe u oficial del Ejército, nombrado por la Comisión de Incautación.

El 16 de marzo se modificó el Estatuto del Comité Sindical del Cacao, al que quedaban obligatoriamente afiliados todos los productores europeos de la colonia; su Junta Peninsular adquirió las funciones de clasificación o reclasificación del producto, proponiendo al Gobierno los precios únicos que debían aplicarse, y disponiendo e interviniendo en todo lo referente a la producción, distribución y venta en España. Se inició entonces una amplia campaña de propaganda para promocionar el cacao de Fernando Poo, tanto en España como en el extranjero. El sindicato se adecuaba así a la “solución totalitaria” exigida por pequeños y medianos productores, que se sentían perjudicados por la especulación y el arbitrario incremento de precios por los intermediarios, que acogieron con gozo la supresión del libre comercio; tal normativa creó nuevos problemas, quizá mayores, como la falta de representatividad y transparencia de los comisionados, que pasaron a especular en beneficio exclusivo de la burocracia sindical y los grandes finqueros. Por ejemplo, créditos y anticipos se otorgaron desde entonces sobre existencias comprobadas y cosechas pendientes, lo cual imposibilitaba en la práctica que un pequeño agricultor aumentase su producción o mejorase su explotación. Las grandes firmas se beneficiaron también del dirigismo corporativista resultante, al estar proporcionalmente más representadas en los órganos colegiados del sindicato, impidiendo la libre iniciativa privada, por ser la única entidad autorizada a recaudar los ingresos de las ventas, pagar los gastos y adoptar cuantas medidas se relacionasen con la producción, consumo y comercialización del cacao. Si se tiene en cuenta que el comité estaba presidido por el representante del Estado, designado libremente por el presidente de la Comisión de Industria, Comercio y Abastos de la Junta Técnica del Estado –luego por el ministro de Comercio–, con voz, voto y veto sobre cualquier acuerdo, puede afirmarse que fue en Guinea donde primero se aplicó el modelo económico y social del Movimiento Nacional; su verdadero resultado fue la aparición de grandes monopolios semiestatalizados, en los que las fuerzas productivas se limitaban a ejecutar las directrices políticas emanadas de la voluntad de la “superioridad”. Modelo que, como se sabe, generó burocratización, corrupción, arbitrariedad e ineficacia operativa.

Bajo el gobierno del procónsul Mendívil y Elío, el naciente Estado Nuevo franquista abordó otro de los grandes temas coloniales: qué trato dar a los nativos. La ideología del Movimiento Nacional era imperialista. En mayo de 1935 había aparecido el libro Discurso a las juventudes de España, de Ramiro Ledesma Ramos, fundador de uno de los partidos integrantes en el Movimiento, las JONS. Calificado por José María de Areilza y Fernando María Castiella como “fundamental” para comprender la nueva interpretación de la Historia de España que forjaba el espíritu de cierta juventud encandilada con las ideas y logros de Mussolini en Italia y Hitler en Alemania, el jefe del nacionalsindicalismo invierte en esa obra la tesis “pesimista” de Ángel Ganivet en Idearium español, y “rectifica” las nostálgicas ensoñaciones de Ramiro de Maeztu en  Defensa de la Hispanidad, dos genuinos representantes de la obsesión imperialista que caracteriza a la glorificada Generación del 98. Ledesma les califica de “viejos”, pues “en su decrepitud biológica y espiritual” –dice– intentaban arrastrar a España “por el camino de la perdición”; juzgaba “erróneo” el concepto de “decadencia” aplicado a la situación internacional de España, que, para él, no había sido derrotada en 1898, solo había perdido una batalla. Bajo el seudónimo de Roberto Lanzas, este ideólogo expresó con mayor claridad su propuesta en Fascismo en España: “Sólo el triunfo en España de un movimiento nacional firmísimo pondrá a la Patria en condiciones de no pestañear ante las responsabilidades históricas que se nos echan encima. Sólo una España fuerte puede decidir las contiendas próximas de Europa en un sentido progresivo y fecundo. El secreto de un nuevo orden europeo que disponga de amplias posibilidades históricas se resume en esta consigna que nos atañe: resucitación española”. Pese a lo cual, como izquierdas y liberales, la extrema derecha española carecía de un corpus doctrinal aplicable a la política expansiva contenida en su formulación, y se debatía entre la readaptación de las obsoletas Leyes de Indias o la adopción de modelos más actualizados. Rechazaban los modelos contemporáneos experimentados por Gran Bretaña y Francia, responsables, en su opinión, del declive de España y enemigas de su resurgimiento; razón que explica la proliferación, entre 1939 y 1945, de libros y artículos analíticos sobre la organización de las posesiones españolas. Téngase en cuenta que estas fechas enmarcan el fin de la Guerra Civil y derrota de las potencias fascistas en la Segunda Guerra Mundial, a cuyo éxito esperaba auparse  Franco  para  restablecer el imperio español. No nos extenderemos aquí sobre esta cuestión apasionante; unas pocas pinceladas permiten comprender aquel debate: para los detractores del modelo francés de colonización, basado en la asimilación de los nativos a la cultura de la metrópolis, “el único mérito de Francia” consistía en “restablecer el orden en el trágico carnaval africano”; la asimilación podía ser “teóricamente justa, pero colonialmente equivocada”, al presuponer la igualdad de las razas, falacia que podía desembocar en comunismo, pues “el negro es, y será siempre, un negro, aunque la Liga de derechos del hombre lo promueva a superior rango”. Para otros, el método francés tenía la ventaja de “elevar” a los indígenas, al fundirse la raza colonizadora con la aborigen, de modo que los pueblos así formados “perpetúan las virtudes y tradiciones de la raza colonizadora: donde hay un hispanoamericano, hay un español”, argüían. La controversia se acentuaba al analizar el modelo inglés, basado en el proteccionismo o “administración indirecta”, inmoral para unos –“el principio de la sabiduría británica es no tener principios”, según Bravo Carbonell–, nefasto para tratadistas como Yglesias de la Riva, para quien conducía a preparar la emancipación. No siendo fácil la síntesis, algunos ideólogos recomendaron aplicar rasgos aislados de uno y de otro según las circunstancias. El resultado fue una colonización paternalista, plena de retórica católica, fluctuante según la coyuntura internacional: una indefinible amalgama entre rígida explotación,  en condiciones de semiesclavitud, y un apartheid más displicente que dictado por el odio, a menudo reducido en despectiva condescendencia ante seres considerados “no tan” iguales.

Todo lo cual aparece nítido en la legislación. El Reglamento General de Hospitales, de 2 de marzo de 1937, además de la consabida separación de los enfermos en salas distintas según su raza, consagra al administrador-comisario de cada centro de salud como jefe del personal indígena, debiendo éste “cumplir cuantas órdenes les sean dadas por el personal europeo de la sala” y guardar “el debido respeto a este personal y al personal europeo del Hospital”. La ordenanza de 6 de abril reformó el Reglamento de Enseñanza Colonial, en un “vehemente deseo” –escribió Heriberto Ramón Álvarez– de revalorizar la última colonia española, desde el empeño de rectificar el abandonismo del final del siglo XIX, poniendo “todo su entusiasmo y todos sus sacrificios en dar a sus escasos súbditos de color las enseñanzas y doctrinas que en los actuales tiempos no pueden ser negadas a ningún pueblo ni a ninguna raza. Clasificada por grados (primaria elemental, primaria superior, profesional y de artes gráficas), fue un primer y tímido intento de sistematizar la escolarización de los nativos, sometidos a un filtro espeso para captar a las futuras élites, escogidas por su inteligencia, dedicación y aptitud. Su característica básica era centrar la enseñanza en la dos pilares: “la Religión Católica e Historia Sagrada se enseñarán obligatoriamente en las escuelas, ocupando con la Enseñanza Patriótica el lugar preeminente que les corresponde”, con la finalidad de “conseguir ciudadanos españoles honrados, fuertes, capacitados y fervientes católicos”, lo cual se lograría “fomentando el amor a España por el conocimiento de sus instituciones fundamentales, de algunos hechos históricos y poniendo de relieve el beneficio que de ellos obtienen los indígenas”. Según una circular complementaria de la Inspección de Enseñanza, “ha de procurarse el aprendizaje y canto del Himno Nacional y demás cantos patrióticos”, aprovechando para ello “cuantas ocasiones y motivos se presenten para dar a los niños un conocimiento intuitivo de la génesis y desarrollo del Glorioso Movimiento Nacional (…) de forma que contribuya eficazmente al fomento y desarrollo del sentimiento de afecto y adhesión a una España Una, Grande y Libre, es decir, Católica e Imperial”.



Pero la carencia de medios lastraba el adoctrinamiento. Cuando se promulgó esta ordenanza sólo existían en toda Guinea 43 aulas escolares para los nativos, más una exclusiva para niños blancos, 19 de ellas en Fernando Poo, distrito que, según el censo de 1936, tenía 10.000 habitantes negros, aunque los inmigrantes y sus hijos no tenían derecho a la escolarización. El distrito continental, con una población indígena de 130.000 habitantes, disponía únicamente de 24 aulas, todas construidas con “materiales del país” por los propios nativos, al estar limitada la subvención del Estado al salario del maestro auxiliar, cuya manutención, vivienda y alimentación sufragaban también los aldeanos. Doce de las aulas estaban situadas en núcleos urbanos (ocho en Fernando Poo y cuatro en Río Muni). La población escolar era de 5.375 alumnos, 2.514 en Fernando Poo. Aunque era obligatoria la escolarización, bajo severas multas y castigos a los infractores, las enormes distancias entre los poblados y la escuela explican tan bajísima tasa de escolarización: en Fernando Poo, el 99,5 % de los alumnos vivían a menos de cinco kilómetros de la escuela; en Río Muni, la proporción se reducía al 63 %, más de la mitad de los cuales debían recorrer a pie distancias superiores a los 10 kilómetros. Un total de 56 enseñantes constituían la plantilla, 29 de los cuales residían en la isla, entre ellos los ocho blancos y el único negro titulado; en la parte continental había dos maestros titulados, ambos españoles y residentes en Bata; el resto eran auxiliares indígenas que solo enseñaban a deletrear, las cuatro reglas matemáticas básicas, los fundamentos de la doctrina cristiana y rudimentarias nociones de la Historia de España.  Por su parte, 15 escuelas dependían del Vicariato Apostólico, nueve para niños –cinco en Río Muni y cuatro en Fernando Poo– y seis para niñas (tres en cada distrito), con un total de 1.773 alumnos, de los cuales 638 eran varones. Para sufragarlas, los misioneros claretianos recibieron subvenciones del Estado por valor de 138.300 pesetas en 1939; 159.150 pesetas en 1940 y en 190.225 pesetas en 1941. El 9 de agosto quedó derogado el decreto de 24 de julio de 1932, reintegrando al Vicariato Apostólico la presidencia del Patronato de Indígenas. En julio de 1940 se devolvió al clero el disfrute de pasaje gratuito, en el servicio intercolonial y en sus desplazamientos a la Península.

El 29 de septiembre de 1937 era destituido Mendívil y Elío, aunque continuó en funciones hasta principios de diciembre. Le sustituyó el capitán de navío Juan Fontán y Lobé, que había mandado las tropas expedicionarias que tomaron Bata. Si Serrano había ganado Guinea para la causa de Franco, Mendívil asegurado la adhesión de los colonos y organizado el aprovisionamiento en retaguardia, Fontán sentaría las bases de la nueva administración colonial. En efecto, abolida la Junta Técnica del Estado tras la constitución  del primer Gobierno Nacional el 30 de enero de 1938, se creó el Servicio Nacional de Marruecos y Colonias, organismo centralizador de la política colonial. Los gastos de este servicio eran sufragados íntegramente por el presupuesto de Guinea. De ahí que la labor principal de Fontán fuese la organización institucional de la Colonia. El 27 de agosto de 1938 se publicó la ordenanza sobre administración colonial, que confirmó el nombre de Territorios Españoles del Golfo de Guinea, entidad única regida por un gobernador general dependiente directamente de la Vicepresidencia del Gobierno. El distrito de la Guinea Continental quedaba al mando de un subgobernador residente en Bata. Al frente de cada Demarcación Territorial –dos en Fernando Poo y once en Río Muni– estaba un administrador, oficial del Ejército responsable de todos los asuntos civiles y militares. El 29 de septiembre fue reorganizado el Patronato de Indígenas, constituido en “entidad de carácter público con personalidad propia y capacidad para adquirir, poseer, y enajenar bienes de toda clase, encargado de coadyuvar a la acción colonizadora del Estado, procurando el fomento, desarrollo y defensa de los intereses morales y materiales de los indígenas que no puedan valerse por sí mismos”. Reorganizada la “justicia indígena” el 10 de noviembre, se crearon los “tribunales de Raza”, instancia inferior, dirigida por el administrador territorial y un número reducido de jefes indígenas sin voz ni voto. El administrador –verdadero reyezuelo en su jurisdicción– dictaba sus resoluciones “de acuerdo con la costumbre comúnmente establecida”, siempre que ésta no fuese contraria al orden público, a los principios de la moral o a la acción civilizadora del Estado”, conceptos que, aplicados discrecionalmente por administradores territoriales y misioneros, desnaturalizaban el enunciado, al invalidar las modalidades de la organización política y social y demás prácticas consuetudinarias, en particular el derecho de familia. En contraposición a esta “justicia indígena”, se promulgó el estatuto de la “justicia europea” el 22 de diciembre, que consagraba los privilegios de los colonos.

La gestión de Fontán se caracteriza, asimismo, por el impulso de la economía colonial.  Destacan las negociaciones emprendidas con el Gobierno de Alemania para suministrar madera de Guinea al Reich, iniciadas el 7 de mayo de 1938. España estaba dispuesta a aceptar todas las condiciones de los nazis para permitir la entrada de las 15.000 toneladas de madera detenidas en sus puertos, a condición de que los alemanes sufragasen su almacenaje. Como era madera de flete, principalmente okume, el Gobierno de Franco prefería no establecer un precio global, y solicitar el examen de cada partida, sobre todo por la depreciación de la divisa británica. España se comprometía a entregar a Alemania 30.000 toneladas de okume durante 1938, con un cupo de 120.000 toneladas métricas en los dos años siguientes, con precios y fletes acordados en 35 chelines la tonelada, importe pagado en cuentas especiales del Comité de Moneda Extranjera del Gobierno de Burgos, divisas que financiarían los suministros alemanes al bando de Franco. Para ello, el Sindicato de la Madera, organismo vendedor, cedía expresamente sus derechos sobre las cantidades ingresadas en esas cuentas a favor del Comité de Moneda Extranjera. El organismo comprador alemán era la sociedad Rowak Handelsgesell, de Berlín, agente fiduciario encargado por las empresas importadoras de madera de okume. España propuso una comisión mixta de asuntos económicos y forestales que estudiara las cuestiones técnicas. El 6 de octubre, el conde de Jordana –vicepresidente del Gobierno y ministro de Asuntos Exteriores– comunicaba a su embajador en Berlín, Antonio Magaz, estas bases para las negociaciones, precisadas desde Guinea por los madereros. El 1 de diciembre se firmó en Berlín el contrato de suministro a Alemania de madera de Guinea, de cuyo texto final se desprende lo siguiente: España suministraría a los nazis 35.000 toneladas métricas de madera en 1938, y 120.000 toneladas en 1939 y 1940, en cuotas de 15.000 toneladas trimestrales. Si por cualquier razón no se pudiera servir el cupo trimestral, el Sindicato de la Madera se comprometía a no embarcar cantidad alguna de okume con destino a otro país hasta cumplir con Alemania, exceptuando el consumo interior español. Cláusula que resultaría ser el talón de Aquiles del convenio, pues, una vez iniciada la Segunda Guerra Mundial en septiembre de 1939, la marina de guerra británica dificultaría dicho suministro. Firmado por Jesús Gangoiti Barrera, presidente del sindicato, y ratificado por el embajador Magaz, este detalladísimo y draconiano contrato indica con nitidez que parte no poco importante de la deuda contraída por la España Nacional ante Alemania fue sufragada con madera de Guinea, al igual que el convenio hispano-alemán sobre suministro de cacao sirvió de garantía para la adquisición de material bélico para el Ejército de Franco. Acuerdos muy favorables para los nazis, ante la débil posición negociadora de una España en guerra, hostigada desde Guinea por empresas alemanas que, como Casa Woermann, Alfred Schmidt y Otto Mayer, hacían lo posible para favorecer los intereses de su país.

Además de los acuerdos económicos, destaca la cobertura política otorgada por Fontán a la política africana de Hitler. Finalizada la guerra española, el Gobierno de Alemania solicitó a Franco visados para Guinea en favor del doctor Ebeling y Joseph Ellendorf, que deseaban realizar “un viaje de estudios a las selvas vírgenes del Oeste de África”, calificado por los alemanes como de “suma importancia para el intercambio comercial hispano-alemán”. Si tenemos en cuenta que a lo largo de 1938 habían ido a Guinea los “investigadores” alemanes Johannes Zschcke Koeln, Walter Wilkening Muenchen, Joseph Werner y August Mueller, así como el catedrático Kleine y su ayudante Fricke, no parece descabellado afirmar que, ante la proximidad de la Segunda Guerra Mundial, tales viajes no respondían tanto a un interés científico o económico, sino político, o más bien de espionaje, relacionados con las intenciones alemanas de recuperar su antigua colonia de Camerún y parte considerable del África ecuatorial, incluida la Guinea continental española.

Veinte días antes de la sublevación, el gobernador general Luis Sánchez Guerra, “apelando a sentimientos humanitarios y patrióticos”, prohibió infligir castigos corporales a los trabajadores negros. El patrono o capataz que causara lesión por castigo físico a un bracero sería sancionado con multas gubernativas de 1.000 a 2.500 pesetas la primera vez, de 2.500 a 10.000 pesetas la segunda y la expulsión de la colonia para los reincidentes, sin perjuicio de las responsabilidades penales. Los patronos, propietarios o agentes de las fincas en que tuviese lugar el castigo corporal serían responsables subsidiarios de estas sanciones. El 21 de febrero de 1938 las autoridades franquistas modificaron dicha ordenanza, aduciendo que carecía de “aquella flexibilidad que exige la multiplicación de matices que la realidad ofrece y de aquella graduación que la diferente gravedad del daño objetivo inferido en cada caso hace necesaria”. Introduciendo un criterio “muy católico” (sic) sobre “la justicia que ha de constituir la meta de los castigos corporales a los seres humanos”, clasificaron el maltrato físico y su sanción según produjeran o no lesiones, y cuando originasen lesiones, si éstas eran leves, menos graves o graves, “distinguiendo además en todos los casos los antecedentes del autor en relación con el hecho”. Así, el europeo que apaleaba a un africano sin lesionarle pagaba una multa de 100 a 200 pesetas la primera vez, de 200 a 300 la segunda y de 300 a 500 la tercera vez. Si la lesión era leve, la sanción se establecía entre 500 y 2.500 pesetas la primera vez, de 1.500 a 4.000 la segunda y de 2.500 a 5.000 la tercera. En caso de lesiones graves, la multa oscilaba entre 1.000 y 20.000 pesetas, máximo establecido para la tercera vez; sólo a la cuarta vez podía ser expulsado. Modificaciones legislativas que tuvieron su corolario práctico, al resultar materialmente imposible –por el miedo y las trabas legales– que un negro acusase a un blanco y probase que había sido objeto de maltrato, si se tiene en cuenta que el médico que debía calificar la lesión era blanco. Además, el decreto de 12 de julio de 1940 prohibía a los administradores territoriales sancionar a los blancos con multas superiores a 500 pesetas; el límite del subgobernador se fijó en 5.000 pesetas, siendo el gobernador general la única instancia con atribuciones de hasta las 20.000 pesetas. Si recordamos que los colonizados carecían de personalidad jurídica, por lo cual estaban sujetos a la tutela del Patronato de Indígenas ante cualquier pleito que les afectase, es fácil comprender la impunidad consagrada. A los colonos, además, les amparaban normas de rango superior, que establecían que las autoridades ejercieran su potestad sancionadora “teniendo en cuenta la capacidad económica del infractor y la malicia y trascendencia social de la infracción”, y revisaran “discrecionalmente” las sanciones impuestas, hubiese o no recurso.

Otras regulaciones de esta época refuerzan la “superioridad” del colono blanco. Por el contrario, diversas modificaciones legales introducidas suponen un claro retroceso en las condiciones de los negros, inmigrantes o nativos, sobre todo en el aspecto laboral. La ordenanza del 28 de agosto de 1938, por ejemplo, reactualizó las “prestaciones personales”, trabajos forzados durante 40 días al año para todos los negros no emancipados, simultaneada con las disposiciones sobre “vagos y maleantes” del 2 y 18 de agosto de 1936 y el trabajo penitenciario colonial, que facultaban a los representantes del Estado a emplear gratuita y obligatoriamente a cualquier negro que no tuviese ocupación conocida, y a utilizar a los presos negros para cualquier trabajo –incluida la empresa privada y el servicio doméstico– pues, como expresa con claridad Yglesias de la Riva, “el régimen de internamiento como sanción en sí misma para el indígena resultaría, de no ir acompañado del trabajo, una prebenda”. Si la propiedad de los indígenas no emancipados hasta entonces estaba limitada a un máximo de 20 hectáreas por cabeza de familia, el gobernador Fontán la redujo a cuatro hectáreas, que debían obtenerse mediante subasta entre aquellos nativos que “demostraran aptitud para el cultivo”, con preferencia, por este orden, para los casados canónicamente, los que tuviesen mayor número de hijos y los poseedores de “mejores informes de conducta y hábitos  morales”. El descontento que produjo la aplicación de estas normas alimentaría focos de protesta, todavía aislados, germen de los brotes nacionalistas que cristalizarían a finales de la década siguiente.

Suprimida la vicepresidencia por Ley de 8 de agosto de 1939, sobre reorganización de la Administración Central del Estado, la Dirección General de Marruecos y Colonias –del cual dependía la delegación peninsular del Sindicato de la Madera– quedó adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores; el Comité de Comercio Exterior Forestal de Guinea continuó tutelado por el Ministerio de Industria y Comercio. División de competencias que puede interpretarse por la rivalidad constante, desde la supresión del Ministerio de Ultramar tras la independencia de Cuba y Filipinas, entre la Presidencia del Gobierno y el Ministerio de Asuntos Exteriores por el control de la política colonial, pero también enmarcarse en las aspiraciones imperialistas del Nuevo Estado franquista en vísperas de la Segunda Guerra Mundial. Porque a partir del 1 de septiembre de 1939 se revalorizó la posición estratégica de Guinea, pese a la “no beligerancia” de España. Días antes de la invasión de Polonia, el 21 de agosto, Alemania envió al Atlántico sur algunos buques corsarios, entre ellos el Admiral Graf Spee, con la misión de perturbar el tráfico mercante aliado. Ante ello, el Reino Unido introdujo el sistema de convoyes en su tráfico marítimo; en la semana del 5 al 12 de octubre de 1939, el Graf Spee hundió cuatro mercantes aliados, con un total de 22.300 toneladas, en la ruta entre Angola y Sierra Leona, cuyo centro geográfico es Guinea. Esta concentración de buques de guerra en la zona colonial española tuvo sus consecuencias en el orden económico y político. Las exportaciones de productos guineanos a Alemania se realizaba mayoritariamente en mercantes alemanes y suecos; ante la creciente intervención de la marina británica para obstaculizar tales transportes, las compañías navieras suecas  Nordstron & Hehin y Rederer Jonasson empezaron a poner inconvenientes para transportar el cacao y la madera guineanos. Los importadores alemanes se aprovechaban de la situación. Por ejemplo: el vapor Wagogo, que había partido de Río Benito el 23 de agosto de 1939 con destino a Hamburgo con un cargamento de 2.378 toneladas de okume, tuvo que refugiarse en el puerto de Lobito (Angola) debido al hostigamiento inglés; la empresa armadora Woermann Lines pretendía devolver la mercancía al Sindicato de la Madera, previo pago de la totalidad del flete en Hamburgo, además de un abono por arribada forzosa equivalente al 20 % sobre el valor de la mercancía, pagos exigidos en marcos alemanes o en divisas neutrales; pretensiones que contravenían el convenio vigente, que el Sindicato de la Madera y la Dirección General de Marruecos y Colonias solo consideraban “excesivas”. En lugar de exigir el cumplimiento del convenio, el Gobierno español propuso realizar el pago en pesetas y una rebaja del abono por arribada forzosa. Otro ejemplo: el buque español Domine fue retenido en el verano de 1940 en el puerto de Freetown (Sierra Leona) por buques ingleses, que requisaron el cargamento de cacao y la correspondencia oficial y privada; sorprende el tono extremadamente conciliador de las notas de protesta españolas, que expresan la violación de su soberanía, pero, sobre todo, se quejan del perjuicio económico causado a la colonia. La razón esgrimida por los ingleses para apresar buques españoles fue el conocimiento del encargo realizado por el Ministerio de Industria y Comercio al Comité Sindical del Cacao para la cesión de 2.000 toneladas de cacao con destino al Gobierno de Italia que, junto al acuerdo suscrito con Alemania, rompía la supuesta neutralidad española. Pero España negaba tales transacciones, alegando que la mercancía era transportada desde su colonia para su propio consumo interior y no para exportar a ningún país en guerra con Gran Bretaña. Los ingleses tragaron la mentira, pero desde entonces la marina británica obligó a navegar a los barcos españoles con un certificado expedido por su Embajada en Madrid, llamado navicert, tema importante por las cuantiosas pérdidas económicas que supuso para España a lo largo de la guerra, que revela, además, el inestable equilibrio diplomático en que se movía el naciente régimen franquista. Su análisis pormenorizado excede los propósitos de nuestra exposición, pero podremos volver sobre ello en algún otro momento. En todo caso, nos sugiere las implicaciones de  Guinea en la Segunda Guerra Mundial, sobre todo las intensas negociaciones desarrolladas en Berlín y Roma entre 1939 y septiembre de 1942 por Juan Luis Beigbeder y Ramón Serrano Súñer, ministros de Asuntos Exteriores de Franco, y los intentos de España por recuperar y ampliar su espacio en África, “expoliado” –según la terminología española– por Francia en la Conferencia de París. En ese sentido, como ya han apuntado diversos historiadores, la frustración de Franco al no obtener suficientes garantías de expansión territorial en África, tras sus entrevistas con Hitler en Hendaya, el 3 de octubre de 1940, y con Mussolini en Bordighera, el 12 de febrero de 1941, fue causa decisiva para la no beligerancia de España en la Segunda Guerra Mundial. España se encontraba en posición delicada: debilitada por la Guerra Civil, con un Gobierno no consolidado pese a la dura represión, en medio de las ambiciones imperialistas cruzadas de sus presuntos aliados. Al respecto, conviene añadir las presiones del Gobierno colaboracionista de Vichy, ansioso de recuperar el África Ecuatorial francesa y demás colonias africanas controladas por la Francia Libre tras la proclama de resistencia del general De Gaulle tras firmarse el armisticio con Alemania. Desde diciembre de 1940, el mariscal Phillipe Pétain presionaba a Madrid para obtener un consulado en Bata, petición informada favorablemente por el exgobernador Fontán, nuevo director general de Marruecos y Colonias, quien ponderó sus ventajas políticas y económicas ante el subsecretario de la Presidencia, Luis Carrero Blanco. Pero Serrano Súñer la desautorizó, porque “sería un centro de intrigas que causarían conflictos y dificultarían las relaciones sui generis que  la colonia se ve obligada a mantener con los vecinos”. En todo caso, los episodios reseñados resultan significativos a nuestro entender: revelan cuestiones hasta ahora ocultadas, como la existencia de intensas relaciones económicas entre España y las potencias del Eje, y el papel de la economía guineana en la devolución de los emprésitos de la Guerra Civil a Hitler y Mussolini.

Por ultimo, resaltar una obviedad apenas percibida por los estudiosos de las cuestiones guineanas: imposible comprender nuestra deriva poscolonial sin tener en cuenta estas medidas introducidas por el régimen de Franco en Guinea de 1936 hasta que comprendió la irrealidad de la quimera neoimperial, introductoras del fascismo en aquellos territorios. Conceptos, normas y usos incrustados tan profundamente en la mente de los colonizados que marcan todavía los modos de comportamiento político de la mayor parte de nuestra clase política. Se ven en el boato, perviven en los conceptos, en la terminología, en las leyes, en la percepción del ciudadano desde las alturas del  poder. No parece entonces exagerada mi afirmación recurrente: Franco no ha muerto en Guinea Ecuatorial. Por lo cual no bastó una independencia formal para alcanzar la libertad. Y la conclusión también es obvia: la construcción de nuestra sociedad exige empezar, ineludiblemente, por liberar nuestros espíritus del poso histórico de un totalitarismo superpuesto a un primitivismo nunca erradicado por una colonización frustrada, sobre todo, por los complejos y la indefinición de los propios colonizadores.

Donato Ndongo Bidyogo, escritor, periodista, historiador, trata este tema en "Reivindicaciones de España. La proyección del fascismo en el Golfo de Guinea (1936-1945)" dentro del III Seminario Internacional Sobre Guinea Ecuatorial: