Así, por ejemplo, La Prensa en su edición de 8 de mayo de 1937 recoge este escueta nota:
Auditoría de Guerra: Causa elevada a plenario
Se ha elevado a plenario la causa seguida contra Miguel Riestra Mon, por delito de injurias al Ejército.
Elementos para conocer la guerra civil española en los antiguos territorios españoles del golfo de Guinea. Actual Guinea Ecuatorial.
Auditoría de Guerra: Causa elevada a plenario
Se ha elevado a plenario la causa seguida contra Miguel Riestra Mon, por delito de injurias al Ejército.
Conoce la historia de Carlos Greykey, el republicano negro que sobrevivió a Mauthausen y murió en Francia en 1982https://t.co/OKFqL4tekv pic.twitter.com/Bavhr9tCoc— eldiario.es Cultura (@eldiarioCultura) 8 de mayo de 2017
Domiciliados últimamente en Bata, (Guinea Española Continental), procesados por el delito de rebelión, comparecerán en el término de treinta (30) días, ante el Instructor, Alférez de Infantería don Ismael Sánchez Rodríguez, con destino en la Primera. Compañía del Batallón de Voluntarios Patriotas de Las Palmas, que presta su servicios en la Guinea Española.
Santa Isabel de Fernando Poó, el cuatro de Mayo de mil novecientos treinta y siete-.— Ismael Sánchez.
El estado de anormalidad por que atraviesan las posesiones -españolas del Golfo de Guinea, Cabo Juby, Ifni y el Protectorado de España en Marruecos, ha dado lugar a que los funcionarios de dicha procedencia que se -encuentran en España y han probado su lealtad al régimen estén percibiendo sus haberes por la Dirección general de Marruecos y Colonias. Con el fin de lograr que tales funcionarios presten un servicio positivo a la causa y de descargar en lo posible el presupuesto de la Dirección general de Marruecos y Colonias, se hace preciso dictar unas normas que regulen la situación administrativa y forma de acreditar haberes de aquellos funcionarios que no han podido ser utilizados por dicha Dirección general....
Para los funcionarios que se quedaron, el 20 de octubre, por orden del Gobierno general se establece la obligación, para poder seguir cobrando el sueldo, de firmar una declaración jurada que rezaba: «X, español, funcionario del Estado, declara bajo palabra de honor y jura ante Dios no haber hecho armas contra el Movimiento salvador de España, al que ha servido fielmente y sin interrupción desde su iniciación en estos territorios, ofreciendo al nuevo régimen establecido su adhesión incondicional, prometiendo por su honor y jurando ante Dios su fidelidad más absoluta y leal al mismo».
La información sobre Guinea Ecuatorial es escasa y dispersa... y en lo que al golpe de Estado del 36 se refiere, éste se resume habitualmente en un par de anécdotas.
Auditoria de Guerra
Ejecución de una sentenciaPor Consejo de Guerra celebrado en la plaza de Las Palmas el día 13 del corriente, fue condenado a la pena de muerte el paisano Luis González Peña, procesado en concepto de autor de un delito de rebelión militar, en virtud de hechos perpetrados por el mismo en Santa Isabel de Femando Póo, el pasado año. Habiéndose recibido el enterado, el martes último, por un piquete de la guarnición de dicha plaza, fué cumplimentada la referida sentencia de muerte. |
Natural Cehegín-Murcia.
Residente Fernando Poo.-Guinea.
Edad 44.
Profesión Practicante.
Detenido 19/10/1936. Incidentes Guinea Ecuatorial.
Fusilado 26/04/1937.
Localización fosa Cementerio Las Palmas
—-mo Señor:
El Consejo de Guerra Ordinario de Plaza reunido en la de Las Palmas el dia 23 del próximo pasado mes de Mayo, para ver y fallar la Causa nº 357 de 1936 seguida contra el paisano MIGUEL HERNANDEZ PORCEL, ha dictado Sentencia en cuya parte dispositiva se condena al procesado como autor responsable de un delito de adhesión a la rebelión del nº 2 del artº 238 del Código de Justicias Militar a la pena de TREINTA AÑOS de reclusión mayor, accesorias de interdicción civil e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, responsabilidades civiles a tenor de lo dispuesto en la ley de 9 de febrero de 1939, con abono de la prisión preventiva sufrida con motivo de la Causa.
El Consejo declara ser hechos probados que, al iniciarse el Glorioso Movimiento el procesado ejercia el cargo de Subgobernador de la Guinea Continental Española, con residencia en Bata, para el que fue nombrado el 4 de Noviembre de 1935 por el Ministro Don Joaquin Chapapietra y se puso el procesado a las ordenes del Gobierno rojo actuando en contra del Gobernador General de aquellos territorios adicto a la Causa .Nacional, en cuya actuación destituyó a la Oficialidad de la Guardia Colonial, trató de sofocar el movimiento favorable a la Causa Nacional, que se inició en Benito y encarceló a los elementos de derechas. Que durante dicha actuación no se produjeron desmanes ni derramamientos de sangre y que el encarcelamiento de los elementos de derechas fué para preservarlos de persecuciones como lo prueba el que les comunicó una circular en la que se les facilitaba los medios para pasar al Kamerun a los que voluntariamente quisieran hacerlo asi y que el 14 de Octubre de 1936 huyó al Kamerun ante el temor de los desmanes que pudieran cometer las hordas rojas que navegaban en la Motonave Fernando Póo en dirección a aquella Colonia que el procesado recibió un telegrama del Capitán del Fernando Póo en que este le comunicaba que en dicho barco viajaban los hijos del procesado, manifestando que lo hizo por humanidad, ya que dichos chicos habían padecido mucho con los rojos. Que según declaración del Capitán DON ROMAN CARLOS MORALES FERNANDEZ, Jefe de la Guardia Colonial de Bata, al decirle este al procesado que se formaban en aquel territorio milicias rojas, este le manifestó que iba a pedirle el Gobernador que todos los simpatizantes con dichas milicias fueran embarcados para la Peninsula y que el personal que pretendía formarlas no era mas que una partida de sinvergüenzas.
En el plenario de la Causa se han observado las formalidades legales hallándose la declaración de los hechos probados ajustada al resultado de las pruebas practicadas, apreciadas por el Consejo con arreglo a sus facultades y sin que exista error manifiesto que haga procedente la interposición de recurso.
Es ajustada a derecho la calificación penal de los hechos, hallándose la pena impuesta dentro de los límites legales y siendo procedentes los restantes pronunciamientos de la Sentencia en orden a penas accesorias, abono de prisión preventiva y responsabilidades civiles.
En virtud de lo expuesto procede y pudiera V.E. sin perjuicio de la propuesta de conmutación de pena por separado se tramita en cumplimiento de la Orden de 25 de Enero de 1940, aprobar el fallo dictado en la presente Causa, para que sea firme y ejecutorio.
No obstante V.E. resolverá.
Santa Cruz de Tenerife a 14 de Junio de 1941.
EL AUDITOR
P.I.
[Sello elíptico en tinta, con el escudo nacional del águila imperial con yugo y flechas, rodeado por la leyenda AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS Santa Cruz de Tenerife, y firma rubricada]
San
Cfr.: A-TMTQ 7114-223-30.- Causa 537 de 1936.- Folio 209.
Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.
Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2017/04/23/dictamen-del-auditor-de-guerra-en-causa-537-de-1936/
208
N O T I F I C A C I O N.- En las Palmas de Gran Canaria a veintitres de Mayo de mil novecientos cuarenta y uno.-
Ante S.S. y de mi el Secretario compareció el Señor Fiscal Juridico Militar del Cuerpo Juridico Militar Teniente Honorifico D. Matias Vega Guerra, a quien por lectura integra de la Sentencia dictada por el Consejo de Guerra en la presente Causa, se le notificó, quedando enterado de la misma y haciéndole saber que no es firme hasta su aprobación por la Autoridad Judicial.
Y en prueba de quedar enterado, firma con el Señor Juez y Secretario que certifico.
[Firmas rubricadas de PEDRO PADRÓN QUEVEDO, MATÍAS VEGA GUERRA y JOSÉ SÁNCHEZ HERRERA]
N O T I F I C A C I O N.- En Las Palmas de Gran Canaria a veintitres de Mayo de mil novecientos cuarenta y uno.-
Ante S.S. y de mi el Secretario compareció el procesado MIGUEL HERNANDEZ PORCEL, asistido de su Defensor, a quienes se les notificó por lectura integra de la Sentencia dictada en la presente Causa por el Consejo de Guerra, haciendole saber que no es firme hasta su aprobación por la Autoridad Judicial.
Y en prueba de quedar enterados, firman con el Señor Juez y Secretario que certifico.
[Firmas rubricadas de PEDRO PADRÓN QUEVEDO, MIGUEL HERNÁNDEZ PORCEL, LUIS MESA SUÁREZ y JOSÉ SÁNCHEZ HERRERA]
EXCMO: SEÑOR:
Vistas y fallada en Consejo de Guerra Ordinario de Plaza, la presente Causa numero 534 de 1.936 (Pieza Separada), seguida contra el Ex – Sub – Gobernador de la Guinea Continental Española MIGUEL HERNANDEZ PÒRCEL, como presunto autor de un delito de Rebelion, tengo el honor de elevar a la Superior Autoridad de V.E. la misma para la resolucion que estime de Justicia.
Las Palmas de Gran Canaria a veintitres de Mayo de mil novecientos cuarenta y uno.
Excmo. Señor.
El Teniente Juez Instructor,
[Firma rubricada de PEDRO PADRÓN QUEVEDO]
Cfr.: A-TMTQ 7114-223-30.- Causa 537 de 1936.- Folio 208
Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.
Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2017/04/21/notificando-sentencia-contra-miguel-hernandez-porcel/
En Las Palmas de Gran Canaria a veinticuatro de Mayo de mil novecientos cuarenta y uno. Siendo las once horas del citado dia se reunió en la Sala de Justicia del Cuartel de San Francisco de esta Ciudad el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza para ver y fallar la presente Causa numero 537 del 1936, pieza separada, seguida en Juicio Sumarisimo de urgencia por el presunto delito de Rebelión contra el pasinao Miguel Hernandez Porcel de cuarenta y tres años de edad, de estado casado, hijo de Migue y Carmen, de profesión Ingeniero Agronomo, natural de Guadix, Granada, y vecino de Valencia, Sub-Gobernador que fue de Bata, Guinea Continental Española, sin antecedentes penales. Oida la lectura de las actuaciones, Acusación Fiscal, Defensa y deposiciones de los testigos de la Defensa, Ingenieros Agronomos D. Francisco Guerra Marrero y D. Juan Hernandez Ramon asi como las declaraciones del procesado. Y:
RESULTANDO: Hechos probados y asi declaran: Que al iniciarse el Glorioso Movimiento Nacional el procesado Miguel Hernandez Porcel ejercia el cargo de Sub-Gobernador de la Guinea Continental Española con residencia en Bata para el que fue nombrado el cuatro de noviembre de mil novecientos treinta y cinco por el Ministro D. Joaquin Chapaprieta y se puso el procesado a las ordenes del Gobierno rojo actuando en contras del Gobernador General de aquellos territorios adicto a la Causa Nacional, en cuya actuación destituyó a la Oficialidad de la Guardia Colonial, trató de sofocar el Movimiento favorable a la Causa Nacional que se inició en Benito y encarceló a los elementos de derechas.
RESULTANDO: hechos probados y asi declaran que durante dicha actuación no se produjeron desmanes ni derramamientos de sangre y que el encarcelamiento de los elementos de derechas fue para preservarlos de persecuciones como lo prueba el que les comunicó una circular en la que se les facilitaba los medios para pasar al Kamerún a los que voluntariamente quisieran hacerlo asi y que el catorce de Octubre de mil novecientos treinta y seis huyó al Kamerun ante el temor de los desmanes que pudieran cometer las hordas rojas que navegaban en la motonave Femado Póo en dirección a aquella Colonia.
RESULTANDO Hechos probados y asi declaran que el procesado recibió un telegrama del Capitan del Fernando Póo en que este le comunicaba que en dicho barco viajaban los hijos del procesado, manifestando que lo hizo por humanidad ya que dichos chicos habian padecido mucho con los rojos.
RESULTA NDO: hechos probados y asi declaran que según declaraciondel Capitan D. Roman Carlos Morales Fernandez, Jefe de la Guardia Colonial de Bata al decirle este al procesado que se formaban en aquel territorio milicias rojas este le manifestó que iba a pedirle al Gobernador que todos los simpatizantes con dichas milicias fueran embarcados para la Peninsula y que el personal que pretendia formarlas no eran mas que una partida de sinverguenzas.
RESULTANDO que el Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito de adhesion a la rebelion del articulo 238 del Código de Justicia Militar con la circunstancia agravante del articulo 173 del mismo Cuerpo Legal de la trascendica del hecho y solicitó para el procesado la pena Capital y que la Defensa alegando que no hubo rebelion por parte de su patrocinado por no haberse declarado en Bata el Estado de Guerra, solicitó la libre absolución de su patrocinado.
CONSIDERANDO que los hechos declarados probados en el primer Considerando son constitutivos de un delito de adhesion a la Rebelion previsto y penado el articulo 238 del Codigo de Justicia Militar del cual es responsable en concepto de autor el procesado por participacion directa y voluntaria.
CONSIERANDO que si bien no son de apreciar circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal son de estimar a los efectos de la gradacion de la pena la influencia que pudo ejercer en el procesado el temor a represalias contra sus hijos por parte de los milicianos rojos que viajaban en el Fernando Póo, asicomo tambIen la benevolencia con que actuó durante su mandato en Bata facilitando la marcha al Kamerun de los elementos de derechas y el hecho de haber huido al Kamerun cuando todavia no habia temor de que fuera ocupado por las fuerzas Nacionalistas, a cuyo hechos se refieren los restantes resultandos.
CONSIDERANDO que por lo que respecta a penas accesorias ha de estarse a lo dispuesto en el articulo 44 y siguientes del Codigo Penal Ordinario y, en cuanto a responsabilidades civiles a lo que ordena la Ley de 9 de Febr ero de 1935, y que ha de serle de abono al procesado el tiempo de prision preventiva sufrida por razón de esta Causa.
VISTOS con los preceptos señalados los demás de general aplicacion
FALLAMOS- Que debemos condenar y condenamos al procesado paisano Miguel Hernandez Porcel, como autor responsable de un delito de adhesión a la rebelión del numero dos del articulo 238 del Codigo de Justicia Militar, a la pena de TREINTA AÑOS de reclusión mayor, a alas accesorias de interdicción civil inhabilitación absoluta del penado durante el tiempo de la condena, debiendo estarse en cuanto a responsabilidades civiles a lo dispuesto en la Ley de 9 de Febrero de 1939 y siéndole de abono al procesado el tiempo de prisión preventiva sufrida por razón de esta Causa.
[Firmas rubricadas de:
RAMÓN RÚA-FIGUEROA BLAVA, PEDRO RODRÍGUEZ NAVARRO, MANUEL CAMINO PARRA, JOSÉ SALINAS JIMÉNEZ, SALUSTIANO CORRAL GONZALEZ, FÉLIX LUIS PALACIOS y JESÚS LARRAYA MARTÍNEZ.]
EL CONSEJO DE GUERRA que ha fallado la presente Causa ateniéndose a lo dispuesto en la norma sexta en relación con la octava de la Orden de la presidencia del Gobierno de 1940 y estimando que el delito penado, dada las circunstancias se halla comprendido por asimilación en el apartado sexto del grupo quinto de la misma, propone la conmutación de la pena de TREINTA AÑOS de reclusión mayor impuesta en la sentencia al procesado Miguel Hernandez Porcel por la de SEIS AÑOS Y UN DIA de prisión mayor, con las accesorias de interdicción civil e inhabilitación absoluta del penado durante el tiempo de la condena, responsabilidades civiles a tenor de lo dispuesto de la ley de 9 de Febrero de 1939, debiendo serle de abono al procesado el tiempo de prisión preventiva sufrida por razón de esta Causa.
[Firmas rubricadas de
RAMÓN RÚA-FIGUEROA BLAVA, MANUEL CAMINO PARRA, PEDRO RODRÍGUEZ NAVARRO, SALUSTIANO CORRAL GONZALEZ, JOSÉ SALINAS JIMÉNEZ, JESÚS LARRAYA MARTÍNEZ y FÉLIX LUIS PALACIOS
]
Cfr.: A-TMTQ 7114-223-30.- Causa 537 de 1936.- Folio 207.
Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.
Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2017/04/20/sentenciado-miguel-hernandez-porcel-sub-gobernador-que-fue-de-bata/
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Durante la Segunda República ejerció los cargos de secretario del Gobierno General de la Guinea Española, secretario del Jurado Mixto Nacional de Teléfonos y secretario jurídico de la Delegación Marítima de la provincia de Murcia. Asimismo ejerció la abogacía en Madrid y en Ciudad Real ingresando en la AS de la capital de España en 1934. Cuando se produjo la sublevación militar se encontraba en Zaragoza donde permaneció hasta mayo de 1937 que se trasladó a Francia y desde allí a Uruguay, donde residió seis meses hasta que en 1938 se estableció en Asunción (Paraguay). Cursó la carrera de abogado en la Universidad Nacional de Asunción y trabajó en la redacción de El País donde en 1940 desempeña el cargo de jefe de redacción. Colaboró en diversos diarios y revistas y fundó la editorial Heliasta especialista en textos jurídicos. En 1944 se trasladó a Argentina “La legislación en vigor en Guinea Ecuatorial en el momento de su Independencia que no contradice lo establecido expresamente en esta Constitución, continuará vigente mientras no sea derogada y modificada por las Instituciones guineanas competentes”.
“Se deroga íntegramente la Constitución de fecha 22 de junio de 1.968, y cuantas leyes y disposiciones gubernativas se opongan a lo dispuesto en esta Constitución”.
Tenemos leyes básicas que contradicen lo previsto en la constitución, a saber: Código Civil (franquista). Código Penal (franquista), Ley de Enjuiciamiento Civil (franquista), Ley de Enjuiciamiento Criminal (franquista), Código de Justicia Militar de 1945 (de la segunda guerra mundial).
Mi homenaje semanal para l@s que lucharon por la #RepublicaEsVida— no_pasaran# (@fermont1965) 30 de marzo de 2016
Miliciana de color luchando en Barcelona
Julio1936 pic.twitter.com/1h0jHxojXQ
Una búsqueda sencilla en el Boletín Oficial del Estado permite acceder a, por ejemplo, las requisitorias del Auditor de Guerra de
Canarias y en su nombre el Juez Militar
eventual de Bata dirigidas a Diego
Ruiz Gardin (funcionario del Estado), Ángel
Miguel Pozanco Barranco (Secretario Judicial) y José Lizano Barco (oficial de Correos), por los delitos de rebelión y malversación
de caudales públicos.L'antiga presó colonial de Guinea, a pocs metres del mar (actual port). La posterior Black Beach encara funciona. #Història pic.twitter.com/Dt3gUff3mc— Cel #PrenPartit (@Cel_Mu) March 23, 2017
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| Ficha Ministerio de Interior año 1957, Manuel de la Loma Fernández-Marchante |
Sin embargo, en algunas ocasiones la actuación de los médicos fue decisiva a la hora de decantar la adscripción del barco a uno u otro bando. Así, por ejemplo, en el caso del crucero «Méndez Núñez», que se encontraba en Guinea, es decisiva la actuación del capitán médico Manuel Loma Fernández, que es el único oficial que permanece fiel a la República y a bordo, cuando todos los demás son desembarcados. De los auxiliares de Sanidad, José Moreno Mesa, sigue con el capitán médico, mientras que Miguel Nieto desembarca en Guinea con el resto de los oficiales”. “La Sanidad en la Marina republicana”. Dr. Pedro Ferrer Córdoba. Estaba a bordo del “José Luís Díez” en su viaje de regreso a España. En el informe titulado “Comportamiento del personal en el viaje de regreso a España del destructor “José Luís Díez”, se describe su actitud de la siguiente forma: Capitán Médico. MANUEL LOMA.-Estuvo en su puesto y atendió con rapidez a los heridos.
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| Editorial de Jaime Gay Compte en El Defensor de Guinea, según La Guinea Española. |
Para casi 4000 marinos de la Flota Republicana española el exilio empezó en Bizerta. En la mañana del 7 de marzo de 1939 once buques fondearon en su rada. Para poder entrar, las autoridades francesas exigieron la entrega y el desarme total. Inmediatamente se quitaron los cerrojos de los cañones, se trincaron las direcciones de tiro, se llevaron a los pañoles los fusiles, las municiones, las ametralladoras. Se cerraron con llave que custodió el mando francés. También dieron la orden de entregar las pistolas. Según testimonios de muchos marinos prefirieron tirarlas al mar. A las dos de la tarde, les permiten cruzar el canal hasta el lago de Bizerta. Allí, uno a uno, sin arriar las banderas republicanas, fueron entrando el Miguel de Cervantes, el Libertad, el Méndez Núñez y ocho destructores el Valdés, el Lepanto, el Gravina, el Antequera, el Miranda, el Escaño, el Jorge Juan y el Ulloa. El submarino C-4 llegaría al día siguiente.
En su caso, tras abandonar el campo de concentración, se vio obligado a exiliarse en Rusia, en donde estuvo ejerciendo como médico. Allí conoció a la farmacéutica Sinaída Danilova, con quien contrajo matrimonio en septiembre de 1940 y tuvo cuatro hijos.
Hubo un tiempo en el que Arturo Pérez-Reverte, el enfant terrible de las letras ibéricas fue enviado especial del diario Pueblo. «Cuando estaba en el diario Pueblo me iba a África, pasaba allí dos meses y a la vuelta decía: “Mira, tengo esto”, y lo ponían en primera. Pero eso se acabó». De ese período quedan las crónicas "Guinea Ecuatorial: ahora o nunca" y un rosario de relatos propios y ajenos, que -tal vez- algún día se puedan leer en un único tomo...
Y promete ser una gran recopilación: «Para allí nos fuimos hace un montón de años, tres reporteros, Arturo Pérez-Reverte (RTVE), Alfonso Rojo (El Mundo) y que suscribe [Pedro Arnuero] que trabajaba en la revista Panorama del Grupo Zeta. Durante varias semanas nos recorrimos las antiguas provincias españolas en el África Negra, desde la Isla de Bioko (Malabo) a Fernando Poó (la parte continental de Guinea Ecuatorial), controlada con puño de hierro por el dictador Obiang Nguema. Tuvimos que salir por patas cruzando la frontera con Gabón, en dirección a Duala, pero esa es otra historia».
Mientras, conozcamos El misterio del 'Castillo Montealegre':
Hace un año les contaba a ustedes en esta página -El marino que lloraba- un recuerdo infantil, de cuando mi tío Antonio Pérez-Reverte, capitán de la marina mercante, se reunía en mi casa con otros dos capitanes amigos, Salvador Pérez García y Ginés Sáez, íntimos los tres desde que eran alumnos de Náutica. Contaba en el artículo que Salvador había sobrevivido al torpedeamiento de su barco durante la Segunda Guerra Mundial; y que su relato me impresionaba al escucharlo de niño, por la amargura con que refería la suerte de varios compañeros desaparecidos en el mar: un grupo a bordo de una balsa que dificultaba la navegación del bote salvavidas donde iba el resto de náufragos, y que se perdió de noche, después de que alguien cortara el cabo y dejase la balsa a la deriva. Eso es lo que conté en mi artículo, y poco más; pues nunca hasta entonces supe otra cosa: ni dónde fueron torpedeados, ni cuándo, ni por quién. Hasta desconocía el nombre del barco, o lo olvidé tras escucharlo siendo niño. Fue la tragedia de aquellos hombres abandonados y la desolación de Salvador al recordar -a veces veía lágrimas en sus ojos- lo que retuve toda mi vida. Con eso escribí la página, sin ir más allá. Un recuerdo infantil del mar y sus tragedias. Eso era todo.
Sin embargo, se produjo un efecto curioso. Mi tío Antonio, Salvador y Ginés habían muerto cuando publiqué el artículo; pero mi memoria del suceso, breve y vago recuerdo infantil, era compartida por otros. Lo supe después, cuando varios lectores -compañeros de Salvador, hijos y amigos de supervivientes- me hicieron llegar informaciones complementarias y detalles del naufragio, incluido el informe oficial de la compañía Trasmediterránea sobre la pérdida del buque. Gracias a ellos puedo hoy completar aquel impreciso recuerdo mío, reconstruyendo la historia completa; el drama que hacía llorar a Salvador cuando, con un cigarrillo en la boca y un vaso de whisky en la mano, recordaba la tragedia de un barco cuyo nombre conozco ahora: el Castillo Montealegre.
Desplazaba 3.792 toneladas y era de bandera española. El 8 de abril de 1943 navegaba bajo el mando del capitán don Francisco Zamora, con 47 tripulantes y cargamento de madera de Guinea Ecuatorial, cuando a mediodía fue avistado por el submarino alemán U-123. Aunque el barco llevaba la bandera española pintada en los costados como los reglamentos marítimos estipulaban para buques de países neutrales, el comandante Horst von Schroeter ordenó disparar tres torpedos que hundieron el Castillo Montealegre en menos de un minuto. Cinco hombres desaparecieron con el barco y el resto pudo salvarse gracias a un bote que flotó milagrosamente y a los restos dispersos en el mar. El comandante alemán se limitó a emerger -los supervivientes lo describieron con barba rubia y gorra de capitán, asomado a la torreta-, preguntó «What ship?» y, pese a confirmar que había echado a pique a un neutral, volvió a sumergirse sin prestar ningún socorro a los náufragos.
El bote que había quedado a flote estaba maltrecho; y mientras algunos supervivientes lo calafateaban con trozos de ropa, taponaban agujeros y achicaban agua, otros, incluidos cinco heridos, se agruparon sobre una balsa hecha con restos del naufragio. Quedaron, al fin, veintinueve hombres en el bote y trece en la balsa; pero al ir una y otro unidos por un cabo, y estar el bote averiado, la mala mar y los tirones de la balsa amenazaban con hundirlos a todos. Hubo discusiones. Y de noche, la balsa se soltó -Salvador decía que alguien cortó el cabo al amparo de la oscuridad-. Los veintinueve del bote fueron rescatados dos días más tarde por la corbeta inglesa HMS Inkpen. De los que quedaron en la balsa, nunca se supo: la noche se los tragó para siempre, y pasaron a formar parte de la extensa relación de misterios que el mar guarda en sus entrañas. El torpedeamiento de un neutral no perjudicó la carrera del comandante Von Schroeter, que más tarde recibiría la cruz de caballero, sobrevivió a la guerra y llegó a ser almirante de las fuerzas navales de la OTAN. En cuanto a los supervivientes del Castillo Montealegre, las buenas relaciones entre el gobierno de Franco y la Alemania nazi pusieron sordina al asunto: se les ordenó cerrar la boca. En los informes oficiales, el incidente de la balsa a la deriva se resolvió como acuerdo voluntario entre los náufragos para arreglárselas cada uno por su cuenta; pero los gritos de «¡No nos dejéis aquí!» que a Salvador arrancaban lágrimas al recordarlos alejándose en la oscuridad, ponen las cosas en su sitio: hombres y mar, supervivencia, vida o muerte. Tragedias viejas como el mundo. Historias como ésta que hoy, al fin, puedo completar para ustedes.
Capitanía General de Canarias
Plaza de Las Palmas Año de 1911
Causa nº 1404
Instruida contra el Cabo de la 2ª Compañía de la Guardia Civil Colonial de los Territorios españoles del Golfo de Guinea Antonio Cruz Lamas, por el delito de “Lesiones graves” al guardia 2º indígena Lecot Castro.
Ocurrió el hecho el 21 de noviembre de 1909
Dieron principio las actuaciones el 24 de Noviembre de 1909
En prisión el 30 de Noviembre de 1909, folio 79 vuelto.
En prisión atenuada el 25 de Abril de 1910, folio 157 vuelto
En libertad provisional el 3 de Junio de 1913, folio 201 vuelto.
En prisión atenuada el 6 de Octubre de 1913, folio 211 vuelto.
Juez Instructor Secretario
| El Capitán de Infantería Secretario del Juzgado permanente del Gobierno Militar de Gran Canaria
Don Luis Marrero y Ponce |
El Sargento de la 3ª Compañía del 3er Bon del Regimiento Infª Las Palmas nº 66
D. Manuel Fuentes Solano. |
Cfr.: A-TMTQ 1306-92-2.- Cubierta.
Los hermanos Juan y Pedro Medina Sanabria son fuente de inspiración e información para este paseo por la calle 19 de Septiembre de la vieja Santa Isabel.
Fuente original: https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2017/02/17/contra-cabo-de-la-guardia-civil-colonial-antonio-cruz-lamas/
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| El buque Ciudad de Alicante en la factoría de Matagorda de Cádiz durante su transformación en crucero auxiliar en en el mes de octubre de 1936. La motonave de la C. Trasmediterránea, de 2.900 Tn., fue transformada en crucero auxiliar en el astillero, artillándolo con un cañón de 120mm. desmontado del fuerte de Cortadura de Cádiz; dos de 101mm. y uno de 47mm., entrando en servicio en los primeros días de diciembre en aguas del estrecho y, desde Ceuta, fue comisionado a Fernando Poo y a la pacificación posterior de la colonia de Río de Oro, regresando al Estrecho a mediados de abril del 37. |
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El Fernando Poo a su llegada
por primera vez a Santa Isabel
con el Obispo de Guinea Leoncio Fernández.
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En aguas Guinea tripulación buque Fernando Poo compuesta afiliados C.N.T. y U.G.T. protestan enérgicamente cobarde criminal levantamiento horda fascista, lamentando no estar Península para luchar unidos hermanos proletarios aplastar imperialismo. Doloridos por victimas reacción, nos ofrecemos Gobierno Frente Popular defender República.De hecho, el Capitán Emilio Ley Arata, director de la Trasmediterránea, afirmaba el 12 de noviembre de 1936 en un artículo de La Prensa: «Los oficiales del barco casi todos son rojos. El oficial que se exceptúa de haber estado de parte de los marxistas es el señor Devesa, casado con una joven de Las Palmas, de familia muy conocida. El Capitán del Fernando Póo, don Antonio Pasaje Respeto (sic), estaba también de parte de los rojos. Resultó muerto en el accidente del Fernando Poo el primer maquinista Eduardo Selma, marxista.»
Igualmente se les acusó durante la indagatoria realizada por Juan Fontán y Lobe, juez nombrado para el esclarecimiento de los hechos ocurridos en el vapor “Fernando Poo” el 14 de octubre de 1936, del asesinato en su domicilio en Barcelona del padre Tomás Ribé, capellán del barco.Todos no somos iguales
Los tristemente célebres sucesos que se han producido en España desde el 17 de julio, han puesto otra vez en plano de actualidad a los catalanes, para ofrecerlos como un caso único en la historia de España. Los catalanes de Fernando Poo, si no todos, una mayoría condenamos todos los movimientos revolucionarios que partiendo de Cataluña o de otras regiones, contribuyan a arruinar a nuestra Patria Española. No es culpa nuestra haber nacido allí, ni es tampoco culpa nuestra que nuestros padres nos hayan enseñado a hablar catalán. En las filas nacionalistas figurarán sin ninguna duda, miles y miles de catalanes que lucharán como Prim luchó en Castillejos en defensa de España y de la Fe. El día que las camisas azules desborden el Ebro y pisen tierras catalanas, ya verán como de cualquier rincón de aquella región, saldrán catalanes a luchar por España, pero en las actuales circunstancias se comprende que estén sometidos lo mismo que lo están en Málaga, en Bilbao y en Madrid. No quedaron atrás Gerona ni el Bruch en la defensa de la patria contra el francés enemigo, por eso hay que esperar un poco con la seguridad de que los verdaderos catalanes se pasarán a las filas nacionalistas tan pronto tengan ocasión. Los quinientos mil forasteros que hay en Cataluña, son seguramente los que en su mayoría luchan en las filas rojas, nosotros los catalanes sabemos que la destrucción y el odio, no es propio de ningún buen catalán.
Un español catalán.
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| Autoodi a la Guinea de 1936: "no es culpa nuestra haber nacido allí". |
«La exposición no deja títere con cabeza. Apunta a los políticos franquistas, a los misioneros claretianos que se cargaron las costumbres de las tribus y a los empresarios catalanes que se enriquecieron en esa Guinea colonial con mano de obra tan barata, entre ellos el padre de Fèlix Millet, saqueador confeso del Palau de la Música, que envió a su hijo a que adquiriera experiencia de joven en sus plantaciones africanas, propiedad de la Compañía Agrícola Industrial de Fernando Poo, que él presidía. Tampoco se salvan el ayuntamiento, el zoo ni el propio Museu de Etnologia, que luce en sus vitrinas algunos tesoros de la cultura fang. "Lo que hizo Barcelona en esa colonia africana fue un expolio y un saqueo. Se llevaron dinero a capazos sin ningún tipo de escrúpulo", critica Antebi.»Esta particular relación de la burguesía catalana con Guinea, es descrita por Gustau Nerín en Nuestra Guinea: «Guinea Española fue, en gran parte, una colonia catalana. A partir del momento en que se empezó a difundir el cultivo del cacao, hacia 1884, los inversores catalanes se hicieron presentes en la élite finquera (plantadora y exportadora de cacao). Con el tiempo, coparían la cúpula de algunas de las grandes empresas presentes en Guinea, como la Compañía Trasatlántica, LEZNA o Frapejo. Los catalanes también tuvieron un papel importante en la dominación colonial de los guineanos. Como el Gobierno español no tenía escuela colonial y, por lo tanto, no disponía de funcionarios especializados en tareas coloniales, confió la transformación de las poblaciones autóctonas a las congregaciones de los claretianos y de las concepcionistas, que tenían una amplia presencia catalana. La evangelización de Guinea se planificó desde Vic y desde Barcelona.
En ese tiempo de grandes intercambios económicos entre Cataluña y Guinea, Barcelona se convirtió en la segunda casa de la élite fernandina, la burguesía negra de la isla de Fernando Poo. Así, en el barrio de las Tres Torres establecerían su segunda residencia familias acomodadas guineanas como los Collins, los Jones o los Dougan. Y al llegar la independencia de Guinea, y establecerse allí la dictadura de Macías, Barcelona se convirtió, automáticamente, en tierra de refugio para muchos guineanos, una tierra un tanto inhóspita, que no siempre los acogió fraternalmente. Algunos sufrieron mucho: añoranza, discriminación, explotación... Otros se integraron bastante bien».Tanta influencia como para que por ej. Abilio Balboa Arkins, el 1er alcalde negro de Santa Isabel (y procurador en las cortes franquistas por 2 legislaturas), naciera y fuera educado en Barcelona... dónde también falleció. No fue una casualidad... y ni un caso aislado. pic.twitter.com/4eVUrvuSpe
— Calle 19 de Septiembre (@CalleSeptiembre) August 23, 2020
Si te interesa saber más sobre la presencia catalana en la Guinea Española, disfrutarás del documental "Els catalans de Guinea": https://t.co/MZCeScbyvM— Calle 19 de Septiembre (@CalleSeptiembre) August 15, 2019
JUEZ INSTRUCTOR
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SECRETARIO
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| Capitán de Artillería, Don Juan Fontán Lobé.- | Sargento del Batallón de Voluntarios Don Alfonso Manrique de Lara y Fierro |
| Otro.- Capitán de la Guardia Colonial Don Enrique Pueyo del Val | Otro.- Suboficial de la Guardia Colonial Don Vicencio Garcia Blazo |
| Otro.- Teniente de la Guardia Colonial Don Antonio Varela Toiniel | Otro.- Cabo de la Guardia Colonial Gregorio Aparicio |
| Otro.- Capitán de Infantería Don Pedro Baena Martínez | Otro.- Cabo movilizado Teofilo Jorge |
| Otro.- Teniente Coronel de Artillería Don Juan Mora Soto | Otro.- Teniente de Artillería Don Francisco Díaz |
| Otro.- Coronel de Artillería Don Diego Figueroa Manrara | Otro.- Teniente Provisional Don Francisco del Rio Falcón |
| Otro.- Idem idem idem
Don Rafael Fernández de Miranda
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| 1 | Ángel García Villalba, | Ingeniero Agrónomo |
| 2 | Ángel Miguel Pozanco Barranco | Secretario del Subgobernador |
| 3 | Carlos Padrón Melián, | Paisano |
| 4 | Laureano Vives Bonet | Jefe de Policía |
| 5 | Luis Mazo Muñoz, | Escribiente del Subgobierno |
| 6 | Manuel Alaiz Plaza | Maestro Nacional |
| 7 | Rafael Masiello Guerrero, | Administrador Territorial |