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martes, 23 de marzo de 2021

El caso del aduanero de Bata

Cuenta La guerra civil en las colonias españolas del áfrica occidental que tras la caída de Bata, «una parte de los leales al gobierno pudieron huir hacia la vecina colonia francesa del Camerún, desde donde pasarían a Francia y posteriormente a la zona republicana. Sirva de ejemplo el caso del maestro nacional Manuel Alaiz Plaza que trabajaba en Bata como aduanero y que tras la intervención del Ciudad de Mahón pasó a Burdeos y desde allí a la zona gubernamental, incorporándose al Ejército Popular». Lo que coincide con la lista de Pozanco, que incluía a «Andrés Alonso, Manuel Aláiz Plaza, Pablo Gallo Alcántara, Vicente Gómez, Francisco Azpiri y Goitia, Gabriel López Cano, Rafael Masiello Guerrero, Luis Martínez, Emilio del Arca Ruiz, Rafael Iranzo Muñoz, José Lozano Alonso, Rafael Matamala Baeza» como los 12 repatriados que viajaban con sus familias.

Tras el triunfo del golpe de Estado en Santa Isabel, el subgobernador de Bata se había apoyado en los frentepopulistas de confianza para transmitir el relevo de las autoridades de lealtad dudosa por subalternos de incuestionables antecedentes republicanos. Al aduanero, como parte del núcleo duro, le había correspondido ser portador desde Ebebiyin de las órdenes del subGobernador a la administración civil y militar de Nsork, cesando al teniente del Valle. 
Tenía, además, la imperdonable falta de ser uno de los públicos contribuyentes a la donación de las 10.353,65 pesetas para la República, recogida en la Gaceta de Madrid del 5 Noviembre 1936.

En el II Año Triunfal, a finales del 1937, el Juzgado Militar de Santa Isabel de Fernando Póo le requiere a través del Boletín Oficial del Estado junto a:
Julián Ayala Larrazábal, Capitán retirado de la Guardia Civil, natural de Toledo, de 41 años de edad, hijo de Mariano y de Ascensión, domiciliado últimamente en Bata (Guinea). Rafael Masiello Guerrero, natural de Madrid, de 37 años de edad, hijo de Pascual y de Lorenza, con domicilio últimamente en Bata (Guinea). Laureano Vives Bonet, natural- de Tarragona, de 37 años de edad, hijo de Bartolomé y de Francisca, soltero, del comercio, con domicilio últimamente en Bata (Guinea). Ángel García Villalba Molín, natural de Murcia, de 33 años de edad, hijo de pedro y Consuelo, domiciliado últimamente en Bata (Guinea). Luis Mazo Muñoz, natural de Canillejas (Madrid), de 27 años de edad, hijo de Juan y de Petra, domiciliado últimamente en Bata (Guinea). Ángel Miguel Pozanco Barranco, natural de Sevilla, de 34 años de edad, hijo de Miguel y de Purificación, domiciliado últimamente en Bata (Guinea). (...). Carlos Padrón Meliá, natural de Las Palmas, de 31 años de edad, hijo de Francisco y de Concepción, domiciliado últimamente en Bata (Guinea).
Están todos ellos procesados por el «delito de rebelión» y se solicita en el requerimiento que las autoridades procedan a su busca y detención.

Desde Burgos, el Boletín Oficial del Estado del 7 de febrero de 1938 requiere nuevamente su comparecencia:
Alaiz Plaza, Manuel, vista volante de Aduanas de estos territorios, cuyo último domicilio fué en Río Benito, procesado en sumario num. 18 de 1937, sobré malversación de caudales públicos, comparecerá dentro dél término de sesenta días ante el Juzgado de Instrucción de los territorios españoles del Golfo de Guinea, para notificarle el procesamiento, ser indagado y reducido a prisión, previniéndole que si no comparece será declarado rebelde y deparará el perjuicio que hubiere lugar. Santa Isabel, 9 de octubre de 1937.
—II Año Triunfal.
==El Juez Instructor (ilegible).
==El Secretario Lcdo Juan de Mata G, de Carriazo
Acosado por diferentes vías, Manuel Alaiz Plaza es requerido en esta ocasión por «malversación de caudales públicos» (sic), un año antes había sido incluido en la Causa 360 de 1936 por delito de rebelión y el nueve de febrero de 1939 sería condenado «como políticamente responsable de hechos leves a la pena de dos años de destierro de estos Territorios y al pago de mil quinientas pesetas de multa» por el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas.
Alaiz, «de treinta y dos años de edad, hijo de Atanagildo y de Carmen, casado, empleado, natural de Albacete y en la actualidad ausente en ignorado paradero» se encontraba en ese momento huido del territorio guineano, y se habría reincorporado al servicio activo del Gobierno de la República por resolución del 29 de marzo de 1937.

De hecho, «ciento cuatro republicanos serían en cambio detenidos y trasladados a Las Palmas de Gran Canaria para ser procesados en dos Consejos de Guerra. Un consejo juzgaría a los civiles, en el cuál destaca la petición de pena de muerte para Jaime Gay Compte, acusado del delito de rebelión. El otro procedería contra la tripulación del vapor Fernando Poo. En el primero, presidido por el coronel José de Roas Fernández, actuando como capitán jurídico Ángel Dolla y fiscal Ildefonso Salazar y del Hoyo, quien solicitó una pena de muerte y otras 17 de numerosos años de prisión. Empero la sentencia rebajaría notablemente estas peticiones (…). El principal beneficiado de la reducción, respecto a la petición fiscal sería el ingeniero Jaime Gay quien vio disminuida su grave situación. Sin embargo no le serviría mucho pues moriría pocos años después víctima de los malos tratos carcelarios. El segundo Consejo sería presidido por el Coronel Luis Mateos Álvarez-Rivera y actuarían el mismo vocal ponente y fiscal que en el anterior. Se juzgaría por adhesión a la rebelión a veinte inculpados, dictándose diversas penas de prisión, aunque ninguna condena a muerte.
No acabaría sin embargo aquí la exigencia de responsabilidades por estos sucesos, pues a medida que los que habían logrado huir a zona republicana fueron capturados se les traía a Canarias para ser juzgados, como por ejemplo el citado Manuel Alaiz Plaza, incurso en la causa 630/40 por rebelión militar, su sentencia sería finalmente absolutoria pues obró en su favor el haber permitido en Guinea la huida de algunos rebeldes, así como el haber mantenido una actitud pasiva, en el Ejército Popular».


Así, La Guinea Española informará en la edición de julio de 1940 de su regreso (cumplidos los dos años de destierro fijados por el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas) en el vapor Río Francolí y en 1941 ya se documenta su inserción en las rutinas propias de la colonia.


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