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viernes, 17 de febrero de 2017

CONTRA CABO DE LA GUARDIA CIVIL COLONIAL ANTONIO CRUZ LAMAS

Capitanía General de Canarias

 

Plaza de Las Palmas           Año de 1911

Causa nº 1404

Instruida contra el Cabo de la 2ª Compañía de la Guardia Civil Colonial de los Territorios españoles del Golfo de Guinea Antonio Cruz Lamas, por el delito de “Lesiones graves” al guardia 2º indígena Lecot Castro.

 

Ocurrió el hecho el 21 de noviembre de 1909

Dieron principio las actuaciones el 24 de Noviembre de 1909

 En prisión el 30 de Noviembre de 1909, folio 79 vuelto.

En prisión atenuada el 25 de Abril de 1910, folio 157 vuelto

En libertad provisional el 3 de Junio de 1913, folio 201 vuelto.

En prisión atenuada el 6 de Octubre de 1913, folio 211 vuelto.

 

 

Juez Instructor                                       Secretario

El Capitán de Infantería Secretario del Juzgado permanente del Gobierno Militar de Gran Canaria 

Don Luis Marrero y Ponce

El Sargento de la 3ª Compañía del 3er Bon del Regimiento Infª  Las Palmas nº 66

 D. Manuel Fuentes Solano.

 

Cfr.: A-TMTQ 1306-92-2.- Cubierta.


Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.

Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2017/02/17/contra-cabo-de-la-guardia-civil-colonial-antonio-cruz-lamas/

viernes, 22 de abril de 2016

CONTRA MIGUEL HERNÁNDEZ PORCELL SUBGOBERNADOR DE GUINEA

CAPITANIA GENERAL DE CANARIAS

7114 – 223 – 30

GOBIERNO MILITAR DE GRAN CANARIA              JUZGADO EVENTUAL NUM. 1

Rollo 5

PIEZA SEPARADA DE LA CAUSA NUM. 537 DE 1.936

Instruida contra el Ex – Subgobernador de la Guinea Española, MIGUEL HERNANDEZ PORCEL, como autor de un delito de REBELIÓN.

– – – – – – – – – – –

Hechos ocurridos en Bata (Guinea Española).

– – – – – – – – – – –

Dieron principio las actuaciones el dia 14 de Abril de1.939.

– – – – – – – – – – –

En prisión preventiva el dia 14 de Abril de 1939

 

 

Juez Instructor:

Secretario:

OFICIAL SEGUNDO DEL C.J.M.

Soldado de Infanteria:

D. PEDRO PADRON QUEVEDO.

D. JUSTO JORGE AGUIAR

 

Cfr.: ATMTQ 7114-223-30 CAUSA 537 DE 1936 (GUINEA).- Cubierta.

* * * * * * * * * * * * * * *

Por orden del Auditor de Guerra JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, las causas 538, 588, 594 y 592, todas ellas por hechos acontecidos en la Colonia Española de Guinea, fueron acumuladas a la causa 537 de 1936, de la misma procedencia.


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Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2016/04/22/contra-miguel-hernandez-porcell-subgobernador-de-guinea/

jueves, 25 de junio de 2015

CARTA DEL GENERAL ÁNGEL DOLLA LAHOZ A LUIS DORESTE MORALES

[Carta encabezada por el escudo republicano con este membrete:]

 

EL GENERAL DIVISIÓN

COMANDANTE MILITAR

DE LAS

ISLAS CANARIAS

 

Santa Cruz de Tenerife 19 de Octubre de 1.936.

Señor Don Luis Doreste y Morales.

LAS PALMAS.

Muy distinguido señor mío : Contesto su carta del 14 de los corrientes; sigo su mismo orden.

1.º – Estamos en tiempo de guerra y funciona, por tanto, para todos, lacensura.

No puede estar exenta de esa censura, la comunión tradicionalista. Si en algún caso la censura telegráfica postal se excede, debe acudir la comunión tradicionalista como todo el mundo, a la Autoridad superior, en instancia razonada, y tenga la seguridad de que dicha Autoridad superior, mientras sea yo quien la ejerza, resolverá siempre en justicia. Lo que no debe ocurrir porque cae dentro de la Ley, es que se apele oficiosamente a Entidades o personas de la citada comunión tradicionalista; menos todavía, que tal apelación se haga en términos no ajustados a la verdad completa ‘del asunto de que se trata , sino a unaverdad particularísima del considerado como recurrente . Obrar así es ofender a la autoridad verdadera, mermar su prestigio y su efectiva autoridad; no :puede admitirse la verdad verdadera, no es muchas veces la que se mira a través de un interés particularista, pues este interés particularmente se interpone a nuestro pesar, a nuestro espíritu, conduciéndole a errores interpretativos a veces considerables.

2º – Es notoria la falta de Oficiales en los Cuerpos, tanto, que a seguir así, nutriendo por ordenes del Alto Mando, los Cuerpos de Africa y de Fernando Poo, y además a las tropas ya preparadas para inmediatas expediciones, nos llegaremos a quedar exhaustos, y sin mas oficialidad que la resultante de los cursos de 15 días que se acaban de convocar. Si llegan a cubrirse de algún modo las plantillas podré disponer de algún oficial de los nuevos pese a prestar sus servicios en el Requeté de Las Palmas.

3º – El Brigada de Infantería concedido :por la Autoridad Militar de Gran Canaria, lo será para todos los efectos dejando de prestar servicio en el Regimiento 39 para lo cual circulo las órdenes oportunas.

4º – No puedo admitir en modo alguno su exclamación de que “Ay del movimiento salvador del Ejército sin los Requetés”!. Como desahogo literario, y aún si se quiere espiritual, solo cabe pasarla para exaltar a los partidarios en tren de propaganda; pero está muy lejos de la verdad verdadera, y además inoportuna. El ejército ha demandado la cooperación de la Nación para la mayor empresa a que se ha lanzado; paro que yo sepa, no se ha solicitado, por nadie ni en ningún momento, la ayuda especial de los Requetés. Acepta la colaboración de los Requetés, como acepta todas las demás colaboraciones, pero de ese preciso concepto, no pasa. La idolatrada Bandera de los Requetés, merece todos mis respetos y pueden dichos Requetés usarla en sus formaciones y actos privados y públicos, como emblema de una comunidad o fuerza organizada o en organizaciones que no somos Requetés, nada mas que respeto podemos tributarla.

Los terminas injustamente desabridos empleados hacia Vds., de haber existido no pueden aplaudirse ni aun tolerarse. Deberán desaparecer. Y para ello doy órdenes oportunas.

5.º – Las descortesías, zaherimientos y mortificaciones de que se dicen objeto desaparecerán.

6º – Convendrá Vd. conmigo que el nombramiento de Censor en esa Provincia, corresponde a la Autoridad Militar, y no es asunto en que deban, y por tanto, pueden, intervenir los extraños; y menos todavía los interesados.

Creo haber contestado los seis incisos de su carta.

Devuelvo a Vd. la carta original que se me ha enviado sin pedirla yo, participándole que de ella he sacado copia para mi archivo de estos asuntos.

Repito a Vd. lo que le expongo en el inciso 1º – que la censura la ejerce la Autoridad Militar de Gran Canaria con sus facultades y también con su responsabilidad. Y no puedo menos de señalarle el mal gusto que representa menos con lo que acontecia en los tiempos de Azaña, y mucho menos colocar lo de antes en superior plano, que lo que acontece ahora.

Respecto de la carta del señor Don Joaquin Mª Aracil, no me permito comentarla por no haber sido requerido para ello.

Se despide de Vd. atentamente,

Angel Dolla

 

Cfr.: A-TMTQ 13011-418-21 Procedimiento Sumarísimo 464/1936.- Folios 8 y 9.

* * * * * * * *

Nota del transcriptor

ÁNGEL DOLLA LAHOZ era General de Brigada, no de División.

Se ve que al hacerse cargo del mando de la COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS, utilizó el material impreso dejado por sus antecesores en el puesto.


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Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2015/06/25/carta-del-general-angel-dolla-lahoz-a-luis-doreste-morales/

lunes, 16 de marzo de 2015

SEIS ROLLOS EN LA CAUSA DE GUINEA Nº 537 DE 1936

Oficio número 5669-N de la Sección JUSTICIA con este membrete:

Escudo nacional del águíla imperial con el yugo y la flechas

CAPITANIA GENERAL

DE LAS

ISLAS CANARIAS

 

A los fines interesados en su escrito nº 1335, fecha 4 del actual., remito a V.S. la adjunta Causa nº 537 de 1.936, compuesta de seis rollos, instruida contra el Brigada DON SEBASTIAN NACARINO ROMERO y otros, por delito de rebelión.

Acuse recibo.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 18 de Octubre de 1.943

De orden de S.E.

El Coronel Jefe de E.M.

[Firma rubricada del Coronel FRANCISCO SANGUINO  BENÍTEZ]

[Al pie]

Señor Juez Instructor Comandante de Infantería DON DAMIAN MASSANET PLOMER

Juzgado Permanente

Gobierno Militar de

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

 

Cfr.: ATMTQ 7114-223-30 Causa 537 de 1936 (Guinea).- Folio170.


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Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2015/03/16/seis-rollos-en-la-causa-de-guinea-no-537-de-1936/

lunes, 29 de septiembre de 2014

300 PESETAS NO REINTEGRADAS AL 6º TERCIO DE LA GUARDIA CIVIL

 Nº 3421                        Legajo 143 – 8

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                Año de 1931.

Capitanía General de Canarias.

JUZGADO PERMANENTE

Diligencias previas

 instruidas para determinar responsabilidades por no haber sido reintegradas al 6º Tercio de la Guardia civil 300’00 pesetas facilitadas al sargento Maanuel Ojeda Moreno de la Guardia Colonial de Guinea.

 

Ocurrió el hecho, el      de      de 19

Dieron principio estas actuaciones el 17 de Enero de 1931.

 

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Comandante de Infantería

El Suboficial de Infantería don

Aureliano Martínez Uribarry

Juan Parras Fernández

Otro.- El Comte de Infantería

Otro.- El Tte. de Infantería D.

  1. Franco Sánchez Pinto

Jesús Pedreira Gómez

Otro.-de Artillería
  1. Antonio Ramos Izquierdo

 

Cfr.: A-TMTQ 3421-143-8.- de 1931.- Cubierta.


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Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2014/09/29/300-pesetas-no-reintegradas-al-6o-tercio-de-la-guardia-civil/

lunes, 14 de julio de 2014

TRAYECTORIA DEL CORONEL JUAN VARA TERÁN EN 1936

El 8 de enero de 1936 en la página 214 del número 8 de la Gaceta de Madrid, leemos esta Orden:

Excmo. Sr.: Este Ministerio ha resuelto conferir los mandos que se indican en la siguiente relación a los Coroneles de la Guardia Civil D, Román García Pardo y D. Juan Vara Terán.

Lo digo a V.E. para su conocimiento y efectos. Madrid, 7 de Enero de 1936.

P.D.,

CARLOS ECHEGUREN

Señor Inspector General de la Guardia Civil.

RELACIÓN QUE SE CITA

Coroneles

D. Román García Pardo, del mando del 6º Tercio (Coruña), al del 10º ídem (Oviedo).

D. Juan Vara Terán, del mando del 10º Tercio (Oviedo), al del 6º ídem (Coruña)

 

Obsérvese que en este movimiento de mandos, el coronel que abandona Coruña para ir a Oviedo es el jefe de la Guardia Civil, ROMÁN GARCÍA PARDO, quien había podido ser ascendido a Coronel gracias a la vacante producida por el pase a la situación de “Al servicio de otros Ministerios”, del Coronel D. JUAN VARA TERÁN, en 1934, situación en la que había quedado éste para poder ser destinado como subgobernador a Guinea Ecuatorial.

 

El 1º de febrero de 1936, el Coronel JUAN VARA TERÁN hace uso de una licencia de dos meses, por enfermedad, en Santa Cruz de Tenerife.

Regresa a su residencia en La Coruña el 1º de abril de 1936.

 

Mientras tanto se ha producido el triunfo electoral del Frente Popular.

 

Apenas un mes después, el ministro CASARES QUIROGA resuelve conferir mandos y destinos a un coronel y quince tenientes coroneles, los cuales verificarán su incorporación al que se les adjudica con toda urgencia.

La Orden datada el 28 de abril es publicada en el número 121 de la Gaceta de Madrid de fecha 30 de abril de 1936.

El coronel que cambia de mando es JUAN VARA TERÁN, quien es enviado del 6º Tercio al 23º Tercio.

Para cubrir su vacante en Coruña es nombrado el teniente coronel FRANCISCO BROTONS GÓMEZ, especificando que éste es nombrado para desempeñar el mando del 6º Tercio, en plaza de superior categoría.

En ese mismo número 121 de la Gaceta de Madrid de fecha 30 de abril de 1936, es también publicada esta Orden del mismo Ministerio de la Gobernación:

Excmo. Sr.: Este Ministerio ha tenido a bien disponer que el Coronel de ese Instituto, en situación de “disponible forzoso”, en Granada, D. Agustín Piñol Riera, pase destinado a mandar el 24º Tercio

Lo digo a V.E. para su conocimiento y efectos. Madrid, 28 de Abril de 1936.

CASARES QUIROGA

Señor Inspector General de la Guardia Civil.

 

Así es como vino destinado el Coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA a Tenerife, donde participaría en la sublevación militar del 18 de julio de 1936.

Mientras tanto, unos días después, JUAN VARA TERÁN disfrutará de un permiso desde el 9 al 31 de mayo de 1936.

Por orden de 2 de junio de 1936, el Coronel JUAN VARA TERÁN es destinado del 23º Tercio al 20º.

Así consta en la página 1946 del número 154 de la Gaceta de Madrid, esta Orden del Ministerio de la Gobernación.

Excmo. Sr.: Su Excelencia el señor Presidente de la República, por resolución de esta fecha, confiere los mandos que se indican a los Jefes de ese Instituto comprendidos en la siguiente relación, que principia con D. Arturo Blanco Horrillo y termina con D. Juan Vara Terán.

Lo digo a V.E. para su conocimiento y cumplimiento. Madrid, 31 de Mayo de 1936.

JUAN MOLES

 

Señor Inspector General de la Guardia Civil.

RELACIÓN QUE SE CITA

Coroneles

D. Arturo Blanco Horrillo, del 5º Tercio al 17º.

D. Joaquín Fernández Trujillo, del 17º Tercio al 5º

D. Pio Navarro López, del 8º Tercio al 23ª

D. Juan Vara Terán, del 23º Tercio al 20º

 

Menos de un mes después, el 1º de julio, Juan Vara Terán vuelve disfrutar otra licencia de dos meses por enfermo en Santa Cruz de Tenerife.

Resumiendo:

En menos de seis meses, el Coronel Juan Vara Terán, disfruta de cuatro meses por enfermo y 22 días de permiso por otro motivo. Y es cambiado de destino tres veces, saltando de los tercios sexto al vigésimo tercero, y de éste al vigésimo.

Viniendo a parar a Canarias, más concretamente a Tenerife, donde se une a la sublevación contra el Gobierno de España, iniciada aquí el 18 de julio de 1936.

Por su protagonismo en los acontecimientos posteriores desencadenados el 18 de julio de 1936, esta oportunísima licencia por enfermedad, permite conjeturar que el coronel JUAN VARA TERÁN, vino a Santa Cruz de Tenerife, donde sus conocimientos de las Islas serían muy útiles, para participar en la sublevación militar que venía gestándose desde hacía tiempo.

Sublevación a la cual estaba adherido incondicionalmente, habiendo sido designado para apropiarse del Ayuntamiento.

 

El 18 de julio de 1936, el Alcalde Republicano de Santa Cruz de Tenerife. JOSÉ CARLOS SCHWARTZ HERNÁNDEZ es detenido en su casa, trasladado al edificio de Capitanía General (entonces Comandancia Militar), y luego conducido preso al Castillo de Paso Alto, de donde sería desaparecido el 2 de octubre de 1936.

Faltando a su honor, incumpliendo su firmada promesa de servicio y fidelidad a la República, desobedeciendo sus leyes, atacándola, en vez de defenderla con las armas, el Coronel JUAN VARA TERÁN ocupa el Ayuntamiento, y al día siguiente, usurpando el puesto de Alcalde, se constituye en Presidente de la Comisión Gestora constituida con estos nueve conspicuos individuos:

 

1 Francisco La-Roche Aguilar
2 Asensio Ayala Espinosa.
3 Pedro Duque Déniz
4 Manuel Cruz Delgado
5 Juan Yanes Perdomo
6 Miguel Llombet Rodríguez
7 Juan Pedro Alba Carmona
8 Francisco Rodríguez Barrios
9 Vicente Expósito Barrios Pérez

 

Estos dos últimos no están presentes en el momento de la constitución de tal Comisión.

FRANCISCO RODRÍGUEZ BARRIOS alega estar enfermo

VICENTE EXPÓSITO BARRIOS PÉREZ, estaba ausente

El Sr. Presidente queda en adoptar las medidas que procedan, atendidas las circunstancias del caso.

Esta Comisión Gestora convino celebrar sesiones los lunes de cada semana en primera convocatoria y los miércoles de segunda, a las seis de la tarde.

Así, el Coronel JUAN VARA TERÁN se hace cargo del gobierno municipal, ejerciendo su Presidencia.

En su desempeño denota gran autoridad, implantando una gran disciplina entre los funcionarios, a los que no ahorró críticas, y obligó a firmar a la hora de entrada en las Oficinas Municipales, controlando todas las dependencias.

Cumplía y hacía cumplir las órdenes emanadas de la Comandancia Militar, llevando a cabo con gran eficacia la depuración política de funcionarios municipales.

Toda esta actividad no le impidió participar también en los tribunales de varios Consejos de Guerra.

Durante sus escasas ausencias, ejercería la Alcaldía provisionalmente, FRANCISCO LA ROCHE AGUILAR.

Así consta en las actas de los días 3 de agosto y 28 de septiembre de 1936, cuyas sesiones son presididas, interinamente, por FRANCISCO LA ROCHE AGUILAR, porque el Alcalde Juan Vara Terán está asistiendo a Consejo de Guerra.

Ambos Consejos de Guerra dictaminarían sobre la Causa 50/1936, de la cual resultaron sentencias dictaminando cinco condenas a muerte, y una enorme cantidad de años de prisión para decenas de personas.

Personas que se habían mantenido fieles a la legalidad republicana, siendo por ello, acusadas del delito de Rebelión.

El primer Consejo de Guerra fue el que condenó a muerte al teniente tinerfeño ALFONSO GONZÁLEZ CAMPOS, quien, el 18 de julio de 1936, por la tarde, había estado al frente de los Guardias de Asalto, que dispararon contra el Gobierno Civil, mientras éste edificio estaba en manos de las tropas dejadas por el Comandante ALFONSO MORENO UREÑA, cuando alboreó ese día.

ALFONSO GONZÁLEZ CAMPOS fue fusilado el 11 de agosto de 1936.

El 13 de septiembre de 1936 desembarca en Tenerife el general ÁNGEL DOLLA LAHOZ.

El segundo Consejo de Guerra, celebrado el 28 de septiembre de 1936. sería conocido como del Frente Popular.

Como de éste solamente resultaron tres condenas a muerte, el Auditor de Guerra Coronel JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, discrepó de la sentencia.

El Comandante Militar, general ÁNGEL DOLLA LAHOZ, revocó a los miembros del tribunal, ordenando la inmediata constitución de otro.

Este nuevo tribunal, volvería a dictar nueva sentencia, prácticamente copiada de la anterior, y ampliada, para condenar a la pena de muerte a estos cuatro ínclitos republicanos.

1.- MANUEL VÁZQUEZ MORO, Gobernador Civil de Santa Cruz de Tenerife.

2.- ISIDRO NAVARRO LÓPEZ, Radiotelegrafista y Secretario del Gobierno Civil.

3.- DOMINGO RODRÍGUEZ SANFIEL, Presidente del Círculo de la Amistad XII de Enero.

4.- FRANCISCO SOSA CASTILLA, Presidente del Sindicato de Inquilinos.

 

Estas cuatro penas de muerte, serían positivamente dictaminadas por el Auditor JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, firmadas por el General ÁNGEL DOLLA LAHOZ, confirmadas por el GENERALÍSIMO FRANCO, y ejecutadas el 13 de octubre de 1936.

 

Previamente, el 5 de octubre de 1936, se reúne la Comisión Gestora Municipal del Excmo. Ayuntamiento en sesión pública ordinaria de primera convocatoria, previamente citado con arreglo a las vigentes disposiciones, bajo la Presidencia del Sr. Gestor don Francisco La-Roche, por hallarse dado de baja el Alcalde propietario Coronel Don Juan Vara Terán;

Sería en esta sesión municipal donde el gallego FRANCISCO Paulino Hermenegildo Teódulo FRANCO BAHAMONDE sería declarado HIJO MUY PREDILECTO de Santa Cruz de Tenerife.

Acuerdo absurdo, porque habiendo nacido en Ferrol, FRANCISCO FRANCO solamente podría ser considerado hijo predilecto de su ciudad natal.

 

Resulta patético por contradictorio, que se denomine Alcalde Propietario al individuo que ocupa tal puesto por razón de un acto de violencia.

El 21 de octubre de 1936, se reunió el Excmo. Ayuntamiento en sesión pública ordinaria de segunda convocatoria, previamente citado con arreglo a las vigentes disposiciones, bajo la Presidencia del Sr. Gestor Don Francisco La-Roche, en sustitución del Sr. Alcalde-Presidente Don Juan Vara Terán, que se halla en otro acto oficial.

El 7 de diciembre de 1936, se reunió la Comisión Gestora de este Excmo. Ayuntamiento en sesión pública ordinaria de primera convocatoria, citado previamente con arreglo a las disposiciones vigentes, bajo la Presidencia del Sr. Gestor Don Francisco La-Roche y Aguilar, por ausencia del Sr. Alcalde-Presidente Coronel don Juan Vara Terán, que se halla en un reunión de Coordinación Sanitaria.

En esta sesión fue leído un escrito del Alcalde de Olmedo (Valladolid), por el que solicita que cada Municipio de los actualmente sometidos al movimiento salvador de España, contribuya con una cuota de cinco pesetas, para ofrendar al pueblo portugués una placa de bronce con los restos de proyectiles lanzados contra Toledo, Oviedo y Huesca.

La Comisión Gestora acordó, por unanimidad, contribuir a dicha suscripción, a cuyo fin se dispondrá el oportuno libramiento por la cantidad de pesetas indispensable para suplir la cuota fijada de cinco pesetas y gastos que ocasiones su libramiento y remisión con cargo al Capítulo II artículo 1º del presupuesto en vigor.

 

Visto un escrito del Excmo Sr. Comandante General, ordenando se cumplimente sanción impuesta al Guardia Municipal Francisco Rodas Cabeza, por abandono de servicio injustificado, consistente en quince días de suspensión de haber, la Comisión Gestora acordó quedar enterada.

La Comisión Gestora quedó enterada del escrito del Excmo Sr. Comandante General, por el que se ordena se cumplimente sanción impuesta al Guardia Municipal Manuel Torres Núñez, por abandono de servicio injustificado, consistente en suspensión de haber durante un mes.

El 28 de diciembre de 1936, se reunió la Comisión Gestora Municipal en sesión pública ordinaria de primera convocatoria, previamente citada con arreglo a las disposiciones vigentes, bajo la Presidencia del Señor Alcalde don Juan Vara Terán.

En el acta de esta sesión leemos:

Folio 7

Nombrar Oficial de 2ª clase, con efectos desde el primero del actual y haber de cuatro mil pesetas a don Antonio Vilar González nº 1 de los terceros (en la vacante producida por separación de don Emilio Pascual Navarro).

Confirmar en su destino de Oficial de tercera clase pero con el haber anual de tres mil pesetas, al que en antigüedad sigue al anterior don Aurelio Rivas Sierra, con efectos desde 1º del actual (en la vacante por ascenso de don Antonio Vilar).

Confirmar en su destino de Oficial de tercera clase pero con el haber anual de tres mil pesetas, a don Anselmo Fajardo Merino que en antigüedad sigue al anterior, con efectos desde primero del actual (en vacante por separación del servicio de don Ignacio F. González).ascenso de don Antonio Vilar).

Nombrar, dado lo informado por el Negociado, Oficial de tercera clase con dos mil pesetas hasta que se le asigne el que le corresponda por su categoría, a don Francisco Núñez González, aspirante que sigue en número a don Julio Tudela Aorta, que venido declinando su derecho a ocupar plaza y que se halla actualmente incorporado a una unidad militar de las que se hallan en Campaña.

La Comisión Gestora, aceptando propuesta de la Alcaldía, acordó designar para los destinos que se expresan, los funcionarios que se expresan, los funcionarios que se nombran: para Administrador General de Rentas, Exacciones y Propiedad Municipales, al Jefe de Administración don Antonio López de Vergara Larraondo, y para Administrador del Mercado, el Jefe de Negociado don Roque Bonnet Martínez.

 

En estos párrafos transcritos se constata el efecto de la inicua Depuración Política de Funcionarios, puesta en marcha en el Ayuntamiento.

La separación del servicio de los desdichados funcionarios depurados, significaba lucro para otros, que eran promovidos para ocupar los puestos dejados vacantes por la Depuración política.

 

Continuando con la lectura del acta, encontramos:

Visto un escrito por el cual la Agrupación Artística “Escuela de Arte”, solicita la concesión del Teatro Guimerá para celebrar un espectáculo el día dos del próximo mes de enero a las nueve y media de la noche, cuyo producto es a beneficio del Monumento a Franco, la Comisión Gestora acordó conceder dicho coliseo para el día solicitado así como para celebrar en él los ensayos generales los días 29, 30 y 31 de diciembre y 1º de enero próximo.

En este momento el Señor Alcalde dio cuenta de que en el expediente tramitado sobre Reformas de las Haciendas locales en este Archipiélago, habían recaído ya cuantos informes se han estimado pertinentes, siendo todos favorabilísimos, incluso el del Excmo. General, Comandante Militar de Canarias, don Ángel Dolla Lahoz que, en términos claros y concretos acredita, por su propia observación y conocimiento que tiene de los asuntos fundamentales que al país de su mando afectan, la utilidad y conveniencia de que la reforma propuesta en bien de la vida local, sea sancionada por la Superioridad, añadiendo – dicho Sr. Alcalde – que la propia primera autoridad militar del Archipiélago había indicado la conveniencia de que el expediente se elevara a mano a la Junta Técnica del Estado, por una Comisión Municipal, integrada por elementos de este Ayuntamiento y del de Las Palmas.- La Comisión Gestora Municipal, previa declaración de urgencia, acordó como sigue:

1º – Quedar enterada con satisfacción de todo lo manifestado por el Sr. Alcalde.

2º – Que con la posible urgencia se traslade a gestionar cerca de las autoridades y Centros superiores competentes, la aprobación del expediente de que se trata, una Comisión, nombrando para formarla a los Sres. Alcalde don Juan Vara Terán e Interventor de fondos don Antonio Ramírez Vizcaya, abonándose a dichos comisionados los gastos de viajes y dietas de cien pesetas a cada uno, y

3º.- Que se libre al mencionado Señor Alcalde y a justificar la cantidad de diez mil pesetas (10.000) para dichos gastos con cargo al Capítulo de “Imprevistos”, del presupuesto municipal del año en curso.

[…]

Se acordó que durante la ausencia del Sr. Interventor, por razón de la Comisión para que resulta nombrado por precedente acuerdo, se haga cargo de la Intervención, como Interventor accidental, el jefe de Administración Municipal don Antonio López de Vergara Larraondo.

 

Con lo cual el recién nombrado Administrador General de Rentas, Exacciones y Propiedad Municipales, Antonio López de Vergara Larraondo, se queda de Interventor accidental.

Ejecutando la Comisión encomendada, el CORONEL VARA TERÁN, y el Interventor Municipal, ANTONIO RAMÍREZ VIZCAYA, partirían hacia Burgos, munidos con DIEZ MIL PESETAS.


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Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2014/07/14/trayectoria-del-coronel-juan-vara-teran-en-1936/

sábado, 7 de junio de 2014

CAUSA CONTRA EL FRENTE POPULAR EN GUINEA

TERRITORIOS ESPAÑOLES DEL GOLFO DE GUINEA

 

PLAZA DE SANTA ISABEL                                    AÑO DE 1936

 

C A U S A  NUMERO 521

 

INSTRUIDA POR EL DELITO DE REBELION CONTRA LOS PAISANOS  PROCESADOS

 

JAIME GAY COMPTE JOSE MENDOZA PARREÑO
JOSE ROBLES DIEZ VICENTE GIL FILIBERTO
PEDRO MANTILLA HENRIQUEZ ANTONIO PLATAS CALVETE
LUIS BUELTAS SAURA SANTIAGO ROJO TOME
GONZALO CARRILLO RIERA ENRIQUE PELLIVER GARAY
SANTIAGO GIL FILIBERTO JOSE PALLARES RAY
CASIMIRO PERALTA GARCIA JOSE BORLET DE LA TORRE
JOSE GARCIA SOLVES SEGUNDO SABIO DUTROIT
FRANCISCO HINESTROSA MONTES GINES PEREZ BALLESTA
MANUEL LUQUE VAZQUEZ JOSE SERRANO ROLDAN
FERMIN FERNANDEZ ORTE JOSE TRILLA TORRE-GUITAR
RAMON AGULLO MIRALLES

 

Ocurrió el hecho. el dia 19 de Septiembre de 1937.

 

Dieron principio las actuaciones el 7 de Octubre de 1936.

 

Juez Instructor

Secretario

Capitan de la Guardia Colonial

Suboficial de la Guardia Colonial

Don Enrique Pueyo del  Vall

Don Vicencio García Blázquez

 

Cfr.: 12987-147-7 Causa 521 de 1936 contra el F.P. de Guinea

 


Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.

Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2014/06/07/causa-contra-el-frente-popular-en-guinea/

miércoles, 4 de junio de 2014

LUIS GONZÁLEZ PEÑA FUSILADO EL 26 DE ABRIL DE 1937

En su libro ISLETA/PUERTO DE LA LUZ CAMPOS DE CONCENTRACIÓN, editado en 2002 por JUAN MEDINA SANABRIA, mi hermano dedicó el capítulo 25 a recopilar el número de muertos por fusilamiento. Completando el texto con una tabla en la que listaba los datos de los fusilados, hasta finales de la década de 1940.

Datos obtenidos de las partidas de defunción consultadas por él.

No obstante, mi hermano añade una nota explicando por qué omite en dicha tabla o listado, los datos de una partida de defunción fechada el 26 Abril 1937.

Partida de defunción en la cual consta la inscripción de la defunción de LUIS GONZÁLEZ PEÑA, natural de Cehegín (Murcia), de 44 años de edad, domiciliado en Santa Isabel de Fernando Poó, de profesión Practicante, fallecido en día “de hoy” a las 16:00 horas.

En esta partida no hay constancia de la causa que motiva el óbito.

Pero si se lee que se efectúa la inscripción en virtud de Oficio del Juez Instructor del Juzgado Eventual nº. 8 de esta Capital.

Esta anotación conduce a mi hermano a entrever que fue fusilado, si bien le queda la duda sobre el motivo de la defunción.

No habiendo podido esclarecer la cuestión, al no haber podido acceder a los documentos judiciales militares sobre los incidentes acaecidos en la Guinea Ecuatorial Española, mi hermano Juan, concluye sus observaciones al respecto, diciendo:

 De confirmarse que Luis González Peña fue fusilado, sería el único vecino de la Guinea, y la estadística total quedaría en 72 (setenta y dos) españoles pasados por las armas en el campo de tiro de Infantería (La Isleta).

Pues bien.

Hurgando en la hemeroteca, he encontrado esta noticia publicada en la página tercera del número 10133 del diario tinerfeño LA PRENSA del miércoles 28 de abril de 1937:

Auditoria de Guerra

Ejecución de una sentencia

Por Consejo de Guerra celebrado en la plaza de Las Palmas el día 13 del corriente, fue condenado a la pena de muerte el paisano Luis González Peña, procesado en concepto de autor de un delito de rebelión militar, en virtud de hechos perpetrados por el mismo en Santa Isabel de Femando Póo, el pasado año.

Habiéndose recibido el enterado, el martes último, por un piquete de la guarnición de dicha plaza, fué cumplimentada la referida sentencia de muerte

 

Paralelamente, otro periódico tinerfeño, GACETA DE TENERIFE, se hace eco de la misma noticia, el mismo miércoles 28 de abril de 1937, y casi con el mismo texto

Auditoria de Guerra

EJECUCIÓN DE UNA SENTENCIA

 Por Consejo de Guerra celebrado en la Plaza de Las Palmas el día 13 del actual, fué condenado a la pena de muerte el paisano Luis González Peña, procesado en concepto de autor de un delito de rebelión militar, en virtud de los hechos perpetrados por el mismo en Santa Isabel de Fernando Póo, el pasado año.

Por un piquete de la guarnición de dicha plaza, fué cumplimentada la sentencia en el día de ayer, después de haberse recibido el enterado.

Por otro lado, he podido conocer que LUIS GONZÁLEZ PEÑA había sido encartado en la causa 590 de 1936, por hechos acontecidos en la colonia española de Guinea.

Causa iniciada el 3 de noviembre de 1936, y finiquitada el 30 de junio de 1937.

Esta causa 590/1936 seria archivada bajo la signatura o clave 13023-419-3, en el Archivo del Tribunal Militar Territorial Quinto.

Queda pendiente acometer la pesquisa del legajo 419, y acceder a dicha Causa 590 de 1936.

Mas, ya estamos en condiciones de dar por fusilado a LUIS GONZÁLEZ PEÑA.

Deshaciendo la duda planteada por mi hermano, JUAN MEDINA SANABRIA, en su libro ISLETA/PUERTO DE LA LUZ CAMPOS DE CONCENTRACIÓN, editado en 2002.


Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.

Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2014/06/04/luis-gonzalez-pena-fusilado-el-26-de-abril-de-1937/

jueves, 27 de marzo de 2014

 CAUSA EN SANTA ISABEL FERNANDO POÓ DE 1927

 

Regtº Nº 2152 – Sala 2ª – Estante 8 – Legajo 131, Nº 10

 

Plaza de Santa Isabel (Fernando Poó                    Año 1927

 

Guardia Colonial

 

Causa

contra los PAISANOS Don Juan Antonio Ruiz, don Joaquin Alfonso de Luna, D. José Mora Guerrin, D. José Antonio Morales y la indígena Ana Waston

Por

El delito de conspiración para la sedición

Ocurrió el hecho de Mayo a Junio de 1926

Dieron principio las actuaciones el 2 de Abril de 1927

 

Presos

D. Juan Antonio Ruiz en 5 de Abril de 1927
D. Joaquin Alfonso Luna en 5 de Abril y en 8 de Agosto de 1927
D. José Mora Guerrin en 5 de Abril de 1927
D, José Diacono Morales en 5 de Abril de 1927

 

En libertad

D.Juan Antonio Ruiz en 31 de Mayo de 1927
D. Joaquin Alfonso Luna en 31 de Mayo y 9 de Noviembre de 1927
D. José Mora Guerrin en 8 de Abril de 1927
D. José Diácono Morales en 5 de Mayo de 1927

 

Juez Instructor

Secretario

El Capitan de la Guardia Colonial

El Sargento del mismo Cuerpo

Don Isidro Cáceres Ponce de León

Juan Marín Ibáñez

 

Cfr. ATMTQ 2152–131–10.- Cubierta.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

He contado 253 folios numerados en esta causa, a la cual se añadido una pieza separada conteniendo varios folios más.


Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.

Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2014/03/27/causa-en-santa-isabel-fernando-poo-de-1927/

martes, 12 de noviembre de 2013

LA DIVISIÓN PROVINCIAL DE CANARIAS

 

En 1927, bajo el reinado del felón Rey ALFONSO XIII, es decretada la división de Canarias en dos provincias, Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas, por R.D. núm. 1586 publicado en el número 266 de la Gaceta de Madrid de fecha 23 de septiembre de 1927.

Aclaremos que ALFONSO XIII, merece el ingrato calificativo de rey felón, porque había faltado a su juramento constitucional, permitiendo el gobierno del dictador MIGUEL PRIMO DE RIVERA Y ORBANEJA.

Con este Decreto 1586 del año 1927, se puso oficialmente fin a un pleito secular, denominado PLEITO INSULAR.

Pleito insular que algunos desean y procuran mantener vivo, para sembrar la discordia entre los habitantes de nuestras Islas Canarias, aprovechando cualquier pretendido agravio inter insulas.

Agravio que muchas veces no es tal.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2010/11/25/25-de-noviembre-de-1930-la-muerte-del-sastre-juan-agrella-guadarrama/

Pero los politicuchos sin escrúpulos no dudan en agitar el pleito insular, cuando consideran que les conviene a sus inconfesables designios, para así distraer y alejar al personal, de los verdaderos problemas que padecemos endémicamente.

Así fue publicado, en el número 266 de la Gaceta de Madrid del día 23 de Septiembre de 1927, el R.D. datado en San Sebastián en 21 del mismo mes.

REAL DECRETO

Núm. 1.586.

A propuesta del Presidente del Consejo de Ministros y de acuerdo con éste,

Vengo en decretar lo siguiente:

Articulo 1º El territorio nacional que constituye el Archipiélago Canario se dividirá en dos provincias, con la denominación de sus respectivas capitales, que serán Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.

Artículo 2.º La provincia de Santa Cruz de Tenerife la formarán las islas de Tenerife, Palma, Gomera y Hierro; y la de Las Palmas la integrarán las islas de Gran Canaria,  Lanzarote y Fuerteventura, con los islotes de Alegranza, Roque del Este, Roque del Oeste, Graciosa, Montaña Clara y Lobos.

Artículo 3º. Se crea el Gobierno civil de la provincia de Las Palmas, que residirá en la capital de la misma; en la que se crean también las Jefaturas de Minas. de Montes y Agronómica y la Inspección provincial del Trabajo; teniendo todos los expresados Centros iguales atribuciones y funcionamiento que los demás de su clase.

Artículo 4.º La Delegación de Hacienda y la Jefatura de Obras ya existentes en Las Palmas, actuarán con carácter provincial.

Artículo 5.º Subsistirán en cada una de las siete islas mayores que forman el Archipiélago canario, los actuales Cabildos insulares, creados por la Ley de 11 de Julio de 1912, y con las atribuciones que les concedió el Estatuto provincial de 1925.

Los Cabildos insulares de las islas de cada provincia constituirán una Mancomunidad provincial interinsular, con el nombre de la provincia respectiva y tendrán las atribuciones que determina el artículo 191 del Estatuto provincial. Excepto la primera; entendiéndose que la Mancomunidad asume la representación de las islas de cada provincia pudiendo. no obstante, concertarse voluntariamente

Artículo 6.º La Audiencia provincial de Tenerife tendrá competencia para conocer de los asunto civiles en iguales términos y con idénticas atribuciones que las que confieren las leyes a la Salas de lo Civil de Audiencia territorial, limitándose su jurisdicción al territorio de la referida provincia.

Artículo 7.º Se crea en La Laguna, una Facultad de Ciencias Químicas que en unión de la Sección universitaria, ya existente, constituirá la Universidad de La Laguna y estará regida, como las demás del Reino, por un Rector, un Vicerrector y los dos Decanos respectivos, formando un distrito universitario con ambas provincias.

Y se crea también una Escuela Normal de Maestros en La Laguna y otra de Maestras en Las Palmas.

El Profesorado de todo los referidos Centros se nombrará con sujeción a las disposiciones vigentes para los de su clase, siguiendo en cada uno de ellos, respectivamente, los mismos planes de estudios y régimen escolar que en los demás de la Nación.

Artículo 8.º Se crea en La Laguna, como anejo a la Universidad, un Colegio Politécnico, en que se cursarán los estudios que habilitan para Capataces de Minas, Peritos Agrónomos y de Montes, dándose en la misma también la enseñanza de las materias exigidas para el ingreso en las diferentes Escuelas de Ingenieros y en las Academias Militares y Naval, en las que se practicarán los respectivos exámenes, así como la preparación para el ingreso en Cuerpos del Estado, como Correos, Telégrafos y Aparejadores.

El Profesoras de dicha Escuela se formará de Catedráticos de Universidad, Ingenieros civiles, Arquitectos, Jefes y Oficiales del Ejército y la Armada que residan en la Isla de Tenerife, y estarán dotados con la gratificación que se señale.

Artículo 6.º Los Ministros respectivos a quienes afecten los nuevos servicios dictarán las disposiciones necesarias para la ejecución y cumplimiento de este Decreto, y el de Hacienda habilitará los créditos necesarios para su dotación hasta fin del actual año económico. Y quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan al presente Decreto.

Dado en San Sebastián a veintiuno de Septiembre de mil novecientos veintisiete.

ALFONSO

El Presidente del Consejo de Ministros.

MIGUEL PRIMO DE RIVERA Y ORBANEJA

De este modo, el mapa político de España quedó constituido por CINCUENTA PROVINCIAS, creciendo, sin añadir ni un milímetro a su mapa geográfico.

Trece años después, la capital de la provincia oriental sería reconocida como Las Palmas de Gran Canaria, por Orden del Ministerio de la Gobernación de fecha 12 de septiembre de 1940, publicada en el B.O.E. número 262, siendo ministro de la Gobernación el cuñadísimo RAMÓN SERRANO SUÑER.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/09/18/el-nombre-de-la-ciudad-de-las-palmas-de-gran-canaria/

* * * * * * * * * * * * * * * * * * *

CUATRO PROVINCIAS AFRICANAS

 

Finalmente, el mapa provincial español «crecería» con cuatro provincias más: Ifni, Sáhara, Fernando Poo y Rio Muni.

Constituyó un intento vano del franquismo por institucionalizar como provincias lo que eran territorios coloniales.

Territorios africanos en los que había vertido sangre española, que fueron abandonados a su mala suerte, a toda prisa y corriendo, cediendo de modo vergonzante y vergonzoso, a la presión internacional, a la cual no fue ajena la descarada intervención del «aliado» Estados Unidos de América.

Mas, esta es otra Historia que convendría investigar.

Y divulgar.


Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.

Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/11/12/la-division-provincial-de-canarias/

miércoles, 11 de septiembre de 2013

CABO DE LA GUARDIA CIVIL COLONIAL DE GUINEA ANTONIO CRUZ LAMAS

Capitanía General de Canarias

 

 Plaza de Las Palmas                   Año de 1911

 

Causa 

 

Instruida contra el Cabo de la 2ª Compañía de la Guardia Civil de los Territorios Españoles del Golfo de Guinea Antonio Cruz Lamas, por el delito de lesiones graves al guardia 2ª indígena Lecot Castro.

 

Ocurrió el hecho el 21 de noviembre de 1909

Dieron principio las actuaciones el 24 de noviembre de 1909

 

En prisión el 30 de noviembre de 1909, folio 79 vuelto.

En prisión atenuada el 25 de abril de 1910, folio 157 vuelto

En libertad provisional el 3 de junio de 1913, folio 201 vuelto.

En prisión atenuada el 6 de octubre de 1913, folio 211 vuelto.

 

 

Juez Instructor

Secretario

 

El Capitán de Infantería

El Sargento de la 1ª Compañía

Secretario del Juzgado permanente

del 3er Bon del Regimiento

del Gobierno Militar de Gran Canaria

Infª Las Palmas nº 66

Don Luis Marrero y Ponce

D. Manuel Fuentes Solano

 

Cfr.: ATMTQ 1397-92-2.- Causa – Cubierta.


Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.

Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/09/11/cabo-de-la-guardia-civil-colonial-de-guinea-antonio-cruz-lamas/

domingo, 14 de julio de 2013

CATALOGANDO EL ARCHIVO JURÍDICO MILITAR DE CANARIAS – D

 

CATALOGANDO EL ARCHIVO JURÍDICO MILITAR DE CANARIAS – D

 

Núm.

Leg

Or

Pr

No

APELLIDOS, NOMBRE

ACUSACIÓN

SENTENCIA

V

5735

188

1

CA

17

/

35

DABÁN DE LA CONCHA, FRANCISCO

MALVERSACIÓN Y ABUSO DE AUTORIDAD

6927

219

35

EX

340

/

40

DADAMA SERRANO, DIONISIO

DESERCIÓN

6448

209

5

EX

391

/

40

DAGGIT RAMOS, ANTONIO

DESERCIÓN

N

5167

169

24

CA

267

/

36

DAMAS HERNÁNDEZ, ABRAHAM

REBELIÓN

9433

300

17

EX

361

/

43

DAMAUL MORAL, FRANCISCO

DESERCIÓN

C

2315

137

24

DP

/

31

DARIAS AGUILAR, JOSÉ * SARGENTO INFANTERÍA

REYERTA

6

3778

154

21

PP

352

/

36

DARIAS ÁLVAREZ, DELMIRO

REUNIÓN CLANDESTINA Y NOTICIAS

SIN RESPONSABILIDAD

2

3778

154

21

PP

352

/

36

DARIAS ÁLVAREZ, INDALECIO

REUNIÓN CLANDESTINA Y NOTICIAS

SIN RESPONSABILIDAD

C

4020

161

30

DP

185

/

36

DARIAS ARMAS, FRANCISCO

HECHOS DENUNCIADO: REUNIÓN

7

7655

244

18

CA

286

/

36

DARIAS ARMAS, FRANCISCO

REBELIÓN CAUSAS 286 Y 287

14 AÑOS

V

3696

151

7

CA

83

/

36

DARIAS ARTEAGA, ANTONIO

CONDUCTA VALLEHERMOSO

SIN RESPONSABILIDAD

V

6280

204

9

EX

140

/

40

DARIAS ARTEAGA, FRANCISCO

ACCIDENTE DE TRABAJO

3

7234

229

15

CA

512

36

DARIAS ARTEAGA, FRANCISCO

AUXILIO REBELIÓN

6 AÑOS 1 DIA

11

3735

152

1

CA

10

/

33

DARIAS BRITO, JUAN

AGRESIÓN A FUERZA ARMADA HERMIGUA

ABSUELTO

C

5789

190

9

CA

60

/

39

DARIAS BRITO, JUAN *`PRISIONERO DE GUERRA

REBELIÓN

SOBRESEÍDO

8

7655

244

18

CA

286

/

36

DARIAS CABRERA, JOSÉ

REBELIÓN CAUSAS 286 Y 287

14 AÑOS

1

12849

412

2

CA

118

/

36

DARIAS EXPÓSITO, ANTONIO

2

13050

420

10

CA

625

/

36

DARIAS EXPÓSITO, FRANCISCO

ASALTO A CUARTEL ISLETA

C

5316

174

13

CA

112

/

38

DARIAS FERNÁNDEZ, JOSÉ *FALANGISTA

INSULTO A FUERZA ARMADA

SOBRESEIDO

C

4020

161

30

DP

185

/

36

DARIAS FERNÁNDEZ, JUAN

HECHOS DENUNCIADO: REUNIÓN

GUBERNATIVO

8199

262

27

DP

262

/

43

DARIAS FRIAS, SEBASTIAN

ESTAFA

N

6070

197

42

EX

322

/

39

DARIAS GONZÁLEZ, JUAN

DESERCIÓN

38

6229

202

1

CA

246

/

36

DARIAS GUTIÉRREZ, ÁNGEL

1ª Pieza separada DE CAUSA 246

26 AÑOS 8 MESES

V

6032

197

4

DP

68

/

40

DARIAS LEÓN, JUAN

DENUNCIADO

8

7556

241

12

CA

223

/

36

DARIAS MEDINA, MANUEL

REBELIÓN VALLEHERMOSO *[FALLECIDO 29/12/40]

24 años 5 meses 10 d

V

5524

180

11

CA

6

/

39

DARIAS MORA, DAVID

INSULTO A INSTITUCIÓN ARMADA

7

3778

154

21

PP

352

/

36

DARIAS RODRÍGUEZ, INDALECIO

REUNIÓN CLANDESTINA Y NOTICIAS

SIN RESPONSABILIDAD

C

4020

161

30

DP

185

/

36

DARIAS, CIRILO

HECHOS DENUNCIADO: REUNIÓN

56

10597

338

1

CA

193

/

36

DÁVALO GÓMEZ, JOAQUIN

IFNI – REBELIÓN

8 AÑOS

C

3711

151

22

DP

285

/

36

DAVID MOLINA, MANUEL

DIFUNDIR NOTICIAS FALSAS MODULADOR TELEGRAFO

SIN RESPONSABILIDAD GUBE.

12786

408

26

DP

59

/

36

DÁVILA DÍAZ, ISIDRO

LESIONES

SIN RESPONSABILIDAD

6322

205

6

CA

172

/

40

DÁVILA JORGE, SALVADOR

ROBO

C

7569

241

25

CA

175

/

40

DÁVILA JORGE, SALVADOR

DE ATRACO  A  ESTAFA

ESQUIZOFRENIA

12988

417

8

CA

482

/

36

DÁVILA RODRÍGUEZ, ADOLFO * GUARDIA ASALTO

6398

206

29

DP

172

/

41

DÁVILA RODRÍGUEZ, NICOLAS

MURMURACIONES

9

7655

244

18

CA

286

/

36

DÁVILA SANTANA, LUIS

REBELIÓN CAUSAS 286 Y 287

5 AÑOS

13117

423

17

CA

90

/

37

DÁVILA SUÁREZ, FRANCISCO MACARIO

REBELIÓN TELDE

SOBRESEIDO

12859

412

12

CA

135

/

36

DE CASTRO CALZADA, GONZALO *ALFEREZ AVIACIÓN

C

6604

212

15

CA

33

/

38

DE LA HOZ SANTANA, MANUEL

AUXILIO A REBELIÓN VELERO CARMELITA

12 AÑOS 1 DIA

13102

423

1

CA

143

/

37

DE LA NUEZ GERNÁNDEZ, ANTONIO

REUNIÓN CLANDESTINA

SOBRESEIDA PROVISIONAL

C

6854

217

24

EX

369

/

41

DE LA NUEZ ROJAS, ANTONIO

DESERCIÓN

2 AÑOS RECARGO

C

6459

209

16

CA

139

/

41

DE LAS CASAS HERRERA, ANDRÉS * S.E.U., FALANGISTA

COLOCAR PASQUINES

SOBRESEÍDO

C

2149

131

7

CA

16

/

28

DE LOS REYES SANZ, EDUARDO ** CAPITÁN

C

7181

227

3

CA

159

/

41

DE SILVA PITA, AGUSTIN

ACTOS DESHONESTOS

6 MESES 1 DIA

V

6027

196

35

DP

320

/

39

DEHESA ESCUDER, NICOLÁS * TENIENTE

ACCIDENTE FLECHAS VERDES

C

9720

309

20

EX

169

/

46

DEL CASTILLO AFONSO, JESÚS

FALTA GRAVE DE ABUSO DE AUTORIDAD

3 MESES ARRESTO

C

3667

150

13

SU

365

/

36

DEL TORO PÉREZ,  JOSÉ

ART. 4 BANDO JUNTA DEFENSA NACIONAL

3 MESES

C

7142

225

7

CA

141

/

40

DEL TORO SANTANA, JERÓNIMO

DESORDENES PÚBLICOS

4 MESES ARRESTO MAYOR

V

5300

173

27

DP

177

/

38

DELGADO         , JUAN @ COJO LUCAS *OROTAVA

C

8316

265

31

EX

190

/

43

DELGADO , JUAN * CORNETA

DESERCIÓN

2 AÑOS

V

6169

200

2

DP

305

/

40

DELGADO ACOSTA, TORIBIO

LESIONES

V

7895

253

11

CA

6

/

41

DELGADO AFONSO, DANIEL

ROBOS Y HURTOS

V

5222

171

16

DP

58

/

37

DELGADO AFONSO, JUAN

CHOQUE CAMIÓN CONDUCIDO

C

5307

174

4

DP

222

/

37

DELGADO AFONSO, PEDRO

INCIDENTE ENTRE ELLOS

SIN RESPONSABILIDAD

12938

415

1

CA

306

/

36

DELGADO BARBUZANO, MIGUEL

9390

299

8

CA

72

/

46

DELGADO BELLO, ANTONIA

ATRACO A MANO ARMADA

39

6229

202

1

CA

246

/

36

DELGADO BRITO, ALVARO  *SOLDADO

1ª Pieza separada DE CAUSA 246

6 AÑOS 1 DIA

V

5210

171

4

CA

256

/

37

DELGADO CURBELO, MANUEL

EXCITACIÓN A REBELIÓN

V

5547

181

9

DP

98

/

39

DELGADO DE LA ROSA, SIXTO

DENUNCIADO

N

5580

182

12

CA

87

/

37

DELGADO DELGADO, JOSÉ @ El Porrero

REBELIÓN

V

5971

195

12

EX

362

/

40

DELGADO DELGADO, VICENTE

DESERCIÓN

V

5942

194

20

EX

365

/

40

DELGADO DÍAZ, LAUREANO

DESERCIÓN

V

7937

255

9

EX

39

/

42

DELGADO DÍAZ, LAUREANO

DESERCIÓN

V

5022

164

32

DP

216

/

37

DELGADO DORTA, CELEDONIO

ATESORAMIENTO DE PLATA

V

7029

221

35

EX

8

/

42

DELGADO FAJARDO, JOSÉ

DESERCIÓN

V

6279

204

8

CA

228

/

40

DELGADO FERNÁNDEZ, MANUEL

HURTO

C

5683

185

9

CA

249

/

36

DELGADO GARCÍA, DOMINGO

AUXILIO A REBELIÓN * FASNIA

14 AÑOS

C

3443

144

5

CA

76

/

34

DELGADO GARCÍA, PAULA

INSULTO A FUERZA ARMADA

ABSUELTA

5960

195

1

DP

25

/

39

DELGADO GIBERNAU, ABELINO

LESIONES

N

6312

204

41

PP

138

/

41

DELGADO GONZÁLEZ, ISMAEL

LESIONES

C

5262

172

26

DP

219

/

38

DELGADO GONZÁLEZ, MANUEL

MUERTE VIOLENTA

SIN RESPONSABILIDAD

C

5752

189

2

CA

91

/

39

DELGADO GONZÁLEZ, MIGUEL

DESERCIÓN

ABSUELTO

C

12825

409

35

DP

350

/

36

DELGADO GOPAR, DOMINGO *FALANGISTA

MALTRATO A DOMINGO LEMES *MACHER-TIAS

CORRECTIVO

V

3961

160

11

SU

196

/

36

DELGADO GUTIÉRREZ, JUAN

ARTÍCULOS 4 Y 5 BANDO JUNTA DEFENSA NACIONAL

LIBERADO EN 1943

13046

420

6

CA

30

/

36

DELGADO HENRÍQUEZ, CIPRIANO

REBELIÓN

SOBRESEIDO

C

7932

255

4

CA

165

/

39

DELGADO HERNÁNDEZ, JUAN

DESERCIÓN

30 AÑOS

V

3989

160

39

DP

30

/

37

DELGADO HERNÁNDEZ, PAULINO

NOTICIAS FALSAS

V

5859

192

14

DP

294

/

40

DELGADO HERNÁNDEZ, SEBASTIÁN

MUERTE

V

5408

177

1

CA

169

/

38

DELGADO LEÓN, CARMEN

CORRUPCIÓN DE MENORES

V

5030

165

7

CA

372

/

36

DELGADO MARICHAL, CELESTINO

TENENCIA ARMAS

19

6401

207

1

CA

50

/

36

DELGADO MARIJUAN, ADOLFO

GUARDIA DE ASALTO

20 AÑOS

V

6525

210

30

DP

191

/

41

DELGADO MARRERO, EUGENIO

INSULTO A SUPERIOR

C

5916

193

31

CA

46

/

39

DELGADO MARRERO, RAFAEL

DESERCIÓN

ABSUELTO

V

5094

167

11

CA

171

/

37

DELGADO MARTÍN, MANUEL

TENENCIA DE ARMAS

C

3965

160

15

DP

386

/

36

DELGADO MARTÍN, NAZARIO

ATROPELLO DE CAMIÓN MILITAR

SIN RESPONSABIULIDAD

C

5699

186

10

DP

223

/

39

DELGADO MASSIEU, VALENTIN * ALFEREZ

DENUNCIADO

C

13005

418

15

CA

553

/

36

DELGADO MATOS, PASCUAL

REBELIÓN

6 MESES. Y GUBERNATIVO

7340

234

3

EX

41

/

41

DELGADO MIRANDA, JUAN

DESERCIÓN

V

5557

181

19

CA

32

/

38

DELGADO MORALES, PEDRO

LESIONES SUFRIDAS

V

7341

241

16

DP

39

/

43

DELGADO PLASENCIA, AURELIO

LESIONES

13089

422

9

CA

37

/

36

DELGADO QUESADA, PEDRO

REBELIÓN ARUCAS

26 AÑOS 8 MESES

13951

449

1

DP

31

/

40

DELGADO RAMOS, PABLO * CABO

C

5683

185

9

CA

249

/

36

DELGADO RAMOS, PEDRO

AUXILIO A REBELIÓN * FASNIA

14 AÑOS

C

7950

255

22

CA

161

/

42

DELGADO ROBAINA, ANASTASIO

INSULTO A FUERZA ARMADA

6 MESES 1 DIA

C

5828

191

15

CA

361

/

36

DELGADO RODRÍGUEZ, ELISEO

PIEZA SEPARADA DE CAUSA 361/36 ICOD

SOBRESEÍDO

V

5977

195

18

DP

267

/

39

DELGADO RODRÍGUEZ, MANUEL * SARGENTO

LESIONES

13624

442

14

DP

22

/

38

DELGADO SANTANA, FRANCISCO

V

12803

409

13

DP

278

/

36

DELGADO SANTANA, JUAN ISIDRO

INSULTO A AGENTE DE AUTORIDAD

V

5098

167

15

DP

123

37

DELGADO SUÁREZ, BERNABÉ

HERIDAS EN CHOQUE DE CAMIÓN

13405

435

25

CA

52

/

36

DELGADO SUÁREZ, FÉLIX * ALFÉREZ

AUXILIO A REBELIÓN

20 AÑOS

V

5945

194

23

DP

70

/

40

DELGADO SUÁREZ, RAFAEL

LESIONES

9336

297

15

CA

19

/

46

DELGADO TACORONTE, ALFREDO

DESERCIÓN

C

12825

409

35

DP

350

/

36

DELGADO, ILDEFONSO *FALANGISTA

MALTRATO A DOMINGO LEMES *MACHER-TIAS

CORRECTIVO

40

6229

202

1

CA

246

/

36

DELGADO, INOCENCIO

1ª Pieza separada DE CAUSA 246

EXPULSADO DE TERRITORIO N.

V

5741

188

7

DP

120

/

40

DÉNIZ ABREU, JOSÉ * ALFÉREZ

LESIONES SUFRIDAS

13035

419

15

CA

442

/

36

DÉNIZ DELGADO, SANTIAGO

1

9466

301

15

CA

500

/

36

DÉNIZ HENRÍQUEZ, ANTONIO

REBELIÓN ARUCAS

15 AÑOS

12980

416

23

CA

489

/

36

DÉNIZ HERNÁNDEZ, JUAN

6 AÑOS  1 DIA

13924

448

24

DP

340

/

39

DÉNIZ JARDÓN, ANTONIO

13816

446

6

DP

494

/

38

DÉNIZ MARTÍNEZ, NICOLÁS

13088

422

8

CA

31

/

36

DÉNIZ MELIÁN, JOSÉ

V

5858

192

13

CA

181

/

40

DÉNIZ MORALES, MANUEL

RAPTO

13241

429

1

CA

347

/

37

DÉNIZ SANTANA, JOSÉ Y OTROS *FALANGE

V

6150

199

21

DP

345

/

40

DEPOSITO DE INTENDENCIA S.C. LA PALMA

FALTAS

6151

199

22

DP

359

/

40

DEPOSITO DE INTENDENCIA S.C. LA PALMA

FALTAS

C

3458

144

20

CA

23

/

35

DESCONOCIDOS

HOJA CLANDESTINA UME

SOBRESEÍDA

C

3440

144

2

EX

/

34

DESTACAMENTO DE AGUERA

INUTILIZACIÓN DE BANCO OXIDADO

SIN RESPONSABILIDAD

C

6599

212

10

EX

31

/

37

DESTACAMENTO INFANTERÍA DE LA AGÜERA

EXTRAVÍO DE DINERO

13082

422

2

CA

15

/

36

DEZA BERROCAL, RAFAEL * SARGENTO

C

2152

131

10

CA

/

27

DIÁCONO MORALES, JOSÉ

CONSPIRACIÓN PARA LA SEDICIÓN EN GUINEA

ISIDRO CÁCERES PONCE

C

12825

409

35

DP

350

/

36

DÍAS PADRÓN, FÉLIX *FALANGISTA

MALTRATO A DOMINGO LEMES *MACHER-TIAS

CORRECTIVO

V

5549

181

11

CA

162

/

37

DÍAZ   , RAFAEL (a ) TOCINO

AUXILIO A REBELIÓN – LA PALMA

C

3914

159

2

CA

261

/

36

DÍAZ ARIAS, ANTONIA

ART. 6 BANDO JUNTA DEFENSA NACIONAL

2 MESES 1 DÍA+MULTA 250 pt.

V

7707

247

4

EX

37

/

43

DÍAZ ARMAS, DOMINGO

DESERCIÓN

C

5218

171

12

DP

402

/

37

DÍAZ ARMAS, MARCELINO

DENUNCIANTE RETRACTADO

MULTA 100 PTAS O 15 DIAS

C

6219

201

2

CA

82

/

39

DÍAZ AROCHA, FRANCISCO

DESERCIÓN

30 AÑOS

V

5892

193

7

DP

265

/

40

DÍAZ BAÑOS, JOSÉ

LESIONES

C

5183

170

10

DP

9

/

38

DÍAZ BARROSO, SALVADOR

DIVISIÓN 52

V

7238

230

3

CA

85

/

42

DÍAZ BAZO, JOSÉ

ATRACO A MANO ARMADA

13696

144

36

DP

329

/

38

DÍAZ BENÍTEZ, BENITO * GUARDIA

V

7031

221

37

EX

70

/

41

DÍAZ BOLAÑOS, LUIS

DESERCIÓN

7321

233

31

EX

318

/

40

DÍAZ BOLAÑOS, LUIS

DESERCIÓN

8711

277

EX

139

/

40

DÍAZ BOLAÑOS, LUIS

DESERCION SIMPLE

DOS AÑOS RECARGO

V

5591

182

23

DP

71

/

39

DÍAZ CABEZA, OTELO

INCIDENTE CON GUARDIA MUNICIPAL

?

V

5791

190

11

IN

/

39

DÍAZ CABEZA, OTELO

INCIDENTE CON GUARDIA MUNICIPAL

V

5792

241

19

CA

132

/

39

DÍAZ CABEZAS, OTELO

DESERCIÓN

N

6252

203

11

CA

594

/

36

DÍAZ CABRERA, ANIBAL

AUXILIO A REBELIÓN

V

5419

177

12

CA

594

/

36

DÍAZ CABRERA, ANÍBAL

AUXILIO A LA REBELIÓN

##

13437

437

7

CA

95

/

36

DÍAZ CABRERA, DIEGO

LPGC

SOBRESEÍDA

C

7284

232

14

CA

209

/

40

DÍAZ CABRERA, DIOGENES

INJURIAS AL EJERCITO

4 AÑ+2 M+1D *EXTRAÑAMIENTO

7

7669

245

2

CA

121

/

36

DÍAZ CABRERA, PELAYO

REBELIÓN * LA PALMA

30 AÑOS

41

6229

202

1

CA

246

/

36

DÍAZ CAMACHO,  MANUEL  *CABO

1ª Pieza separada DE CAUSA 246

6 AÑOS 1 DIA

V

6281

204

10

EX

155

/

41

DÍAZ CASANOVA, VICENTE

ACCIDENTE DE TRABAJO

N

5569

182

1

CA

125

/

39

DÍAZ CASAÑAS, AMÓS Y OTRO

ESTAFA

9491

302

22

EX

41

/

46

DÍAZ CASTELLANO, FAUSTINO

DESERCIÓN

C

5234

171

28

PP

187

/

38

DÍAZ CASTRO, EDELMIRA * FASNIA

PROPAGAR NOTICIAS CONTRA MOVIMIENTO

2 MESES

C

3389

141

11

CA

12

/

33

DÍAZ CASTRO, EMILIANO

INSULTO A FUERZA ARMADA

SOBRESEÍDO

1

3537

147

28

CA

61

/

36

DÍAZ CASTRO, JUAN

EXPLOSIVOS Y PETARDOS EN FASNIA

RETENIDO GUBERNATIVO

C

5683

185

9

CA

249

/

36

DÍAZ CASTRO, JUAN

AUXILIO A REBELIÓN * FASNIA

12 AÑOS

C

5683

185

9

CA

249

/

36

DÍAZ CASTRO, RAFAEL

AUXILIO A REBELIÓN * FASNIA

12 AÑOS

6697

214

28

CA

201

/

38

DÍAZ CASTRO, RAFAEL

INJURIAS A JEFE DEL ESTADO

6

8113

260

9

CA

96

/

37

DÍAZ CASTRO, RAFAEL

REBELIÓN DE RÍO DE ORO

6677

214

8

DP

311

/

41

DÍAZ COLOMERA, ONOFRE

FALLECIMIENTO

10

12829

411

1

CA

96

/

36

DÍAZ CORRALEJO, JUAN DEL PESO

REBELIÓN TELDE

FUSILADO 28/01/1937

2

5213

171

7

CA

369

/

37

DÍAZ DE LA ROSA, ANTONIO

MANIFESTACIONES CONTRA MOVIMIENTO

LIBRE

V

5313

174

10

DP

341

/

37

DÍAZ DE LEÓN, ALFONSO

LESIONES SUFRIDAS

9598

306

12

CA

33

/

45

DÍAZ DEL CASTILLO, JOSÉ

DESORDENES PÚBLICOS

4 MESES + 4 MESES

C

3987

160

37

DP

91

/

37

DÍAZ DELGADO, RAFAEL – FALANGISTA

DENUNCIADO – COMANDANCIA. MARINA

CORRECCIÓN

4080

163

30

CA

185

/

37

DÍAZ DÍAZ, AMÉRICO

MANIFESTACIONES CONTRA MOVIMIENTO

V

3698

151

9

PS

265

/

36

DÍAZ DÍAZ, LEONARDO @ NOVILLO

TENENCIA DE UN ARMA INÚTIL

GUBERNATIVO

9342

297

21

CA

24

/

37

DIAZ DIAZ, MANUEL

REBELIÓN DE VAPOR  FERNANDO POO

5 AÑOS

4

7582

242

12

CA

24

/

37

DÍAZ DÍAZ, MANUEL

GUINEA ADHESIÓN A REBELIÓN BUQUE FP

9342-297-21

8101

259

37

CA

31

/

42

DÍAZ DÍAZ, MANUEL * CABO

DESERCIÓN ANTE ENEMIGO

C

3686

150

32

PS

112

/

36

DÍAZ DÍAZ, NEMESIO

ART. 7 BANDO JUNTA DEFENSA NACIONAL

1 AÑO 6MESES

C

7192

227

14

CA

408

37

DÍAZ DÍAZ, PEDRO

ROBO

6836

217

6

CA

26

/

39

DÍAZ DÍAZ, RAFAEL

INJURIAS AL EJERCITO

4080

163

30

CA

185

/

37

DÍAZ DÍAZ, ROBERTO

MANIFESTACIONES CONTRA MOVIMIENTO

N

5117

168

3

DP

450

/

37

DÍAZ DÍAZ, ROBERTO

DENUNCIADO

V

5724

187

12

CA

207

/

39

DÍAZ DIONIS, ISIDRO

DESERCIÓN AL ENEMIGO

V

7675

245

8

DP

/

42

DÍAZ DIONIS, ISIDRO

DENUNCIADO

C

5952

194

30

CA

143

/

40

DÍAZ DORTA,  DOMINGO

EXCITACIÓN A REBELIÓN

10 AÑOS

V

5563

181

25

CA

317

/

37

DÍAZ DUQUE, FRANCISCO

AUXILIO A REBELIÓN

##

9466

301

15

CA

500

/

36

DÍAZ FALCÓN, GUILLERMO

REBELIÓN ARUCAS

ABSUELTO

##

9466

301

15

CA

500

/

36

DÍAZ FALCÓN, JOSÉ

REBELIÓN ARUCAS

PERPETUA=24A+5M+10D

N

5140

168

26

CA

260

/

37

DÍAZ FELIPE, DOLORES – TELEFONISTA

INCIDENTE CON GUARDIA CIVIL

G

5136

168

22

CA

468

/

37

DÍAZ FELIPE, FELIPE

DELITO ORDEN PUBLICO (TELEFONICA)

8720-277-24 2 AÑOS

8720

277

24

CA

468

/

37

DÍAZ FELIPE, FELIPE

DELITO ORDEN PUBLICO

2 AÑOS [5136-168-22]

42

6229

202

1

CA

246

/

36

DÍAZ FERNÁNDEZ, ALEJO

5ª Pieza separada DE CAUSA 246

12 AÑOS 1 DIA

V

7738

247

35

EX

/

42

DÍAZ FLORES, ANTONIO

DESERCIÓN

C

4027

162

7

CA

68

/

36

DÍAZ GARCÍA, ALBERTO – HUIDO A TENO

TENENCIA ILÍCITA DE ARMAS

4 AÑOS + 9 MESES+11 D

V

5022

164

32

DP

216

/

37

DÍAZ GARCÍA, ERNESTO

ATESORAMIENTO DE PLATA

V

5022

164

32

DP

216

/

37

DÍAZ GARCÍA, GRACILIANO

ATESORAMIENTO DE PLATA

C

5023

174

26

CA

71

/

38

DÍAZ GARCÍA, JOSÉ

HOMICIDIO FRUSTRADO

ABSUELTO.- 1 MES ARRESTO

C

6041

197

13

CA

150

/

38

DÍAZ GARCÍA, JOSÉ

REBELIÓN

MUERTE CONMUTADA 30 A

C

2297

137

6

CA

12

/

32

DÍAZ GARCÍA, JUAN

EN MARCHA Nº 50 INJURIAS A GUARDIA CIVIL

SOBRESEÍDO por GARICANO

C

6137

199

8

CA

177

/

40

DÍAZ GARCÍA, JUAN

TENENCIA DE ARMAS

EN REBELDÍA

9410

299

28

EX

15

/

46

DÍAZ GIL, JOSÉ

DESERCIÓN

C

7470

238

14

EX

122

/

42

DÍAZ GIL, LUCIO *TENIENTE POLICIA ARMADA

ABUSO DE AUTORIDAD

APERCIBIDO

C

3723

151

34

DP

82

/

36

DÍAZ GÓMEZ, ANTONIO

LESIONES EN CHOQUE VINIENDO DE ICOD

28

12828

410

1

CA

97

/

36

DÍAZ GONÁLEZ, JUAN

REBELIÓN NW DE GRAN CANARIA

6881

214

12

CA

17

/

39

DÍAZ GONZÁLEZ, ADOLFO

ADHESIÓN A REBELIÓN

V

5311

174

8

DP

98

/

38

DÍAZ GONZÁLEZ, CARLOS

DESOBEDIENCIA A SUPERIOR

V

5642

183

39

CA

144

/

39

DÍAZ GONZÁLEZ, FRANCISCO

INTENTO DE VIOLACIÓN

5

5093

167

10

DP

217

/

37

DÍAZ GONZÁLEZ, ISIDRO

MANIFESTACIONES TENDENCIOSAS

SOBRESEIMIENTO

7319

233

29

CA

140

/

41

DÍAZ GONZÁLEZ, JUAN

ATRACO

V

6040

197

12

CA

76

/

40

DÍAZ GONZÁLEZ, LUIS

DENUNCIADO

6474

209

31

EX

98

/

41

DÍAZ GONZÁLEZ, RUFINO

ACCIDENTE DE TRABAJO

C

5723

187

11

CA

167

/

39

DÍAZ GONZÁLEZ, SALVADOR * PRISIONERO

DESERCIÓN AL ENEMIGO

ABSUELTO

C

5197

170

24

SU

201

/

37

DÍAZ GONZÁLEZ, VICENTE

DESOBEDIENCIA

ABSUELTO+MULTA250

N

5154

169

11

CA

168

/

36

DÍAZ GUTIÉRREZ, CELESTINO

CONSPIRACIÓN REBELIÓN Y EXPLOSIVOS

GACETA 9/9/36

2

3519

147

10

DP

77

/

36

DÍAZ GUTIÉRREZ, FÉLIX *REALEJO ALTO

ART. 5 BANDO ESTADO GUERRA

GUBERNATIVO

13074

421

14

CA

640

/

36

DÍAZ HERNÁNDEZ, EDUARDO

V

5024

165

1

CA

311

/

36

DÍAZ HERNÁNDEZ, FRANCISCO

EXCITACIÓN A REBELIÓN

C

5460

178

15

CA

184

/

38

DÍAZ HERNÁNDEZ, JOSÉ

COACCIÓN * GUARDIAS ASALTO

ABSUELTO

15

6401

207

1

CA

50

/

36

DÍAZ HERNÁNDEZ, JUAN

GUARDIA DE ASALTO

PERPETUA

C

7470

238

14

EX

122

/

42

DÍAZ HERNÁNDEZ, JUAN

ABUSO DE AUTORIDAD

2 MESES CALABOZO

6842

217

4

DP

41

/

41

DÍAZ HERNÁNDEZ, JUAN Y OTRO

INJURIAS AL JEFE DEL ESTADO

C

5069

166

16

CA

298

/

37

DÍAZ HERNÁNDEZ, PRUDENCIO

TENENCIA DE ARMAS

SIN RESPONSABILIDAD

9080

289

32

EX

15

/

45

DÍAZ HERNÁNDEZ, SIXTO

DESERCIÓN

C

7285

232

15

CA

217

/

37

DÍAZ HERNÁNDEZ, VÍCTOR

REBELIÓN

12 AÑOS 1D

V

3696

151

7

CA

83

/

36

DÍAZ HERRERA, DOMINGO

CONDUCTA VALLEHERMOSO

SIN RESPONSABILIDAD

V

6402

208

1

DP

387

/

40

DÍAZ JIIMÉNEZ, EUGENIO

LESIONES

13934

448

34

DP

379

/

39

DÍAZ JORGE, MOISES

7320

233

30

EX

106

/

42

DÍAZ JORGE, PEDRO *SARGENTO

QUEBRANTAMIENTO DE ARRESTO

C

5611

183

8

DP

253

/

39

DÍAZ LEDESMA, ANTONIO

DENUNCIADO

1 MES DE ARRESTO

V

7589

242

19

EX

/

39

DÍAZ LÓPEZ, INDALECIO

FALLECIMIENTO ABINTESTATO

##

9466

301

15

CA

500

/

36

DÍAZ LÓPEZ, JUAN

REBELIÓN ARUCAS

20 AÑOS

V

7541

240

27

EX

149

/

42

DÍAZ LUGO, CLEOVALDO

DESERCIÓN

C

6072

197

44

CA

19

/

40

DÍAZ LUIS, ANTONIO

AUXILIO A REBELIÓN

6 AÑOS 1 DIA

V

7612

243

8

DP

116

/

42

DÍAZ LUQUE, JOSÉ

DETENCIÓN

V

5623

183

20

DP

206

/

39

DÍAZ MARRERO, OSWALDO

INCIDENTE CON GUARDIA MUNICIPAL

V

3996

161

6

PP

243

/

36

DÍAZ MARRERO, QUIRINO – FALANGISTA

MUERTE

V

5632

183

29

DP

4

/

39

DÍAZ MARTÍN, AURELIANO

DENUNCIADO

5

7703

246

17

CA

361

/

36

DÍAZ MARTÍN, JOSÉ

REBELIÓN EN ICOD

30 AÑOS

13205

427

5

CA

254

/

37

DÍAZ MATARREDONDA, LUIS

4068

163

18

EX

7

/

37

DÍAZ MEDINA, ALFREDO – CAPITÁN RETIRADO

AVERIGUAR CONDUCTA

C

7144

225

9

CA

38

/

38

DÍAZ MÉNDEZ, ELADIO

AUXILIO A REBELIÓN

9 AÑOS

P

5678

185

4

CA

18

/

37

DÍAZ PACHECO, EDUARDO

EXCITACIÓN REBELIÓN ANTES M.N., PTO.Cruz

2 ROLLOS, 13 PIEZAS

V

5404

176

33

CA

113

/

38

DÍAZ PÁEZ, FRANCISCO

DESERCIÓN

3

3519

147

10

DP

77

/

36

DÍAZ PÉREZ, ARTURO *REALEJO ALTO

ART. 5 BANDO ESTADO GUERRA

GUBERNATIVO

V

5817

191

4

DP

108

/

40

DÍAZ PÉREZ, DIONISIO *CAPITÁN

ACCIDENTE

V

6106

198

18

CA

122

/

40

DÍAZ PÉREZ, DIONISIO *TTE. HAB. CAPITÁN

CONTRA EL HONOR MILITAR

C

3589

148

45

SU

70

/

36

DÍAZ PÉREZ, DOMINGO

ART. 10 BANDO

SIN RESPONSABILIDAD

V

5535

180

22

DP

509

/

38

DÍAZ PÉREZ, JACINTO

DENUNCIADO

C

6710

215

11

CA

14

/

39

DÍAZ PÉREZ, VICENTE

EXCITACIÓN A REBELIÓN VERTER ESPECIES

8 AÑOS

V

6594

212

5

EX

266

/

41

DÍAZ PIÑA, DOMINGO

ACCIDENTE DE TRABAJO

C

3988

160

38

CA

78

/

37

DÍAZ RAMOS, JUANA

EXCITACIÓN A REBELIÓN – ARAFO

SOBRESEÍDO

C

7633

243

29

CA

184

/

41

DÍAZ RIOS, ISMAEL *BRIGADA

HOMOSEXUALISMO

ABSUELTO

6

6401

207

1

CA

50

/

36

DÍAZ RODÍGUEZ, EDUARDO

GUARDIA DE ASALTO

PERPETUA

V

5862

192

17

EX

422

/

39

DÍAZ RODRÍGUEZ, JUAN

DESERCIÓN

12988

417

8

CA

482

/

36

DÍAZ RODRÍGUEZ, MANUEL * GUARDIA ASALTO

9717

309

17

EX

221

/

44

DÍAZ RODRÍGUEZ, MARCOS

DESERCIÓN

2 AÑOS INDULTADO

C

3905

158

27

CA

8

/

36

DÍAZ RODRÍGUEZ, MARÍA

INSULTO AL EJÉRCITO

SOBRESEÍDA

N

3679

150

25

PP

260

/

36

DÍAZ RODRÍGUEZ, PEDRO

SOBRE SU MUERTE

C

6581

211

55

CA

253

/

37

DÍAZ RODRÍGUEZ, PEDRO

REBELIÓN

16 AÑOS

C

5577

182

9

CA

162

/

38

DÍAZ RODRÍGUEZ, RAFAEL (A) TOCINO

REBELIÓN – PIEZA SEPARADA DE 162/38

V

6152

199

23

CA

66

/

38

DÍAZ RODRÍGUEZ, SIMEÓN

REBELIÓN

V

5552

181

14

CA

168

/

39

DÍAZ RODRÍGUEZ, TEODORO

DESERCIÓN AL FRENTE ENEMIGO

N

5115

168

1

DP

396

/

37

DÍAZ ROSUS. EULOGIO

DENUNCIADO

43

6229

202

1

CA

246

/

36

DÍAZ RUBIO, VICENTE “EL ASTURIANO”

5ª Pieza separada DE CAUSA 246

REBELDÍA B.O.P. 41 –  5/4/37

29

12828

410

1

CA

97

/

36

DÍAZ SAAVEDRA, ESTEBAN

REBELIÓN NW DE GRAN CANARIA

9904

315

1

CA

130

/

36

DÍAZ SAAVEDRA, NICOLÁS

REBELIÓN GOBIERNO CIVIL LAS PALMAS

14 AÑOS

C

12992

418

2

CA

506

/

36

DÍAZ SAAVEDRA, NICOLÁS

FRASES

SOBRESEIDO. 50 KM. GUBER.

C

8357

267

1

DP

220

/

44

DÍAZ SANTANA, JUAN * SARGENTO

MUERTE DEL MISMO

SUICIDIO

6832

217

2

EX

74

/

41

DÍAZ SANTOS, CEFERINO

DESERCIÓN

30

12828

410

1

CA

97

/

36

DÍAZ SOSA, FRANCISCO

REBELIÓN NW DE GRAN CANARIA

31

12828

410

1

CA

97

/

36

DÍAZ SOSA, GREGORIO

REBELIÓN NW DE GRAN CANARIA

C

3950

159

38

CA

448

/

36

DÍAZ SOSA, ISMAEL

ART 10 BANDO * REUNIÓN CLANDESTINA *EL PASO

ABSUELTO

9904

315

1

CA

130

/

36

DÍAZ SUÁREZ, RAIMUNDO

REBELIÓN GOBIERNO CIVIL LAS PALMAS

12 AÑOS Y 1 DIA

13691

168

31

DP

355

/

38

DÍAZ SUÁREZ, RAIMUNDO Y OTRO

N

3613

149

9

CA

232

/

36

DÍAZ TORRES, ANASTASIO

ART. 6 BANDO

8537

271

37

CA

192

44

DÍAZ TRUJILLO, POLICARPO Y OTRO

ROBO A MANO ARMADA

11

12829

411

1

CA

96

/

36

DÍAZ, DOMINGO

REBELIÓN TELDE

14 AÑOS

C

4086

163

36

DP

332

/

37

DÍAZ, DOMINGO – FALANGISTA

DENUNCIA MALOS TRATOS – GÜIMAR

SIN RESPONSABILIDAD

9

6401

207

1

CA

50

/

36

DÍAZ, MOLINA,  HERACLIO

REBELIÓN – PIEZA SEPARADA

20 AÑOS

10

13437

437

7

CA

95

/

36

DÍAZ, RAIMUNDO  *COMITÉ DE ENLACE

LPGC

SOBRESEÍDA

6473

209

30

EX

35

/

41

DÍAZ, VALERIANO

ACCIDENTE DE TRABAJO

C

12907

413

27

CA

183

/

36

DIEPA CALDERIN, JOSÉ @ CALCULA

DESOBEDIENCIA GRAVE *FISCAL FUSET

4 MESES + 500 PESETAS

44

6229

202

1

CA

246

/

36

DIEPPA GARCÍA, DOMINGO

1ª Pieza separada DE CAUSA 246

FUSILADO 23/01/1937

9342

297

21

CA

24

/

37

DIESTE OJEA, ANTONIO

REBELIÓN DE VAPOR  FERNANDO POO

5 AÑOS

5

7582

242

12

CA

24

/

37

DIESTE OJEDA, ANTONIO

GUINEA ADHESIÓN A REBELIÓN BUQUE FP

 [9342-297-21]

12988

417

8

CA

482

/

36

DÍEZ ÁLVAREZ, AQUILINO * GUARDIA ASALTO

3

6646

213

14

CA

383

/

36

DIEZ ÁLVAREZ, AQUILINO *GUARDIA ASALTO

ABANDONO DE SERVICIO

7 AÑOS

6

7582

242

12

CA

24

/

37

DÍEZ ARCELUS, FRANCISCO

GUINEA ADHESIÓN A REBELIÓN BUQUE FP

 [9342-297-21]

4

7234

229

15

CA

512

36

DIEZ GUTIÉRREZ, LUIS

AUXILIO REBELIÓN

6 AÑOS 1 DIA

C

7114

223

30

CA

537

/

36

DIEZ, FRANCISCO

REBELIÓN GUINEA * ACUMULADA A 537/1936

9342

297

21

CA

24

/

37

DIOS Y DEL AGUILA, MANUEL DE

REBELIÓN DE VAPOR  FERNANDO POO

12 AÑOS Y 1 DIA

7

7582

242

12

CA

24

/

37

DIOS Y DEL ÁGUILA, MANUEL DE

GUINEA ADHESIÓN A REBELIÓN BUQUE FP

 [9342-297-21]

5537

180

24

CA

42

/

37

DIRIGENTES Y PROPAGANDISTAS IDEAS DISOLVENTES

EN PROVINCIA SANTA CRUZ DE TENERIFE

5

7121

224

4

CA

58

/

36

DOMINGO GÓMEZ EL TRISCO

REBELIÓN EN PUERTO CRUZ

3 MESES

27

7121

224

4

CA

58

/

36

DOMINGO GÓMEZ EL TRISCO

REBELIÓN EN PUERTO CRUZ

ATENCIÓN DE AUTORIDAD J.

13045

420

5

CA

36

/

36

DOMINGO RODRÍGUEZ, JOSÉ

V

3696

151

7

CA

83

/

36

DOMINGO SANTOS, FRANCISCO

CONDUCTA VALLEHERMOSO

SIN RESPONSABILIDAD

V

3500

146

17

EX

/

35

DOMÍNGUEZ DE LA REGUERA, FRANCISCO

12879

412

32

CA

223

/

36

DOMÍNGUEZ DÉNIZ, JUSTO

1

13050

420

10

CA

625

/

36

DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ, BERNARDO

ASALTO A CUARTEL ISLETA

7544

240

30

EX

69

/

41

DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ, PEDRO

DESERCIÓN

69

10597

338

1

CA

193

/

36

DOMÍNGUEZ ESPIÑADA, ALONSO

IFNI – REBELIÓN

ABSUELTO

C

5263

172

27

CA

98

/

38

DOMÍNGUEZ GARCÍA, MANUEL

TENENCIA DE ARMAS

SIN RESPONSABILIDAD

13353

434

3

CA

123

/

39

DOMÍNGUEZ GARCÍA, MATIAS – FALANGISTA

V

5108

167

25

DP

252

/

37

DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ, ELOY

EXCITACIÓN A REBELIÓN

V

7706

247

3

DP

366

/

42

DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ, JOSÉ

MUERTO EN EXPLOSIÓN POLVORÍN BCO.SECO

SIN RESPONSABILIDAD

V

6655

213

23

EX

44

/

41

DOMÍNGUEZ HENRIQUEZ, CLEMENTE

Quebrantamiento de arresto San Francisco Risco

4 MESES

C

6645

213

13

CA

164

/

41

DOMÍNGUEZ HENRÍQUEZ, CLEMENTE

HURTO

SOBRESEÍDO

##

9466

301

15

CA

500

/

36

DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ, ANDRÉS

REBELIÓN ARUCAS

PERPETUA=24A+5M+10D

C

5373

176

2

CA

93

/

38

DOMÍNGUEZ HERNÁNDEZ, MANUEL*Guardia Municipal.

VERTER ESPECIES ENTRE LA TROPA

5 AÑOS

C

3952

160

2

DP

363

/

36

DOMÍNGUEZ MACHADO, GREGORIO

PROPALAR NOTICIAS FALSAS

13251

429

11

CA

138

/

38

DOMÍNGUEZ MARRERO, JUAN

MATERIAS EXPLOSIVAS EN SAN LORENZO

C

8083

259

19

EX

36

/

43

DOMÍNGUEZ MARTÍN, LUIS

DESERCIÓN

C

8176

262

4

CA

107

/

43

DOMÍNGUEZ MÉNDEZ, RAFAEL * SARGENTO

ESTAFA

4 MESES 1 DÍA

C

3536

147

27

DP

87

/

36

DOMÍNGUEZ MONZÓN, ANTONIO

DENUNCIADO

GUBERNATIVO

13299

431

19

CA

93

/

39

DOMÍNGUEZ NUEZ, PEDRO

13668

431

8

DP

182

/

38

DOMÍNGUEZ PERDOMO, AGUSTÍN

3

5271

172

35

CA

370

/

37

DOMÍNGUEZ PERDOMO, ANTONIO

CONSPIRACIÓN PARA AUXILIO A REBELIÓN

6 AÑOS 1 DÍA

10

6401

207

1

CA

50

/

36

DOMÍNGUEZ PÉREZ, JUAN

REBELIÓN – PIEZA SEPARADA

PERPETUA

C

3424

143

11

CA

42

/

34

DOMÍNGUEZ PÉREZ, TEODORO

INJURIAS EN MANIFIESTO DE HUELGA

SOBRESEÍDA – FUSET

V

7723

247

20

EX

40

/

43

DOMÍNGUEZ QUESADA, ÁNGEL

DESERCIÓN

27

10597

338

1

CA

193

/

36

DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, ANTONIO * SARGENTO

IFNI – REBELIÓN

24 AÑOS 5 MESES 10 DÍAS

C

13339

433

9

CA

376

/

39

DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, MANUEL * TENIENTE

DENUNCIADO POR ANTONIO SÁNCHEZ GARCÍA

1 MES

32

12828

410

1

CA

97

/

36

DOMÍNGUEZ ROMÁN, FRANCISCO

REBELIÓN NW DE GRAN CANARIA

12969

416

12

CA

422

/

36

DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ, JUAN *SOLDADO

REBELIÓN

12969

416

12

CA

422

/

36

DOMÍNGUEZ SÁNCHEZ, MANUEL

REBELIÓN

6655

213

23

EX

44

/

41

DOMÍNGUEZ SUÁREZ, JOSÉ

Alférez del Castillo de San Francisco del Risco

2 MESES

12972

416

15

CA

428

/

36

DOMÍNGUEZ TAISMA, BARTOLOME * SOLDADO

USURPACIÓN FUNCIONES

10 MESES

45

6229

202

1

CA

246

/

36

DOMÍNGUEZ, SALVADOR

3ª Pieza separada DE CAUSA 246

V

5318

174

15

DP

208

/

38

DOMÍNGUEZ, SEBASTIAN

DENUNCIADO

12842

411

14

CA

111

/

36

DOMÍNGUEZ, VIRGILIO Y 10 MAS

V

6083

197

55

DP

229

40

DOMÍNGUEZ CABRERA, CASIMIRO

DENUNCIADO

9641

307

20

DP

255

/

46

DOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ, JULIAN * CABO

DESAPARICIÓN O MUERTE

C

7569

241

25

CA

175

/

40

DOMÍNGUEZ HENRIQUEZ, CLEMENTE

DE ATRACO  A  ESTAFA

ESQUIZOFRENIA

13861

447

11

DP

69

/

38

DOMÍNGUEZ LEÓN, DOMINGO

C

5462

178

17

DP

93

/

38

DONATE GUILLEN, FRANCISCO  * SOLDADO

ROTURA CRISTAL FOTO FRANCO

1 MES ARRESTO

13677

178

17

DP

120

/

38

DORESTE ACOSTA, CELESTINO * FALANGISTA

1

9466

301

15

CA

500

/

36

DORESTE CASANOVA, JUAN

REBELIÓN ARUCAS

MUERTE CONMUTADA

12785

408

25

DP

56

/

36

DORESTE CASANOVA, JUAN

INJURIAS A GUARDIA CIVIL

SIN RESPONSABILIDAD

46

6229

202

1

CA

246

/

36

DORESTE FERRAZ, ELIAS

1ª Pieza separada DE CAUSA 246

HUIDO

13618

442

8

DP

7

/

38

DORESTE MORALES, LUIS

13011

418

21

CA

454

/

36

DORESTE MORALES, LUIS * REQUETÉ

DESOBEDIENCIA

13859

418

9

DP

208

/

39

DORESTE MORALES, PRUDENCIO

2

6250

203

9

CA

117

/

39

DORESTE PÉREZ, DOMINGO *SOLDADO

ADHESIÓN A REBELIÓN

30 AÑOS CONMUTADA a12

C

7244

231

1

CA

37

/

41

DORESTE RODRÍGUEZ, ABRAHAM

SEGURIDAD DEL ESTADO

8 MESES

C

4037

162

17

CA

565

/

36

DORTA ABREU, FERNANDO

ACCIÓN CIUDADANA.- 488 CÓDIGO PENAL

ABSUELTO

V

4094

164

4

DP

279

/

37

DORTA ACOSTA, MANUEL

AVERIGUAR CONDUCTA

C

4033

162

13

CA

445

/

36

DORTA AFONSO, ANASTASIO

TENENCIA DE ARMAS

2 AÑOS + 4 MESES + 1

V

3961

160

11

SU

196

/

36

DORTA AFONSO, JESÚS

ARTÍCULOS 4 Y 5 BANDO JUNTA DEFENSA NACIONAL

LIBERADO EN 1943

C

5333

174

30

DP

346

/

38

DORTA DAMAS, ANTONIO

DENUNCIADO

SIN RESPONSABILIDAD

V

5022

164

32

DP

216

/

37

DORTA DELGADO, HONORIO

ATESORAMIENTO DE PLATA

5

6680

214

11

CA

233

/

36

DORTA DORTA, ANTONIO

AUXILIO A REBELIÓN PIEZA SEPARADA  DE 223

ABSUELTO

C

5041

165

18

CA

166

/

36

DORTA FUENTES, NARCISO – @ TAMBOR

REBELIÓN *OROTAVA

12 AÑOS

N

3968

160

18

CA

253

/

36

DORTA GARCÍA, FRANCISCO

PROPALAR NOTICIAS FALSAS

13099

422

19

CA

3

/

37

DORTA HERNÁNDEZ, ANTONIO Y OTROS

C

5332

174

29

CA

126

/

38

DORTA MARTÍN, FELIPE

EXCITACIÓN A LA REBELIÓN

SOBRESEÍDO

2

3677

150

23

CA

66

/

36

DORTA MESA, ANTONIO

SEDICIÓN

2 MESES 250

C

8010

257

22

DORTA REYES, MIGUEL

13089

422

9

CA

37

/

36

DOS SANTOS ALEMÁN DE EGEA, HERMINIA

REBELIÓN ARUCAS

26 AÑOS 8 MESES

V

5549

181

11

CA

162

/

37

DUARTE PÉREZ, CARMELO

AUXILIO A REBELIÓN – LA PALMA

N

6251

203

10

CA

466

/

36

DUARTE PÉREZ, CARMELO

ADHESIÓN A REBELIÓN

24 AÑOS 5 MESES 10 DÍAS

C

5577

182

9

CA

162

/

38

DUARTE PÉREZ, FÉLIX

REBELIÓN – PIEZA SEPARADA DE 162/38

C

3987

160

37

DP

91

/

37

DUARTE QUINTERO, JOSÉ – FALANGISTA

DENUNCIADO – COMANDANCIA. MARINA

CORRECCIÓN

C

7927

254

16

DP

218

/

43

DUARTE QUINTERO, JOSÉ Y OTRO

TENENCIA DE ARMAS

SIN RESPONSABILIDAD

V

5250

172

14

DP

26

/

37

DUARTE TORRES, SERVANDO – ALFÉREZ

LESIONES EN CHOQUE AUTOS

SIN RESPONSABILIDAD

4

5195

170

22

CA

208

/

37

DUQUE DE PAZ, MANUEL

REBELIÓN

SOBRESEÍDO

8

7669

245

2

CA

121

/

36

DUQUE DE PAZ, MANUEL

REBELIÓN * LA PALMA

ABSUELTO

9957

317

12

EX

184

/

45

DUQUE DELGADO, EUGENIO

DESERCIÓN A.C.E.

N

5749

188

15

CA

610

/

36

DUQUE FERNÁNDEZ, DIONISIO Y 7 MAS

AUXILIO A REBELIÓN

C

5236

171

30

DP

161

/

37

DUQUE MARTÍN, FRANCISCO

CONDUCTA POLÍTICO-SOCIAL

SIN RESPONSABILIDAD

C

6021

196

29

CA

247

/

37

DUQUE MARTÍN, FRANCISCO

EXCITACIÓN A REBELIÓN

7 AÑOS

C

3890

158

12

SU

447

/

36

DUQUE MÉNDEZ, GABRIEL

ART. 3

2 MESES 250

N

5679

185

5

CA

183

/

37

DUQUE PÉREZ, ESTANISLAO

REBELIÓN Y AUXILIO A REBELIÓN

30 AÑOS

C

12914

414

4

CA

171

/

36

DUQUE PÉREZ, SANTIAGO

ABSUELTO

V

5025

165

2

DP

63

/

37

DUQUE VIDAL, GABRIEL – FALANGISTA

CONTESTAR A SARGENTO DE MALA MANERA

70

10597

338

1

CA

193

/

36

DURÁN CORTIJO, SANTANA

IFNI – REBELIÓN

ABSUELTO

V

6782

216

15

DP

/

36

DURAN MORALES, INOCENCIO

DENUNCIADO

C

7921

254

10

CA

116

/

36

DURÁN SÁNCHEZ, FRANCISCO * GUARDIA CIVIL

REBELIÓN VALLEHERMOSO – GOMERA

PERPETUA = 24A + 5M + 10D


Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.

Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/07/14/catalogando-el-archivo-juridico-militar-de-canarias-d/